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Acuerdo de Cooperación entre la OMPI y la OMC de 1995
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La
cooperación entre la OMC y la OMPI abarca las notificaciones de las
leyes nacionales, la asistencia técnica y el cumplimiento de las
obligaciones en la esfera de los ADPIC dimanantes del
artículo 6ter del Convenio de París para la Protección de la Propiedad
Industrial, que es uno de los tratados de la OMPI.
Como parte de este esfuerzo, las dos organizaciones han lanzado
diversas iniciativas conjuntas de cooperación técnica.
> Para los países en desarrollo, iniciativa lanzada en 1998, con el
fin de ayudarles a cumplir la fecha límite de 1° de enero de 2000 para
aplicar el Acuerdo sobre los ADPIC.
> Para los países menos adelantados, iniciativa lanzada en 2001, es un
programa análogo destinado a ayudar a estos países a cumplir el plazo
inicial de 1° de enero de 2006 y a lograr que la protección de la
propiedad intelectual contribuya a su desarrollo económico, social y
cultural.
> Para los países menos adelantados —
período de transición prorrogado
hasta el 1º de julio de 2013:
En cumplimiento del párrafo 4 de la decisión de 29 de noviembre de 2005, las dos organizaciones han convenido asimismo en intensificar su
cooperación. Ello incluye la organización conjunta de talleres
nacionales para los países menos adelantados Miembros y la cesión de
ponentes de la OMPI para actividades de este tipo organizadas por la
OMC.
Colección de Leyes Electrónicamente Accesible (CLEA)
Enlace con el sitio de la Organización
encargada de fomentar la protección de la propiedad intelectual en
todo el mundo y de administrar varios tratados multilaterales sobre la
propiedad intelectual.
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