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Examen de los acuerdos volver al principio
En la época del GATT, los exámenes se llevaban a cabo en los distintos
grupos de trabajo. El establecimiento del CACR como único órgano
responsable del examen de los acuerdos contribuyó a racionalizar el
proceso de examen y ofreció un foro para el debate de las cuestiones
sistémicas intersectoriales que existen en la mayoría de los acuerdos,
si no es en todos.
Los ACR comprendidos en el ámbito del artículo XXIV se notifican al
Consejo del
Comercio de Mercancías (CCM), que adopta el mandato y remite el
acuerdo al CACR para su examen.
Los acuerdos comprendidos en el ámbito de la Cláusula de Habilitación
se notifican al Comité de Comercio y
Desarrollo (CCD). El acuerdo se incluye en el orden del día de la
reunión del CCD, en la que se mantiene un debate al respecto, aunque
por lo general el CCD no pide al CACR que haga un examen en
profundidad.
Los ACR que abarcan el comercio de servicios concertados entre
Miembros de la OMC, ya sean países desarrollados o en desarrollo, se
notifican al Consejo del Comercio de
Servicios (CCS). El CCS puede decidir que el acuerdo se remita al
CACR para su examen, aunque a diferencia de los ACR notificados en
virtud del artículo XXIV del GATT, ese examen es opcional y no
obligatorio.
El examen de un acuerdo en el CACR, tiene dos propósitos, a
saber, garantiza la transparencia del ACR y permite que los Miembros
evalúen la conformidad de un acuerdo con las normas de la OMC. El
examen se lleva a cabo sobre la base de la información facilitada por
las partes en el ACR, las respuestas facilitadas por escrito a las
preguntas formuladas por escrito por los Miembros de la OMC y las
respuestas orales facilitadas a las preguntas planteadas en las
reuniones del CACR. Una vez finalizado el examen fáctico, la
Secretaría elabora el informe del examen. En la etapa siguiente se
mantienen consultas y una vez que el CACR ha aprobado el informe, se
somete al órgano superior correspondiente para su adopción.
No obstante, desde 1995 no se ha finalizado ningún informe de examen
por falta de consenso. Un problema proviene de los posibles vínculos
existentes entre un dictamen de compatibilidad del CACR y el proceso
de solución de diferencias. Además, existen arraigadas controversias
respecto de la interpretación de las normas de la OMC utilizadas para
evaluar los ACR y los problemas institucionales que surgen de la falta
de normas de la OMC (por ejemplo, sobre normas de origen
preferenciales) o de discrepancias entre las normas de la OMC y las de
algunos ACR.
Teniendo en cuenta estos antecedentes, los Miembros de la OMC,
reunidos en la Cuarta Conferencia Ministerial en Doha, al tiempo que
reconocían que los ACR pueden desempeñar un papel importante en la
promoción de la liberalización del comercio y en el fomento del
desarrollo económico, recalcaron también la necesidad de una relación
armoniosa entre el proceso multilateral y los procesos regionales. En
función de ello, los Ministros convinieron en iniciar
negociaciones encaminadas a aclarar
y mejorar las disciplinas y procedimientos previstos en las
disposiciones vigentes de la OMC aplicables a los ACR, teniendo
debidamente en cuenta, asimismo, los aspectos de los acuerdos
comerciales regionales relativos al desarrollo.
El CACR tiene otras dos funciones, a saber, considerar la forma en que
se debe llevar a cabo la presentación de los informes exigidos sobre
el funcionamiento de los acuerdos y elaborar procedimientos para
facilitar y mejorar el proceso de examen.
Presentación de informes
volver al principio
En el marco de la presentación de informes, el CACR ha elaborado un
calendario regular para la presentación de informes bienales aplicable
a los ACR respecto de los cuales ya se haya adoptado el informe
relativo a su examen. En el cuadro correspondiente a la situación del
examen se indica el documento de referencia de tales informes
(en formato MS Excel 112KB, solamente en inglés),
en la columna serie de documentos WT/.
Procedimientos
volver al principio
En el marco de los procedimientos para facilitar y mejorar el proceso
de examen (véanse los documentos en formato PDF
WT/REG/W/9 (5 páginas,
37KB) y WT/REG/W/15 (en formato
PDF
5 páginas, 40KB)), el Comité ha elaborado
un modelo uniforme para la comunicación de acuerdos en la esfera de
las mercancías (véase el documento WT/REG/W/6
en formato PDF (5 páginas, 38KB)) y en la esfera de los servicios (véase
el documento WT/REG/W/14 en formato
PDF, 4 páginas, 35KB).
Cuestiones sistémicas volver al principio
El Comité acordó abordar las cuestiones sistémicas (las cuestiones con
interés intersectorial) con un enfoque triple, que abarque i) análisis
jurídicos de las disposiciones pertinentes de la OMC; ii)
comparaciones horizontales con los ACR; y iii) debates sobre aspectos
económicos y contextuales de los ACR.
El análisis jurídico de las disposiciones de la OMC ha puesto de
manifiesto la divergencia de opiniones existente en cuanto a la
interpretación de algunos elementos de las normas de la OMC por lo que
se rigen los ACR. Se han examinado en profundidad algunos aspectos del
artículo XXIV del GATT, de la Cláusula de Habilitación y del artículo
V del AGCS, sobre la base de las comunicaciones presentadas por los
Miembros y de los documentos preparados por la Secretaría. En el
documento WT/REG/W/37 (en formato MS Word,
48 páginas, 222KB) se resumen sobre una base fáctica el examen de los aspectos
jurídicos de las disposiciones de la OMC. Véase también la lista
recapitulativa anotada de problemas sistémicos (WT/REG/W/16
en formato PDF, 15 páginas, 105KB) preparada por la Secretaría.
La Secretaría ha recopilado estudios sobre las comparaciones
horizontales de los ACR. Véase el inventario de las disposiciones no
arancelarias en los acuerdos comerciales regionales (WT/REG/W/26
en formato MS Word, 27 páginas, 179KB), Regímenes de normas de
origen en los Acuerdos comerciales regionales (WT/REG/W/45,
en formato MS Word, 33 páginas, 276KB) y Cobertura, procesos de
liberalización y disposiciones transitorias de los Acuerdos
Comerciales Regionales (WT/REG/W/46
en formato MS Word, 55 páginas, 2197KB).
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