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ACUERDO DE LA RONDA URUGUAY

Decisión Relativa al Proyecto de Entendimiento sobre un Sistema de Información OMC-ISO sobre Normas

Los textos que se reproducen en esta sección no tienen el valor legal de los documentos originales que se depositan y guardan en la Secretaría de la OMC en Ginebra.

           Los Ministros, deciden recomendar que la Secretaría de la Organización Mundial del Comercio llegue a un entendimiento con la Organización Internacional de Normalización (“ISO”) con miras a establecer un sistema de información conforme al cual:

1.        los miembros de la ISONET transmitirán al Centro de Información de la ISO/CEI en Ginebra las notificaciones a que se hace referencia en los p árrafos C y J del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas que figura en el Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, del modo que allí se indica;
 

2.        en los programas de trabajo a que se hace referencia en el párrafo J se utilizarán los siguientes sistemas de clasificación alfanuméricos:
 

a)         un sistema de clasificación de normas que permita a las instituciones con actividades de normalizaci ón dar a cada norma mencionada en el programa de trabajo una indicación alfabética o numérica de la materia;
 

b)         un sistema de códigos de las etapas que permita a las instituciones con actividades de normalizaci ón dar a cada una de las normas mencionadas en el programa de trabajo una indicación alfanumérica de la etapa de elaboración en que se encuentra esa norma; a este fin, deberán distinguirse al menos cinco etapas de elaboración: 1) la etapa en que se ha adoptado la decisión de elaborar una norma pero no se ha iniciado todavía la labor técnica; 2) la etapa en que se ha empezado la labor técnica pero no se ha iniciado todavía el plazo para la presentación de observaciones; 3) la etapa en que se ha iniciado el plazo para la presentación de observaciones pero éste todavía no ha finalizado; 4) la etapa en que el plazo para la presentación de observaciones ha terminado pero la norma no ha sido todavía adoptada; y 5) la etapa en que la norma ha sido adoptada;

 

c)         un sistema de identificación que abarque todas las normas internacionales, que permita a las instituciones con actividades de normalización dar a cada norma mencionada en el programa de trabajo una indicación alfanumérica de la(s) norma(s) internacional(es) utilizada(s) como base;
 

3.         el Centro de Información de la ISO/CEI remitirá inmediatamente a la Secretaría el texto de las notificaciones a que se hace referencia en el párrafo C del Código de Buena Conducta;
 

4.          el Centro de Información de la ISO/CEI publicará regularmente la información recibida en las notificaciones que se le hayan hecho en virtud de los párrafos C y J del Código de Buena Conducta; esta publicación, por la que podrá cobrarse un derecho razonable, estará a disposición de los miembros de la ISONET y, por conducto de la Secretaría, de los Miembros de la OMC.

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