
El Grupo de Trabajo aprobó ad referendum — permitiendo a los miembros
del grupo de trabajo de comentar los varios documentos hasta medio de agosto — su informe que contiene los
compromisos contraídos por Camboya en virtud de varios Acuerdos de la OMC, junto
con sus promesas de acceso a los mercados para mercancías y servicios.
Está previsto que la adhesión de Camboya sea aprobada en la próxima Conferencia
Ministerial, aunque solo podrá convertirse en Miembro 30 días después de haber
ratificado el Acuerdo e informado de ello a la OMC. Así pues, Camboya sería el
primer país menos adelantado en adherirse a la OMC a través del proceso de
grupos de trabajo desde que se estableció la OMC en 1995.
Después de la adopción del conjunto de documentos de la adhesión, el Excmo. Sr.
Cham Prasidh, Ministro de Comercio y jefe del equipo negociador de Camboya,
dijo: “En un momento de dura y feroz competencia mundial, la supervivencia de
nuestro país depende de nuestra capacidad de aprovechar las oportunidades
adecuadas en el momento adecuado. Creemos que nuestra entrada en la OMC es una
de esas oportunidades”.
Camboya solicitó la adhesión a la OMC a finales de 1994.
La reunión
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Después de mantener negociaciones de última hora, el conjunto de
documentos finales fue aprobado por todos los Miembros.
Los compromisos de Camboya
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Aspectos destacados del informe del Grupo de Trabajo:
Camboya ha facilitado al Grupo de Trabajo
información detallada sobre su régimen económico, financiero y
monetario, incluido su objetivo de mantener una moneda convertible con
un tipo de cambio basado en el mercado. El sistema fiscal fue reformado
en enero de 1997. También se facilitaron detalles sobre el régimen de
inversiones, la elaboración de leyes en una amplia gama de esferas
relacionadas con la OMC y la creación de tribunales mercantiles.
El Grupo de Trabajo tomó nota de los
compromisos de Camboya, por ejemplo:
Propiedad estatal y privatización: se
había procedido a la privatización en una primera fase desde 1991 a
mediados de 1993, y en una segunda fase que se inició en abril de 1995. Camboya garantizará la transparencia y mantendrá informados a los
Miembros de la OMC, además de presentar informes periódicos sobre otras
cuestiones relacionadas con sus reformas económicas en tanto sean
pertinentes para sus obligaciones en el marco de la OMC.
Políticas de precios: a partir de la
fecha de adhesión, en la aplicación de controles de precios, Camboya
aplicará controles de precios compatibles con la OMC y que tengan en
cuenta los intereses de los Miembros de la OMC exportadores. Camboya publicó una lista de los bienes y servicios
sujetos a control del Estado.
Derechos de comercio (el derecho a importar
y exportar): en respuesta a una observación en el sentido de que
las restricciones que Camboya impone a los productos farmacéuticos y los
medicamentos veterinarios establecían discriminaciones favorables a la
producción nacional de productos similares, Camboya dijo que a más
tardar el 1º de junio de 2005 modificaría su legislación y garantizaría
que sus leyes y reglamentos fueran plenamente conformes con sus
obligaciones en el marco de la OMC.
Los demás derechos y cargas aduaneros:
Camboya garantizará que cumplan las disposiciones de la OMC a partir de
la fecha de adhesión, y estarán consolidados a nivel cero.
Contingentes arancelarios y exenciones
arancelarias: aunque Camboya no ha recurrido por el momento a
los contingentes arancelarios, se reserva el derecho a utilizarlos en
función del resultado de las negociaciones de adhesión, Camboya
confirmó que respetaría las disciplinas de la OMC en materia de
contingentes arancelarios.
Camboya declaró que, en el
momento de la adhesión a la OMC, las exenciones arancelarias se
aplicarían únicamente de conformidad con las disposiciones pertinentes
de la OMC.
Derechos y cargas por los servicios
prestados: todos los derechos y cargas por los servicios prestados
en relación con las importaciones y exportaciones se aplicarán de
conformidad con las disposiciones de los Acuerdos de la OMC y, a partir
de la fecha de adhesión, Camboya no aplicará, introducirá ni
reintroducirá derechos ni cargas por los servicios prestados que se
aplicaran a las importaciones sobre una base ad valorem.
Aplicación de impuestos internos: a
partir de la fecha de adhesión, Camboya aplicará impuestos internos a
las importaciones en estricto cumplimiento del artículo 3 del GATT y de manera no discriminatoria, sea cual sea el país de origen.
Restricciones cuantitativas de las
importaciones, con inclusión de las prohibiciones, los contingentes y
los sistemas de licencias: a más tardar el 1º de junio de 2005,
Camboya eliminará las restricciones cuantitativas a las importaciones de
abonos, plaguicidas y otros insumos agropecuarios y establecerá un
método de registro y examen de los productos químicos agrícolas
importados que sea compatible con la OMC. A partir del 1º de enero de
2007 Camboya se basará en las disposiciones del Acuerdo sobre Obstáculos
Técnicos al Comercio para regular el comercio nacional e internacional
de estos productos.
A partir de la fecha de adhesión, Camboya no
introducirá, reintroducirá ni aplicará otras medidas no arancelarias
tales como licencias, contingentes, prohibiciones u otras restricciones
de efecto equivalente que no puedan justificarse de conformidad con las
disposiciones de los Acuerdos de la OMC.
Valoración en aduana: Camboya
aplicará plenamente el Acuerdo sobre Valoración en Aduana a partir del
1º de enero de 2009.
Normas de origen: Camboya cumplirá
plenamente las disposiciones del Acuerdo sobre Normas de Origen de la
OMC a más tardar el 1º de enero de 2005, y partes de él a más tardar el
1º de enero de 2004.
Otras formalidades aduaneras: antes
del 1º de enero de 2005 se establecerá en el Servicio de Aduanas de
Camboya un mecanismo de solución de diferencias para tramitar las
reclamaciones de comerciantes y gobiernos con respecto a las prácticas
aduaneras.
Inspección previa a la expedición: a
partir del momento de la adhesión el Gobierno de Camboya se hará
plenamente responsable de garantizar que las operaciones de las empresas
de inspección previa a la expedición contratadas por Camboya cumplan las
prescripciones de los Acuerdos de la OMC. El régimen de inspección
previa a la expedición de Camboya será temporal y se suprimirá cuando el
Departamento de Aduanas e Impuestos de Consumo pueda hacerse cargo de
las funciones actualmente desempeñadas por los proveedores de servicios
de inspección previa a la expedición.
Régimen antidumping, derechos compensatorios y
de salvaguardias: Camboya no aplicará ninguna medida antidumping,
derechos compensatorios o de salvaguardia hasta haber notificado y
aplicado las leyes y reglamentos apropiados de conformidad con los
Acuerdos de la OMC. Después de eso, Camboya únicamente aplicará medidas
de salvaguardia, antidumping o derechos compensatorios plenamente
compatibles con las disposiciones pertinentes de la OMC.
Restricciones a la exportación:
Camboya restringe las exportaciones de arroz; rollos, madera no
elaborada, productos forestales; antigüedades de más de 100 años;
estupefacientes y venenos; armas, explosivos y munición; y vehículos y
maquinaria para fines militares. A partir de la fecha de adhesión
Camboya se asegurará de que las restricciones sean conformes a los
Acuerdos de la OMC.
Subvenciones a la exportación: Camboya
cumplirá el Acuerdo sobre Subvenciones desde su adhesión. Eliminará el
sistema existente de remisión de derechos de importación y exenciones de
derechos para ciertos productos utilizado por algunos inversores o
establecerá un sistema de reintegro de derechos funcional compatible con
las disposiciones de la OMC, modificando la Ley de Inversiones, según
proceda, a más tardar a finales de 2013.
Política industrial, con inclusión de las
políticas de subvención: estas subvenciones se notificarán a partir de
la fecha de adhesión.
Normas y certificación: Camboya
aplicará gradualmente el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio,
que comenzará a aplicarse plenamente el 1º de enero de 2007, sin
posibilidad de recurrir a nuevos períodos de transición.
Medidas sanitarias y fitosanitarias:
Camboya aplicará gradualmente el Acuerdo MSF, y lo aplicará plenamente a
partir del 1º de enero de 2008. Camboya celebrará consultas con los
Miembros de la OMC que lo soliciten si consideran que alguna de las
medidas aplicadas durante el período de transición afectaron
negativamente a su comercio.
Medidas en materia de inversiones
relacionadas con el comercio (MIC): Camboya no mantendrá ninguna
medida incompatible con el Acuerdo sobre las MIC y aplicará este Acuerdo
desde la fecha de adhesión, sin posibilidad de recurrir a períodos de
transición.
Empresas comerciales del Estado:
Camboya aplicará sus leyes y reglamentos que rigen las actividades
comerciales de las empresas de propiedad estatal en plena conformidad
con las disposiciones del Acuerdo sobre la OMC.
Zonas francas, zonas económicas especiales:
las zonas francas o las zonas económicas especiales, incluidas las zonas
de promoción especiales establecidas de conformidad con la Ley de
Inversiones, quedarán plenamente sujetas al ámbito de aplicación de los
Acuerdos de la OMC y a los compromisos de Camboya contenidos en su
Protocolo de Adhesión a la OMC. Camboya garantizará el cumplimiento de
sus obligaciones en el marco de la OMC en esas zonas. Además, a partir
de la fecha de adhesión las mercancías producidas en esas zonas en
virtud de disposiciones fiscales y arancelarias que eximan a las
importaciones y a los insumos importados de los aranceles y de
determinados impuestos quedarán sujetos a las formalidades aduaneras
normales cuando entren en el resto de Camboya, incluida la aplicación de
aranceles e impuestos.
Tránsito: Camboya aplicará todas las
leyes, reglamentos y prácticas que rigen las operaciones de tránsito y
actuará de conformidad con las disposiciones de los Acuerdos de la OMC.
Políticas agrícolas: Camboya consolida
sus subvenciones a las exportaciones agropecuarias a nivel cero, y no
mantendrá ni aplicará ninguna subvención a la exportación de productos
agropecuarios.
Régimen de los textiles: a partir de
la fecha de adhesión se aplicará a los contingentes de importación de
productos textiles y de vestido aplicados por otros Miembros a las
importaciones procedentes de Camboya una tasa de crecimiento, según lo
previsto en el Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido. Estas tasas de
crecimiento desaparecerán cuando quede sin efecto el Acuerdo sobre los
Textiles y el Vestido (en 2005).
Aspectos de los derechos de propiedad
intelectual relacionados con el comercio (ADPIC): Camboya aplicará
el Acuerdo sobre los ADPIC a más tardar el 1º de enero de 2007, y hasta
entonces mantendrá algunas medidas de protección.
Transparencia: a partir de la fecha de
adhesión, todas las leyes y reglamentos se publicarán de conformidad con
las prescripciones de la OMC, además de publicarse en un sitio Web a
partir del 1º de enero de 2004.
Acuerdos comerciales regionales: el
único acuerdo comercial regional concertado por Camboya corresponde al
ámbito de la ASEAN (la zona de libre comercio de la ASEAN). En él,
Camboya eliminará gradualmente los aranceles en prácticamente todos los
productos de la ASEAN antes del año 2015. Se notificarán los detalles a
la OMC.
Próximo
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Después de que la Conferencia Ministerial de Cancún apruebe el conjunto
de documentos de la adhesión, Camboya tendrá que ratificar el acuerdo e
informar a la OMC. Se convertirá en Miembro de pleno derecho 30 días más
tarde.
Antecedentes volver al
principio Miembros del Grupo de
Trabajo: Australia, Canadá, China, Estados Unidos, India, Japón,
Malasia, Nueva Zelandia, Panamá, República de Corea, Singapur,
Tailandia, Taipei Chino, Unión Europea, Venezuela
Presidente: A. Meloni (Italia)
El Grupo de Trabajo sobre la Adhesión de
Camboya se estableció el 21 de diciembre de 1994. Camboya presentó el
Memorándum sobre el régimen de comercio exterior en junio de 1999. En
enero de 2001 se distribuyeron las respuestas a las preguntas formuladas
en relación con el Memorándum. Las últimas revisiones y actualizaciones
llegaron en marzo de 2003. Se han realizado contactos en materia de
acceso a los mercados para las mercancías y los servicios sobre la base
de ofertas sobre mercancías y servicios.
El 14 de noviembre de 2002 se celebró la tercera reunión del Grupo de
Trabajo. Ello constituyó un paso adelante en el proceso de adhesión
porque por primera vez los Miembros centraron su atención en la
elaboración de un proyecto de informe del Grupo de Trabajo y en acordar
las condiciones de entrada de Camboya.
En la reunión del 16 de abril de 2003 se examinó el informe por primera
vez, y la revisión final se distribuyó en la última reunión del Grupo de
Trabajo. |