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Aplicación
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DS136
y
DS162:
Estados Unidos — Ley Antidumping de 1916
Los Estados Unidos informaron al OSD de que el
Senado estadounidense había aprobado el proyecto de la Ley de Correcciones
Técnicas y Comerciales Diversas de 2004, que contenía la derogación de la
Ley Antidumping de 1916. Los Estados Unidos añadieron que el Presidente de
los Estados Unidos firmaría la Ley en el futuro próximo. Las Comunidades
Europeas expresaron satisfacción, pero dijeron que esto no debía
considerarse el final de la diferencia. El Japón acogió con agrado la Ley
sobre diversas cuestiones arancelarias pero lamentó que no tuviese efecto
retroactivo. El Japón señaló que la ley derogatoria no evitaría que una
empresa japonesa tuviera que pagar daños y perjuicios por valor de 30
millones de dólares EE.UU. como consecuencia de la orden dictada por el
Tribunal Federal de Distrito del Estado de Iowa en mayo de 2004.
DS176:
Estados Unidos — Artículo 211 de la Ley Omnibus de Asignaciones de 1998
Los Estados Unidos declararon que la
Administración estadounidense seguía trabajando con el Congreso de los
Estados Unidos para adoptar una legislación adecuada que resolviera esta
diferencia. Las CE dijeron que en el Congreso estaban pendientes dos
proyectos de ley que asegurarían la protección eficaz de los derechos de
propiedad intelectual y la derogación del artículo 211. Cuba señaló que la
falta de aplicación por los Estados Unidos era una maniobra política
contra Cuba para despojar a Havana Club Holding de sus legítimos derechos
sobre la marca Havana Club.
DS184:
Estados Unidos — Medidas antidumping sobre determinados productos de acero
laminado en caliente originarios del Japón
Los Estados Unidos dijeron que la Administración
estadounidense estaba trabajando con el Congreso de los Estados Unidos
respecto de las recomendaciones que no habían sido abordadas antes de
noviembre de 2002. El Japón señaló que los Estados Unidos hacían repetidas
veces las mismas declaraciones acerca de los progresos realizados en la
aplicación de las resoluciones del OSD. El Japón expresó su decepción por
no haber visto aún un proyecto de ley que rectificase la infracción de los
Estados Unidos.
DS217
y
DS234:
Estados Unidos — Ley de compensación por continuación del dumping o
mantenimiento de las subvenciones de 2000
Los Estados Unidos dijeron que la Administración
estadounidense seguía trabajando con el Congreso para hacer nuevos
progresos. Las CE y el Japón se quejaron de que los Estados Unidos no
hubieran informado de ningún progreso. El Canadá añadió que, solamente en
un sector, se habían recaudado 3.000 millones de dólares EE.UU. en
concepto de derechos y que, por consiguiente, solicitaría autorización
para suspender la aplicación de concesiones arancelarias a los Estados
Unidos. El Brasil precisó que se habían desembolsado 1.000 millones de
dólares EE.UU. Chile manifestó su pesar porque los Estados Unidos no
habían aprovechado su última oportunidad para derogar la Ley de
compensación por continuación del dumping o mantenimiento de las
subvenciones de 2000. Corea, la India y Malasia se sumaron a Chile para
expresar su decepción ante la falta de nuevos progresos por parte de los
Estados Unidos.
DS160
: Estados Unidos — Artículo 110(5) de la Ley de Derecho de Autor de los
Estados Unidos
Los Estados Unidos informaron de que su
Administración había estado celebrando consultas con el Congreso de los
Estados Unidos sobre el artículo 110(5) de la Ley de Derecho de Autor de
los Estados Unidos.
Las CE se quejaron de que habían transcurrido casi
tres años y el Gobierno de los Estados Unidos aún estaba en la fase de
consultas con el Congreso. Las CE añadieron que los Estados Unidos, uno de
los Miembros que más hincapié hacía en los derechos de propiedad
intelectual, también era el que no había aplicado las resoluciones sobre
cuestiones relativas a los ADPIC.
DS257
: Estados Unidos — Determinación definitiva en materia de derechos
compensatorios con respecto a determinada madera blanda procedente del
Canadá
Los Estados Unidos informaron de que el
Departamento de Comercio estadounidense emitiría en el futuro próximo una
determinación basada en la información reunida relativa a las resoluciones
dictadas por el OSD en su investigación en materia de derechos
compensatorios de los productos de madera blanda procedentes del Canadá.
Ya se había distribuido un proyecto a las partes interesadas para que
formulasen observaciones.
Recurso a la suspensión de la aplicación de concesiones
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DS217
y
DS234:
Estados Unidos — Ley de compensación por continuación del dumping o
mantenimiento de las subvenciones de 2000
Siete Miembros — las CE, el Brasil, la India, el
Japón, Corea, el Canadá y México — pidieron autorización para suspender la
aplicación de concesiones a los Estados Unidos. Los siete reclamantes
sostuvieron que los Estados Unidos aún no habían puesto en práctica las
recomendaciones del OSD tras la expiración del plazo de aplicación el 27
de diciembre de 2003 y que las sanciones eran el único medio que les
quedaba para conseguir que los Estados Unidos cumplieran con ellas.
El nivel de suspensión de las concesiones
estaría de acuerdo con las decisiones del Árbitro adoptadas el 31 de agosto de 2004.
Los Estados Unidos reiteraron su
propósito de cumplir las resoluciones del OSD y subrayaron que no sería
necesario que los reclamantes hiciesen uso de esa autorización. Los Estados
Unidos también expresaron su preocupación acerca de las decisiones del
Árbitro sobre el nivel variable de suspensión anual. Les preocupaba que esos
ajustes anuales implicasen un grado de imprevisibilidad.
El OSD acordó conceder la
autorización para suspender la aplicación a los Estados Unidos de
concesiones arancelarias y el cumplimiento de otras obligaciones, de acuerdo
con las decisiones del
Árbitro,
en respuesta a las solicitudes de siete países contenidas en los documentos
WT/DS217/38;
WT/DS217/39;
WT/DS217/40;
WT/DS217/41;
WT/DS217/42;
WT/DS234/31
y
WT/DS234/32.
Otros
asuntos
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En cuanto a la diferencia DS108
relativa a las empresas de ventas en el extranjero (EVE), los Estados
Unidos informaron al OSD de que el 22 de octubre de 2004 el Presidente
Bush había firmado la Ley para la creación de empleos en los Estados
Unidos de 2004. Esa Ley derogaba la exclusión fiscal de la Ley de
derogación de las disposiciones relativas a las EVE y exclusión de los
ingresos extraterritoriales de 2000. Los Estados Unidos dijeron que
esperaban que las CE retirasen la suspensión de la aplicación de
concesiones.
Próxima
reunión volver al principio
La próxima reunión del OSD está
prevista para el 17 de diciembre de 2004.
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