CONFERENCIA MINISTERIAL: NNOVENO PERÍODO DE SESIONES, BALI, 3-6 DE DICIEMBRE DE 2013

WT/MIN(13)/37, WT/L/912
11 de diciembre de 2013


Servicios generales

 

Decisión Ministerial de 7 de diciembre de 2013

La Conferencia Ministerial,

Habida cuenta del párrafo 1 del artículo IX del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio;

Decide lo siguiente:

Los Miembros reconocen que los programas de servicios generales pueden contribuir al desarrollo rural, la seguridad alimentaria y la reducción de la pobreza, en especial en los países en desarrollo. Entre ellos figuran diversos programas relacionados con la reforma agraria y la seguridad de los medios de subsistencia rural que, según han señalado algunos países en desarrollo, son especialmente importantes para promover estos objetivos. Por consiguiente, los Miembros observan que, con sujeción a lo dispuesto en el Anexo 2 del Acuerdo sobre la Agricultura, se podrían considerar comprendidos en la lista no exhaustiva de programas de servicios generales del párrafo 2 del Anexo 2 del Acuerdo sobre la Agricultura los tipos de programas enumerados a continuación.

Programas de servicios generales relacionados con la reforma agraria y la seguridad de los medios de subsistencia rural, tales como:

    i. rehabilitación de tierras;

    ii. conservación de suelos y gestión de recursos;

    iii. gestión de las situaciones de sequía y de las inundaciones;

    iv. programas de empleo rural;

    v. expedición de títulos de propiedad; y

    vi. programas de asentamiento de agricultores

con el fin de promover el desarrollo rural y la reducción de la pobreza.