
DIEZ
MALENTENDIDOS
1. Dicta las
políticas
2. Aboga por el libre
comercio
3. Pasa por alto el
desarrollo
4. Pasa por alto el medio ambiente
5. Pasa por alto la salud
6. Destruye empleo
7. Los países
pequeños quedan al margen
8. Instrumento de los
grupos de presión
9. Los países
débiles obligados a adherirse
10. Antidemocrática
Ver
también:
> La
OMC en pocas palabras
> Diez
ventajas
> Entender la OMC |

En el preámbulo del
Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial
del Comercio se citan entre los distintos objetivos la utilización óptima
de los recursos mundiales, el desarrollo sostenible y la protección
del medio ambiente.
Esta preocupación se plasma en términos más concretos en una serie
de disposiciones recogidas en la normativa de la OMC. Entre las más
importantes cabe citar las cláusulas genéricas (como el artículo XX
del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio) que permiten
a los países adoptar medidas destinadas a proteger la salud y la vida
de las personas y de los animales o preservar los vegetales y asegurar
la conservación de los recursos naturales agotables.
Más allá de los principios de amplio alcance, los acuerdos específicos
sobre cuestiones concretas también toman en consideración las
preocupaciones ambientales. Así por ejemplo, se permite la concesión
de subvenciones para proteger el medio ambiente. Los objetivos
ambientales se recogen expresamente en los Acuerdos de la OMC que
se ocupan de las normas de productos, la inocuidad de los alimentos,
la protección de la propiedad intelectual, etc.
Además, el sistema y sus normas pueden ayudar a los países a asignar
recursos limitados de un modo más eficaz y menos derrochador. Así
por ejemplo, las negociaciones han entrañado la reducción de las
subvenciones industriales y agrícolas, lo que a su vez reduce una
sobreproducción no aprovechable.
La resolución de la OMC sobre la diferencia planteada en relación
con las importaciones de camarones y la protección de las tortugas
marinas ha contribuido a apuntalar esos principios. Según el informe
al respecto, los Miembros de la OMC pueden y deben adoptar, y de hecho
adoptan, medidas destinadas a proteger las especies en peligro de
extinción y a proteger el medio ambiente de diferentes modos. Otra
resolución ratifica la prohibición de productos que contienen
amianto fundándose en que los Acuerdos de la OMC dan a la salud y la
seguridad prioridad sobre el comercio.
Lo
realmente importante en la normativa de la OMC es que las medidas
adoptadas para proteger el medio ambiente no sean desleales. Por ejemplo,
no deben ser discriminatorias. Un país no puede mostrarse indulgente
con sus propios productores y, al mismo tiempo, estricto cuando se trata
de bienes y servicios extranjeros, ni hacer discriminaciones entre los
distintos interlocutores comerciales. Este aspecto también se reforzó
en la reciente resolución acerca de la diferencia sobre camarones y
tortugas, así como en una anterior relativa a la gasolina.
Igualmente importante es el hecho de que no le corresponde a la OMC
establecer las normas internacionales para la protección del medio
ambiente. Ese cometido deben asumirlo los organismos y convenios
centrados en el medio ambiente.
Es cierto que existe cierto grado de coincidencia entre los acuerdos
sobre medio ambiente y la OMC. Nos estamos refiriendo a medidas
comerciales (por ejemplo las sanciones o demás restricciones a la
importación) adoptadas para asegurar el cumplimiento de un acuerdo. No
obstante, hasta la fecha no ha habido conflicto alguno entre los
Acuerdos de la OMC y los de las instituciones internacionales que se
ocupan del medio ambiente.
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