
ACTUALIZACIÓN DE 10 DE OCTUBRE DE 2002
Índice
> Síntesis
> Propuestas
recibidas en la primera etapa
> Propuestas recibidas en la
segunda etapa
> Países,
alianzas y propuestas
> INTRODUCCIÓN
Primera etapa
> Subvenciones a la
exportación competencia y Restricciones de las exportaciones
> Acceso a los mercados
> Ayuda
interna: compartimentos ámbar,
azul y verde
> Países en desarrollo
> Economías en transición
> Preocupaciones no comerciales
> Bienestar de los animales y calidad de
los alimentos
> La cláusula de paz
Segunda etapa
> Administración de contingentes
arancelarios
> Ayuda interna
del compartimento: ámbar, verde y azul
> Subvenciones y restricciones a la exportación
> Empresas comerciales
> Seguridad alimentaria
> Inocuidad de los alimentos
> Desarrollo rural
> Indicaciones geográficas
> Salvaguardia
> Medio ambiente
> Preferencias comerciales
> Ayuda alimentaria
> Información a los consumidores y etiquetado
> Iniciativas sectoriales
> Compartimento
desarrollo, países productores de un único producto, pequeños Estados insulares en
desarrollo, trato especial y
diferenciado
> Cuestiones
adicionales (ayuda alimentaria, el compartimento verde, ampliación de
los contingentes arancelarios)
Modalidades
(2002–2003)
> Las
exportaciones
> Acceso a los
mercados
> Ayuda interna
Datos
> Estadísticas
En el presente documento informativo se
explican las cuestiones relativas a la agricultura planteadas en las
actuales negociaciones y con anterioridad a las mismas. Este documento
ha sido preparado por la División de Información y Relaciones con
los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC para ayudar al
público a comprender las negociaciones sobre la agricultura. No se
trata de un informe oficial de las negociaciones.
|

Desde la conclusión de la Ronda Uruguay los debates se han centrado
principalmente en dos cuestiones, a saber, el elevado nivel de los
aranceles aplicados fuera de los contingentes (algunos países
reclaman reducciones más importantes de los aranceles más elevados),
y los propios contingentes — su magnitud, la forma en que se han
administrado y los aranceles aplicados a las importaciones
comprendidas en los contingentes.
Los
aranceles volver
al principio
El
examen de los aranceles abarca los tipos aplicados tanto dentro como
fuera de los contingentes. Tradicionalmente, las reducciones
arancelarias eran el resultado de negociaciones comerciales
bilaterales producto por producto, se basaban en fórmulas aplicables
a una gran diversidad de productos, o se trataba de una combinación
de ambos métodos. Aún no se ha decidido qué método se utilizará
para abordar las reducciones en las negociaciones actuales. Algunos
países como el Canadá y los Estados Unidos defienden que se negocie
además una “liberalización sectorial”, lo que en algunos
sectores dio lugar en negociaciones anteriores a acuerdos “cero
por cero”. Esa liberalización sectorial incluiría la
negociación de la eliminación completa de los aranceles (y posiblemente
de otras medidas como las subvenciones a la exportación o los
créditos a la exportación subvencionados) por parte, como mínimo,
de los principales Miembros de la OMC en sectores específicos tales
como las semillas oleaginosas, la cebada y la malta. Algunos países,
como por ejemplo el Japón, han declarado que no son partidarios de
una liberalización sectorial.
Un
país, los Estados Unidos, ha llegado a proponer que, dado que los
aranceles de numerosos productos agropecuarios son elevados, las
negociaciones para reducir los aranceles deberían comenzar por los
“tipos aplicados” (los aranceles que los gobiernos aplican
efectivamente a las importaciones de productos agropecuarios) y no por
los “tipos consolidados” que son en general más elevados (los máximos
jurídicamente vinculantes resultado de los compromisos contraídos en
la OMC a raíz de las negociaciones anteriores). Esta postura ha
suscitado bastante controversia, ya que rompería la tradición de
basar las negociaciones en los tipos consolidados. Varios países han
respondido además que se les debería anotar un crédito por aplicar
de forma unilateral aranceles más liberales que los tipos
consolidados negociados, en vez de obligarlos a efectuar reducciones
más importantes que a los países que se limitan a aplicar los tipos
consolidados más elevados. Algunos países que se han incorporado
recientemente a la OMC consideran igualmente que han aceptado aplicar
bajos aranceles para poder ser Miembros y que, por consiguiente, no se
les debería obligar a reducirlos mucho más.
Varios
países en desarrollo se quejan asimismo de que tropiezan con
dificultades cuando tratan de aumentar sus ingresos mediante la
elaboración de las materias primas agrícolas que producen. Ello se
debe a que los países que consideran mercados de exportación
potenciales imponen derechos más elevados a las importaciones de
productos elaborados que a las materias primas — a lo que se denomina
progresividad arancelaria — a fin de proteger a sus propias
industrias de elaboración.
Algunos
países consideran necesarios los aranceles y otros obstáculos a la
importación con vistas a proteger la producción nacional y mantener
la seguridad alimentaría. Por ese motivo, algunos países están
vinculando la reducción de los obstáculos a la importación al
establecimiento en otros países de disciplinas en materia de
limitación de las exportaciones e impuestos a la exportación, sobre
la base de que si los países productores no restringen sus
exportaciones, los países importadores podrán tener más seguridad
con respecto a la posibilidad de obtener alimentos de esos países.
Algunos países en desarrollo dicen que necesitan flexibilidad para
poder decidir el nivel de los derechos de importación que aplicarán
para proteger a sus agricultores de la competencia que suponen las
importaciones a bajos precios como consecuencia de las subvenciones a
la exportación.
Los
contingentes arancelarios volver al principio
La
administración de los contingentes es una cuestión de orden técnico,
pero tiene efectos reales en el comercio, ya que influye en que un
producto exportado de un país pueda o no tener acceso al mercado de
otro país al tipo arancelario más bajo, comprendido en el
contingente.
Los
métodos utilizados para dar a los exportadores acceso a los
contingentes incluyen las asignaciones por orden de recepción de las
solicitudes, la concesión de las licencias de importación en
función de las cuotas atribuidas en el pasado y de otros criterios,
la administración por conducto de empresas
comerciales del Estado, los acuerdos bilaterales y la asignación por
subasta. En las condiciones también se pueden especificar los plazos
en relación con la utilización de los contingentes, por ejemplo, los
plazos para solicitar las licencias o para proceder a la entrega de
los productos a los países importadores. En ocasiones preocupa a los
exportadores que sus posibilidades de acceso a los contingentes
arancelarios puedan verse coartadas por el modo en que éstos se
administran. En ocasiones se quejan también de que los calendarios de
las licencias les ponen en una situación desfavorable cuando la
producción es estacional y existen grandes distancias para
transportar los productos.
Cada
método tiene ventajas e inconvenientes y muchos Miembros de la OMC
reconocen que resulta difícil decir de forma concluyente que un
método es mejor que otro. Varios países desean que en las
negociaciones se aborde la cuestión de los contingentes arancelarios,
concretamente, la posibilidad de sustituirlos por aranceles bajos,
aumentar su tamaño, aclarar qué métodos de asignación se
consideran restrictivos y no transparentes o precisar qué métodos
son legales o ilegales con arreglo a las normas de la OMC, a fin de
ofrecer seguridad jurídica.
¿Quién
tiene contingentes arancelarios? volver
al principio
En
la actualidad 43 Miembros de la OMC tienen en conjunto un total de
1.425 contingentes arancelarios consignados en sus compromisos. Entre
paréntesis figura el número de contingentes que tiene cada país.
Australia
(2)
Barbados (36)
Brasil (2)
Bulgaria (73)
Canadá (21)
Chile (1)
China (10)
Colombia (67)
Corea (67)
Costa Rica (27)
Ecuador (14)
El Salvador (11)
Eslovenia (20)
Estados Unidos (54)
Filipinas (14)
Guatemala (22) |
Hungría
(70)
Indonesia (2)
Islandia (90)
Israel (12)
Japón (20)
Letonia (4)
Lituania (4)
Malasia (19)
Marruecos (16)
México (11)
Nicaragua (9)
Noruega (232)
Nueva Zelandia (3)
Panamá (19)
Polonia (109) |
República
Checa(24)
República Dominicana (8)
República Eslovaca(24)
Rumania (12)
Sudáfrica (53)
Suiza (28)
Tailandia (23)
Taipei Chino (22)
Túnez (13)
UE (87)
Venezuela (61) |
En el documento de antecedentes de la Secretaría de la OMC “Contingentes arancelarios y otros
contingentes” G/AG/NG/S/7, figuran más detalles, que pueden
descargarse aquí.
Propuestas
presentadas en la primera etapa con las posiciones respecto del acceso
a los mercados volver al principio
(véanse
también las propuestas sobre los países en desarrollo y las
preocupaciones no comerciales)
- Canadá:
acceso a los mercados G/AG/NG/W/12
- 11 países en desarrollo: trato especial y diferenciado y
compartimento de desarrollo G/AG/NG/W/13
- Estados Unidos: propuesta global G/AG/NG/W/15
- UE: calidad de los alimentos — mejora de las oportunidades
de acceso a los mercados G/AG/NG/W/18
- 12 países en desarrollo: acceso a los mercados G/AG/NG/W/37
- Grupo de Cairns: acceso a los mercados G/AG/NG/W/54
- ASEAN: trato especial y diferenciado de los países en
desarrollo en el comercio agrícola mundial G/AG/NG/W/55
- 11 economías en transición: acceso a los mercados
G/AG/NG/W/57
- Estados Unidos: reforma del sistema de contingentes
arancelarios G/AG/NG/W/58
- UE: propuesta de negociación global G/AG/NG/W/90
- Japón: propuesta G/AG/NG/W/91
- Suiza: propuesta G/AG/NG/W/94
- Swazilandia: el acceso a los mercados en el marco del trato
especial y diferenciado para los pequeños países en desarrollo
G/AG/NG/W/95
- Mauricio: propuesta G/AG/NG/W/96
- Pequeños Estados insulares en desarrollo: propuesta
G/AG/NG/W/97
- República de Corea: propuesta G/AG/NG/W/98
- Malí: propuesta G/AG/NG/W/99
- CARICOM: propuesta G/AG/NG/W/100
- Noruega: propuesta G/AG/NG/W/101
- India: propuesta G/AG/NG/W/102
- Polonia: propuesta G/AG/NG/W/103
- “MERCOSUR+”: Empresas comerciales del Estado
G/AG/NG/W/104
- Marruecos: propuesta G/AG/NG/W/105
- Turquía: propuesta G/AG/NG/W/106
- Egipto: propuesta G/AG/NG/W/107
- Nigeria: propuesta G/AG/NG/W/130
- Congo, Rep. Dem.: propuesta G/NG/W/135
- Kenya: propuesta G/AG/NG/W/136
- Senegal: posiciones preliminares G/AG/NG/W/137
- México: propuesta G/AG/NG/W/138
- Jordania: propuesta G/AG/NG/W/140
- Grupo Africano: propuesta conjunta G/AG/NG/W/142
- Namibia: propuesta G/AG/NG/W/143
- Croacia
incluyó el acceso a los mercados en su documento de debate
G/AG/NG/W/141
Acceso
a los mercados: salvaguardias especiales para la agricultura volver
al principio
Las
salvaguardias son restricciones especiales a la importación que se
adoptan de forma temporal para hacer frente a situaciones especiales,
tales como un aumento repentino de las importaciones. Normalmente
entran en el ámbito del Acuerdo sobre Salvaguardias, pero el Acuerdo
sobre la Agricultura contiene disposiciones especiales (artículo 5)
relativas a las salvaguardias.
Las
disposiciones de salvaguardia especial para la agricultura difieren de
las salvaguardias normales (para más información, véase la guía
“Entender
la OMC”). A diferencia de lo que
ocurre en el caso de las salvaguardias generales, en el sector de la
agricultura:
- pueden
activarse automáticamente derechos de salvaguardia más elevados
cuando el volumen de las importaciones crece por encima de un
determinado nivel o si los precios descienden por debajo de un
determinado nivel; y
- no
es necesario demostrar que se está causando un daño grave a la
rama de producción nacional.
La
salvaguardia especial para la agricultura sólo puede utilizarse con
respecto a productos que hayan sido arancelizados — lo que representa
menos del 20 por ciento de todos los productos agropecuarios (definidos
por “líneas arancelarias”). Ahora bien, no se puede
utilizar respecto de las importaciones comprendidas en un contingente,
y sólo se puede aplicar si el gobierno se ha reservado el derecho de
hacerlo en su lista de compromisos relativos a la agricultura. En la
práctica, la salvaguardia especial para la agricultura sólo se ha
utilizado en unos pocos casos.
Las
propuestas presentadas van desde mantener esas disposiciones en su
forma actual, hasta suprimirlas o revisarlas para evitar que se
utilicen respecto de los productos de los países en desarrollo.
Algunos países en desarrollo han propuesto que sólo se les autorice
a ellos su utilización y no a los países desarrollados.
El
Japón y la República de Corea proponen una nueva forma de
salvaguardia especial que se aplicaría a los productos perecederos y
estacionales. Varios países se han opuesto a ello.
El
derecho a utilizar la salvaguardia especial para la agricultura
quedaría sin efecto si no se llega a un acuerdo en las negociaciones
para continuar el “proceso de reforma” iniciado en la Ronda
Uruguay (véase el párrafo 9 del artículo 5 y el artículo 20 del
Acuerdo sobre la Agricultura).
Salvaguardias
especiales: ¿quién se ha reservado el derecho? volver
al principio
En
la actualidad hay 39 Miembros de la OMC que se han reservado el
derecho de recurrir a un total en conjunto de 6.156 salvaguardias
especiales respecto de productos agropecuarios. Entre paréntesis
figura el número de productos de que se trata en cada caso, aunque la
definición dada para un producto varía de unos a otros.
Australia
(10)
Barbados (37)
Botswana (161)
Bulgaria (21)
Canadá (150)
Colombia (56)
Corea (111)
Costa Rica (87)
Ecuador (7)
El Salvador (84)
Estados Unidos (189)
Filipinas (118)
Guatemala (107)
Hungría (117) |
Indonesia
(13)
Islandia (462)
Israel (41)
Japón (121)
Malasia (72)
Marruecos (374)
México (293)
Namibia (166)
Nicaragua (21)
Noruega (581)
Nueva Zelandia (4)
Panamá (6)
Polonia (144)
República Checa (236) |
República
Eslovaca (114)
Rumania (175)
Sudáfrica (166)
Suiza-Liechtenstein (961)
Swazilandia (166)
Tailandia (52)
Taipei Chino (84)Túnez (32)
UE (539)
Uruguay (2)
Venezuela (76) |
En el documento de antecedentes de la Secretaría de la OMC “Salvaguardia especial para la agricultura”
G/AG/NG/S/9, figuran más detalles, que pueden descargarse aquí
Propuestas
presentadas en la primera etapa con las posiciones respecto de las
salvaguardias especiales volver
al principio
(véanse también las propuestas sobre los países en
desarrollo y las preocupaciones no comerciales)
- 11 países en desarrollo:
trato especial y diferenciado y
compartimento de desarrollo G/AG/NG/W/13
- Estados Unidos:
propuesta global G/AG/NG/W/15
- Grupo de Cairns:
acceso a los mercados G/AG/NG/W/54
- ASEAN:
trato especial y diferenciado de los países en
desarrollo en el comercio agrícola mundial G/AG/NG/W/55
- UE:
propuesta de negociación global G/AG/NG/W/90
- Japón:
propuesta G/AG/NG/W/91
- Swazilandia
acceso a los mercados en el marco del trato
especial y diferenciado para los pequeños países en desarrollo
G/AG/NG/W/95
- Mauricio:
propuesta G/AG/NG/W/96
- República de Corea:
propuesta G/AG/NG/W/98
- Noruega:
propuesta G/AG/NG/W/101
- India:
propuesta G/AG/NG/W/102
- Polonia:
propuesta G/AG/NG/W/103
- Marruecos:
propuesta G/AG/NG/W/105
- Turquía:
propuesta G/AG/NG/W/106
- Egipto:
propuesta G/AG/NG/W/107
- Congo, Rep. Dem.:
propuesta G/NG/W/135
- Senegal:
posiciones preliminares G/AG/NG/W/137
- Jordania:
propuesta G/AG/NG/W/140
- Grupo Africano:
propuesta conjunta G/AG/NG/W/142
- Croacia
incluyó las salvaguardias especiales en su documento de
debate G/AG/NG/W/141
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Nota:
Excepto en el caso de la República de Corea, de Filipinas y del
Taipei Chino con respecto al arroz; y excepto en ciertas
circunstancias en las que pueden aplicarse otras normas de la OMC, por
ejemplo, las referidas a las medidas sanitarias y fitosanitarias, los
obstáculos técnicos al comercio, la situación de la balanza de
pagos, las salvaguardias generales, etc.
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