
El presente resumen ha sido preparado por la Secretaría bajo su responsabilidad. Sólo tiene por objeto ofrecer información general y no es su propósito afectar a los derechos u obligaciones de los Miembros.
Véase también:
> Resumen de una página de las principales constataciones de esta diferencia
> Información básica: cómo se resuelven las diferencias en la OMC
> Formación asistida por ordenador en solución de diferencias
> Texto del Entendimiento sobre Solución de Diferencias
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Resumen de la diferencia hasta la fecha volver al principio
El resumen que figura a continuación se actualizó el

Véase también:
Resumen de una página de las principales constataciones de esta diferencia
Consultas
Reclamación presentada por Costa Rica.
El 22 de diciembre de 1995 Costa Rica
solicitó la celebración de consultas con los Estados Unidos respecto
de las restricciones estadounidenses a las importaciones de textiles
procedentes de Costa Rica. Costa Rica alegaba que estas restricciones
infringían el ATV.
Actuaciones del Grupo Especial y el Órgano de Apelación
En respuesta a la solicitud de Costa Rica, el
OSD estableció un Grupo Especial en su reunión de 5 de marzo de 1996.
La India se reservó sus derechos como tercero. El 4 de abril de 1996
quedó constituido el Grupo Especial. El informe del Grupo Especial se
distribuyó a los Miembros el 8 de noviembre de 1996. El Grupo Especial
llegó a la conclusión de que las limitaciones estadounidenses no eran
válidas.
El 11 de noviembre de 1996, Costa Rica
notificó su decisión de apelar en relación con un aspecto del informe
del Grupo Especial. El informe del Órgano de Apelación se distribuyó
a los Miembros el 10 de febrero de 1997. El Órgano de Apelación
admitió la apelación de Costa Rica sobre esa cuestión específica. El
25 de febrero de 1997, el OSD adoptó el informe del Órgano de
Apelación y el informe del Grupo Especial, tal como lo modificó el
informe del Órgano de Apelación.
Aplicación de los informes adoptados
En la reunión que el OSD celebró el 10 de
abril de 1997 los Estados Unidos informaron de que la medida objeto de
esta diferencia había expirado el 27 de marzo de 1997 y no había sido
renovada, lo que significaba efectivamente que los Estados Unidos
habían cumplido inmediatamente las recomendaciones del OSD.
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