
El presente resumen ha sido preparado por la Secretaría bajo su responsabilidad. Sólo tiene por objeto ofrecer información general y no es su propósito afectar a los derechos u obligaciones de los Miembros.
Véase también:
> Información básica: cómo se resuelven las diferencias en la OMC
> Formación asistida por ordenador en solución de diferencias
> Texto del Entendimiento sobre Solución de Diferencias
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Resumen de la diferencia hasta la fecha volver al principio
El resumen que figura a continuación se actualizó el

Consultas
Reclamación de las Comunidades Europeas.
Esta solicitud de celebración de consultas,
fechada el 24 de mayo de 1996, se refiere a la protección de la
propiedad intelectual de las grabaciones sonoras con arreglo a lo
dispuesto en el párrafo 1 del artículo XXII del GATT. Se alegan
infracciones del párrafo 6 del artículo 14 y del párrafo 2 del
artículo 70 del Acuerdo sobre los ADPIC. Anteriormente los Estados
Unidos solicitaron la celebración de consultas con el Japón sobre la
misma cuestión (WT/DS28), consultas a las que las CE se asociaron.
Solución mutuamente convenida
El 7
de noviembre de 1997, ambas partes notificaron una solución mutuamente
convenida.
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