ÍNDICE TEMÁTICO POR ASUNTOS: INFORMES DEL ÓRGANO DE APELACIÓN

C-D

Índice:  A  B  C-D  E-F  G-H  I  J  K-L  M-S  T  U-Z 

Canadá — Aeronaves civiles (WT/DS70/AB/R)     volver al principio

carga de la prueba B.3.1.8

exportación B.3.1.8

presunción prima facie B.3.2.4

negativa a facilitar información, pertinencia B.3.2.4

resolución del grupo especial en favor, necesidad de B.3.2.4

competencia (Órgano de Apelación), finalización del análisis jurídico (ESD 17.6), base fáctica, limitación a las constataciones del grupo especial y los hechos indiscutidos del expediente del grupo especial S.3.1.4

confidencialidad de las actuaciones (ESD 17.10/18.2)

“actuaciones” C.6.1

aplicabilidad a los integrantes de las delegaciones de los Miembros (incluidos los no funcionarios) B.4.3-4, C.6.2

responsabilidad de los Miembros de asegurar el respeto C.6.2-3

información comercial confidencial

Procedimiento aplicable a la información comercial confidencial B.4.2, W.2.6.3-5

procedimientos adicionales, necesidad de B.4.2

Normas de Conducta, artículo VII.1 y, aplicabilidad a los Miembros del Órgano de Apelación B.4.4, C.6.2, W.2.4

reuniones a puerta cerrada B.4.4

cumplimiento, confidencialidad de las actuaciones (ESD 17.10/18.2) C.6.2-3

inferencias de la negativa de una parte a facilitar información, derecho del grupo especial a extraer I.1.1-2

facultades discrecionales del grupo especial y I.1.1

obligación de dar una respuesta pronta a la solicitudes de los grupos especiales para obtener información y (ESD 13.1) I.1.1, S.4.9-10

información y asesoramiento técnico, derecho del grupo especial a recabar (ESD 13)

carga de la prueba y B.3.2.4

negativa a facilitar información, derecho del grupos especial a extraer inferencias I.1.1-2

obligación de dar una respuesta pronta a la solicitudes de los grupos especiales para obtener información y (ESD 13.1) I.1.1, S.4.8, S.4.9

solución pronta y satisfactoria de las diferencias, derecho de los Miembros a (ESD 3), efecto sobre, solución pronta y satisfactoria de las diferencias, derecho de los Miembros a (ESD 3) I.1.1-2

interpretación de los acuerdos abarcados, términos y expresiones específicos, “actuaciones” C.6.1

Normas de Conducta, aplicabilidad a los Miembros del Órgano de Apelación B.4.4, C.6.2, W.2.4

procedimientos de trabajo (examen en apelación)

confidencialidad (Normas de Conducta, artículo VII.1) B.4.4, C.6.2, W.2.4

Normas de Conducta, aplicabilidad (PTEA 8) B.4.4, C.6.2, W.2.4

pruebas (procedimiento de los grupos especiales) (ESD 12), negativa de una parte a facilitar información, efecto, carga de la prueba y B.3.2.4

solución pronta y satisfactoria de las diferencias, derecho de los Miembros a (ESD 3), negativa de una parte a facilitar información, efecto I.1.1-2

subvención a la exportación, definición

“subvenciones supeditadas a la actuación exportadora/los resultados de exportación” (AG 1 e)/SMC 3.1 a)) S.2.12.1-2

carga de la prueba

de facto B.3.1.8

de jure B.3.1.8

de factoS.2.14

“de jure o de jure” S.2.12.2

“supeditadas” S.2.12.1


Canadá — Aeronaves civiles (párrafo 5 del artículo 21 — Brasil) (WT/DS70/AB/RW)     volver al principio

examen de la aplicación de las resoluciones del OSD (ESD 21.5) R.4.1.1-2

como alegación nueva/reafirmación de alegación anterior R.4.2.1

competencia de los grupos especiales del ESD 21.5 (sobre el cumplimiento), determinación de la compatibilidad con las obligaciones en el marco de la OMC de las medidas destinadas a cumplir R.4.2.1

“medidas destinadas a cumplir” R.4.1.1-2

examen basado en los hechos probados durante el procedimiento R.4.1.2

medida objeto de la diferencia inicial, distinción R.4.1.1, R.4.1.2

prescripción de “asegurar” R.4.1.2

“medidas destinadas a cumplir”, medida objeto de la diferencia inicial, distinción R.4.2.1

subvención, definición (SMC 1)

otorgamiento de un beneficio (SMC 1.1 b)) S.2.9.1-2

“beneficio” S.2.9.2

receptor, necesidad de S.2.9.1

subvención a la exportación, definición

“subvenciones supeditadas a la actuación exportadora/los resultados de exportación” (AG 1 e)/SMC 3.1 a)) S.2.12.3-4

carga de la prueba

conocimiento o previsión, suficiencia S.2.12.4

orientación del receptor a la exportación, pertinencia S.2.12.4

“de jure o de factoS.2.12.3


Canadá — Automóviles (WT/DS139/AB/R; WT/DS142/AB/R)     volver al principio

AGCS, aplicabilidad (AGCS I) G.1.1.3-7

determinación de aplicabilidad como preliminar para el examen de los hechos/cumplimiento de la obligación sustantiva G.1.1.3, G.1.1.5-7, M.2.2.3

“medidas que afecten al comercio de servicios” (AGCS I.1)

“comercio de servicios” (AGCS I.2) G.1.1.4

“que afecten” (AGCS I.1) G.1.1.4

proveedores de servicios comerciales al por mayor en su calidad de proveedores de servicios, necesidad de examinar G.1.1.5-7, M.2.2.4

competencia de los grupos especiales y el Órgano de Apelación (ESD 3.2), interpretación y aplicación correctas de los acuerdos abarcados y M.2.2.4

competencia (Órgano de Apelación)

finalización del análisis jurídico (ESD 17.6) C.4.9-10

base fáctica, conflictividad/omisión/insuficiencia de los hechos C.4.9-10

en caso de que el grupo especial no examine la aplicabilidad del acuerdo abarcado G.1.1.7

debido proceso (procedimientos de solución de diferencias)

economía procesal y J.1.10

obligación de los grupos especiales de abordar las cuestiones planteadas por las partes (ESD 7.2/12.7) J.1.9

economía procesal J.1.9-10

debido proceso y J.1.10

facultad discrecional del grupo especial para determinar

qué alegaciones deben examinarse J.1.10

obligación de abordar las alegaciones no examinadas J.1.10

exención fiscal, como elusión de compromisos en materia de subvenciones a la exportación S.2.5

informes de grupos especiales, justificación, necesidad de (ESD 12.7) G.1.1.5-7, M.2.2.4

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices

expresiones iguales o estrechamente relacionadas en acuerdos diferentes S.2.16.1

inexistencia de disposición, pertinencia S.2.16.1

objeto y fin M.2.1.4

mandato de los grupos especiales (ESD 7)

obligaciones

considerar las disposiciones del acuerdo o acuerdos abarcados que hayan invocado las partes J.1.9

formular conclusiones que ayuden al OSD (ESD 7.1) J.1.9

norma de examen (ESD 11), “evaluación objetiva del asunto que se le haya sometido”, todos los hechos, necesidad de considerar G.1.1.5

subvención, definición (SMC 1)

contribución financiera (SMC 1.1 a) 1))

condonación de ingresos que en otro caso se percibirían (SMC 1.1 a) 1) ii)), “en otro caso se percibirían” /base de la comparación (criterio de “si no fuera por”) S.2.4.3

exoneración o remisión de impuestos internos en favor de un producto exportado (SMC 1.1 a) 1) ii), nota 1) S.2.5

subvención a la exportación, definición

“subvenciones supeditadas a la actuación exportadora/los resultados de exportación” (AG 1 e)/SMC 3.1 a))

“de jure” S.2.13

disposición implícita S.2.13.1

“vinculada a” (SMC 3.1 a), nota 4) S.2.13.3-4

subvenciones prohibidas (SMC, Parte II)

“subvenciones supeditadas a la actuación exportadora/los resultados de exportación” (AG 1 e)/SMC 3.1 a)), “de jure o de facto”, omisión, pertinencia S.2.16

“supeditadas … al empleo de productos nacionales con preferencia a los importados” S.2.15

“de jure” S.2.15.1-2

disposición implícita S.2.15.1

trato NMF (AGCS II) M.2.2.3-4

determinación de la existencia de infracción, prescripciones

medida abarcada por el AGCS M.2.2.3

servicios similares, comparación M.2.2.3

trato NMF (GATT I) M.2.1.2-4

objeto y fin M.2.1.4

“ventaja” (GATT I.1) M.2.1.2-3

discriminación de facto M.2.1.2-3


Canadá — Exportaciones de trigo e importaciones de grano (WT/DS276/AB/R)     volver al principio

anuncio de apelación, requisitos del (PTEA 20 2))

derecho a defender los propios intereses y S.7.2A.1, W.2.7.5.5

resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jurídicas (PTEA 20 2) d)), alegación de no realización por el grupo especial de una evaluación objetiva (ESD 11), necesidad de referencia específica S.7.2A.1

apelación condicional, solicitud de, procedimiento de C.5.3, W.2.7A.1

carga de la prueba, obligación de toda parte de identificar las disposiciones legislativas pertinentes B.3.1.16, E.3.8

competencia (grupos especiales)

objeciones, prescripciones

oportunidad O.1.9-12, R.2.1.8-10

oportunidad de subsanar un defecto de procedimiento y R.2.1.10

reuniones del OSD para examinar la solicitud, pertinencia O.1.12, R.2.1.9

competencia (Órgano de Apelación)

finalización del análisis jurídico (ESD 17.6)

en caso de acuerdo con la constatación del grupo especial C.4.21

solicitud de, procedimiento de C.4.21

debido proceso (procedimientos de solución de diferencias), oportunidad de responder a las pruebas/comunicaciones de otras partes D.2.2.19

economía procesal, definición J.1.14

Empresas comerciales del Estado (GATT XVII)

aplicabilidad a las ECE de disposiciones del GATT distintas del GATT XVII S.7A.1.3

impedir un comportamiento discriminatorio, limitarse a S.7A.1.4

“consideraciones de carácter comercial” (GATT XVII.1 b)) S.7A.4.1-4

diferencias de precios por razones comerciales, admisibilidad de (GATT XVII.1, Nota) S.7A.2.1

“facilidades necesarias para que puedan participar en esas ventas o compras en condiciones de libre competencia” (GATT XVII.1 b)) S.7A.5.1-3

insuficiencia del GATT XVII.1 para impedir todos los obstáculos al comercio (GATT XVII.3) S.7A.6.1

obligación de cumplir los principios de no discriminación prescritos en el GATT (GATT XVII.1 a)) S.7A.1

como disposición contra la elusión S.7A.1.1

GATT XVII.1 b) y S.7A.3.1-7

orden del análisis O.2.8, S.7A.3.4-7

interpretación de los acuerdos abarcados, términos y expresiones específicos, “discriminar”/“sin discriminación”, discriminación y diferenciación justificable, distinción S.7A.1.2

mandato de los grupos especiales (ESD 7), “asunto sometido al OSD”, como se identifica en el ESD 6.2, la medida en litigio como S.7.2A.1-2, W.2.7.5.5

norma de examen (ESD 11), “evaluación objetiva de los hechos”, pruebas, supuesta desestimación o distorsión por el grupo especial, obligación de toda parte de fundamentar la pertinencia de las pruebas B.3.1.16, E.3.8, S.7.2A.2

orden del análisis

derecho del grupo especial a determinar O.2.8

GATT XVII.1 a)/GATT XVII.1 b) O.2.8, S.7A.3.4-7

no observancia del orden obligatorio O.2.6

omisión de un paso O.2.7, O.2.8

supuestos, derecho del grupo especial a emplear, claridad respecto del empleo, necesidad de O.2.8

Procedimientos de trabajo (examen en apelación)

determinación por el Órgano de Apelación (ESD 17.9) W.2.7A.1

modificación A.2.1.7, W.2.7A.1

procedimientos de trabajo (grupos especiales) (ESD 12.1 y Apéndice 3), facultades discrecionales del grupo especial O.1.9

solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2), cumplimiento, importancia del, oportunidad de subsanar un defecto R.2.1.10


Canadá — Período de protección mediante patente (WT/DS170/AB/R)     volver al principio

Acuerdo sobre los ADPIC

derechos existentes, aplicabilidad al (ADPIC 70.2) P.3.4.4, T.9.9, T.9.13

actos que se realizaron antes de la fecha de aplicación del Acuerdo sobre los ADPIC (ADPIC 70.1) P.3.4.4, T.9.11, T.9.12

patentes, duración de la protección (ADPIC 33) T.9.7

adquisición (ADPIC 62.2), distinción T.9.8.1

irretroactividad de los tratados (Convención de Viena 28) P.3.4.3-4

derechos preexistentes, ADPIC T.9.9, T.9.12, T.9.13

medidas continuadas P.3.4.3

procedimientos de trabajo (examen en apelación), respuestas escritas (PTEA 28) W.2.12.6


Canadá — Productos lácteos (WT/DS103/AB/R; WT/DS113/AB/R y Corr.1)     volver al principio

“gobierno” (AG 9.1 a)) A.1.16

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices

principio de efectividad (ut res magis valeat quam pereat/effet utile) I.3.7.4

sentido que debe atribuirse a cada palabra y expresión I.3.7.4

sentido corriente T.1.1.3

interpretación de los acuerdos abarcados, medios

diccionarios A.1.16.1, A.1.17.1

medios complementarios (Convención de Viena 32) I.3.10.8

en caso de ambigüedad I.3.10.8

Listas de concesiones (GATT II) T.1.1.3

“teniendo en cuenta” (GATT II.1 b)) T.1.1.3

“condiciones o cláusulas especiales … en [la lista]” T.1.1.3

“organismo público” (AG 9.1 a)) A.1.16

pagos a la exportación de productos agropecuarios financiados en virtud de medidas gubernamentales (AG 9.1 c)) A.1.17

“en virtud de” A.1.26.1-2

marco regulador, pertinencia A.1.26.2

medidas gubernamentales en su conjunto A.1.26.1-2

“financiados” / “un adeudo”, pertinencia A.1.17

pagos en especie (AG 9.1 a)) A.1.15.1, A.1.17

subvención, definición (SMC 1)

contribución financiera (SMC 1.1 a) 1)) A.1.3.1

condonación de ingresos que en otro caso se percibirían (SMC 1.1 a) 1) ii)) A.1.3.1

transferencia de recursos económicos del otorgante al receptor por una cantidad inferior a la prestación total A.1.3.1, A.1.15.1

otorgamiento de un beneficio (SMC 1.1 b)) A.1.3.1

terminología en común con el Acuerdo sobre la Agricultura A.1.3.1


Canadá — Productos lácteos (párrafo 5 del artículo 21 — Nueva Zelandia y Estados Unidos) (WT/DS103/AB/RW; WT/DS113/AB/RW)     volver al principio

Acuerdo sobre la Agricultura (AG)

Acuerdo SMC y, primacía del Acuerdo sobre la Agricultura (SMC 3.1/AG 13 c) ii)) A.1.38.1

interpretación, medios, contexto, Acuerdo SMC A.1.20.7

ayuda interna, derecho a proporcionar (AG 3) A.1.20.2

ayuda interna/regímenes de subvenciones a la exportación, necesidad de mantener la distinción (AG 3) A.1.20, A.1.36.1

criterio del costo de producción y A.1.20, A.1.36.1

efecto derivado de la ayuda interna permitida A.1.20.3-5, A.1.36.1

carga de la prueba

finalización del análisis jurídico por el Órgano de Apelación y C.4.15

inversión respecto de la elusión de los compromisos en materia de subvenciones a la exportación (AG 10.3) A.1.34.1, B.3.4

compromisos en materia de desembolsos presupuestarios y cantidades, distinción B.3.4.2

competencia (Órgano de Apelación)

confirmación, modificación o revocación de constataciones y conclusiones jurídicas (ESD 17.13), imposibilidad de formular una resolución, efecto C.4.16

finalización del análisis jurídico (ESD 17.6) C.4.15-16

competencia (Órgano de Apelación), finalización del análisis jurídico (ESD 17.6), base fáctica, conflictividad/omisión/insuficiencia de los hechos C.4.15-16

competencia (Órgano de Apelación)

finalización del análisis jurídico (ESD 17.6)

carga de la prueba y C.4.15

en caso de desacuerdo con la constatación del grupo especial C.4.15

costo de producción (AG), cálculo

costo marginal A.1.20.8

costo total medio como inclusivo de los costos fijos y variables A.1.20.8-9

de productos destinados tanto al mercado interno como al mercado de exportación A.1.20.9

ganancias como A.1.20.8

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices, inexistencia de disposición, pertinencia A.1.18.3, A.1.18.4

pagos a la exportación de productos agropecuarios financiados en virtud de medidas gubernamentales (AG 9.1 c)) A.1.24.1

costo de producción, no recuperación como A.1.20, A.1.36.1

SMC Lista ilustrativa de subvenciones a la exportación, puntos j) y k) y A.1.20.7, S.2.39

costo total medio como inclusivo de los costos fijos y variables A.1.20.9

“en virtud de” A.1.24.1

marco regulador, pertinencia A.1.18.4, A.1.27.2

nexo, necesidad de A.1.27.2

“financiados” A.1.24.1, A.1.27.1-3

“entrañen o no un adeudo en la contabilidad pública” A.1.27.1

ingresos condonados como A.1.18.1

justificación A.1.20.7, S.2.39.1

“medidas gubernamentales” A.1.24.1

orden o instrucción del gobierno, pertinencia A.1.27.3, S.2.8.1

AG 9.1 e), SMC 1.1 y SMC Lista ilustrativa de subvenciones a la exportación, distinción S.2.8.1

punto de referencia/norma (AG 9.1 c))

ausencia de norma expresa, pertinencia A.1.18.3, A.1.18.4

marco fáctico y regulador, pertinencia A.1.18.4

mercado interno (AG 9.1 b) y e)) A.1.18.3

norma objetiva, necesidad de A.1.18.2

precio en el mercado, pertinencia A.1.18.5

precio del mercado mundial A.1.19

precio interno fijado por el gobierno A.1.18.5, A.1.20.4

subvención, definición (SMC 1)

contribución financiera (SMC 1.1 a) 1))

pagos a un mecanismo de financiación (SMC 1.1 a) 1) iv)) S.2.8

pagos de entidades privadas con arreglo al Acuerdo sobre la Agricultura (AG 9.1 c)), distinción S.2.8.1

subvención a la exportación, compromisos en materia de, prevención de la elusión (AG 10.1)

“subvenciones a la exportación no enumeradas en el párrafo 1 del artículo 9”

carácter residual A.1.31

exclusión mutua A.1.31

subvención a la exportación, definición

Lista ilustrativa de subvenciones a la exportación (SMC Anexo I)

créditos a la exportación a tipos inferiores al costo real de los fondos empleados con este fin (punto k) A.1.20.7

garantía o seguro del crédito a la exportación (punto j) S.2.39

no cobertura a largo plazo de los costes y pérdidas de funcionamiento (punta j) A.1.20.7

subvención a la exportación, prohibición (AG 3.3) A.1.20.2

por encima de los niveles de compromiso en materia de desembolsos presupuestarios y cantidades A.1.20.2

subvenciones prohibidas (SMC, Parte II)

“a reserva de lo dispuesto en el Acuerdo sobre la Agricultura” (SMC 3.1) S.2.11

Acuerdo sobre la Agricultura como primer criterio S.2.11.1


Canadá — Productos lácteos (párrafo 5 del artículo 21 — Nueva Zelandia y Estados Unidos II) (WT/DS103/AB/RW2; WT/DS113/AB/RW2)     volver al principio

ayuda interna, derecho a proporcionar (AG 3), disciplinas en materia de subvenciones a la exportación, aplicabilidad A.1.28.1

ayuda interna/regímenes de subvenciones a la exportación, necesidad de mantener la distinción (AG 3) A.1.28.1

efecto derivado de la ayuda interna permitida A.1.26.5-8

carga de la prueba B.3.1.14

costo de producción (AG), cálculo A.1.22.4

inversión respecto de la elusión de los compromisos en materia de subvenciones a la exportación (AG 10.3) A.1.34.2-8

AG 10.3 como disposición especial de procedimiento A.1.34.3

compromisos en materia de desembolsos presupuestarios y cantidades, distinción A.1.34.4, A.1.34.5-7

“establecer” A.1.34.6

onus probandi actori incumbit como principio general de la prueba A.1.34.2, A.1.34.6, A.1.34.8, B.3.1.14

presunción de la compatibilidad de una medida con las obligaciones en el marco de la OMC A.1.34.2, B.3.1.14

presunción prima facie B.3.1.14

costo de producción (AG), cálculo

carga de la prueba A.1.22.4

costo total medio como inclusivo de los costos fijos y variables, atribución desproporcionada de costos fijos al mercado más lucrativo A.1.27.4-5

costos de oportunidad A.1.22.2

costos de venta A.1.23

costos del contingente A.1.23

depreciación y A.1.22.4

ganancias como A.1.22.2

inversión de capital A.1.22.4

metodología objetivo “razonable” A.1.22.4

PCGA (principios de contabilidad generalmente aceptados) y A.1.22.4

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices, principio de efectividad (ut res magis valeat quam pereat/effet utile), sentido que debe atribuirse a cada palabra y expresión A.1.24.1, A.1.27.4

pagos a la exportación de productos agropecuarios financiados en virtud de medidas gubernamentales (AG 9.1 c)) A.1.24.2

“en virtud de” A.1.26.3-8

control gubernamental, pertinencia A.1.26.5

intención de las autoridades, pertinencia A.1.28.1

marco regulador, pertinencia A.1.26.8

nexo, necesidad de A.1.26.3-4, A.1.27.4

“financiación” como mecanismo o proceso A.1.27.4

“financiados”

atribución desproporcionada de costos fijos al mercado más lucrativo A.1.27.4-5

“entrañen o no un adeudo en la contabilidad pública” A.1.27.4

“medidas gubernamentales” A.1.24.2, A.1.25.2

acto u omisión como A.1.25.2

único acto/omisión o serie de actos/omisiones A.1.25.2

orden o instrucción del gobierno, pertinencia A.1.25.3

AG 9.1 e), SMC 1.1 y SMC Lista ilustrativa de subvenciones a la exportación, distinción A.1.25.3

pagos en especie (AG 9.1 a)) A.1.22

pagos por entidades privadas como A.1.24.2, A.1.25

responsabilidad de los Estados Miembros y A.1.25.1

punto de referencia/norma (AG 9.1 c))

costo de producción para toda la rama de producción A.1.21

marco fáctico y regulador, pertinencia A.1.24.2

subvenciones cruzadas y A.1.28

reclamación/alegación, como acción defensiva (AG 10.3) A.1.34.2

responsabilidad del Estado, financiación de las subvenciones a la exportación por entidades privadas A.1.25.1

subvención, definición (SMC 1), contribución financiera (SMC 1.1 a) 1)), pagos a un mecanismo de financiación (SMC 1.1 a) 1) iv)), pagos de entidades privadas con arreglo al Acuerdo sobre la Agricultura (AG 9.1 c)), distinción A.1.25.3

subvención a la exportación, compromisos en materia de, prevención de la elusión (AG 10.1), “subvenciones a la exportación no enumeradas en el párrafo 1 del artículo 9”, exclusión mutua A.1.33

subvención a la exportación, prohibición (AG 3.3), por encima de los niveles de compromiso en materia de desembolsos presupuestarios y cantidades, compromisos en materia de subvenciones a la exportación, distinción A.1.34.4-7


Canadá — Publicaciones (WT/DS31/AB/R)     volver al principio

AGCS, aplicabilidad (AGCS I), GATT de 1994, superposición G.2.2.1

competencia (Órgano de Apelación)

clasificación como cuestión de derecho o de hecho , determinación de “similitud” S.3.3.1

confirmación, modificación o revocación de constataciones y conclusiones jurídicas (ESD 17.13), constatación de grupo especial que no ha sido objeto de apelación y P.1.2.1

finalización del análisis jurídico (ESD 17.6) C.4.2

base fáctica, conflictividad/omisión/insuficiencia de los hechos C.4.2

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices

objeto y fin S.2.42.1

texto/clara redacción S.2.42.1

interpretación de los acuerdos abarcados, medios, contexto S.2.42.1

“producto similar” (GATT III.2)

criterios N.1.3.2.3

determinación caso por caso N.1.3.2.3, S.3.3.1

determinación como cuestión jurídica S.3.3.1

interpretación restrictiva, necesidad de S.3.3.1

productos directamente competidores o que pueden sustituirlos directamente, distinción N.1.3.1.3, N.1.5.2

productos directamente competidores o que pueden sustituirlos directamente (GATT III.2), criterios, preferencias del consumidor N.1.3.2.3

subvenciones prohibidas (SMC, Parte II), trato nacional y (GATT III.8 b)) S.2.42

trato nacional, discriminación fiscal (GATT III.2)

determinación de la existencia de infracción, prescripciones

condición de “producto similar” N.1.2.2

impuestos aplicados a los productos importados superiores a los aplicados a los productos nacionales N.1.2.2

incompatibilidad de la medida con los principios del GATT III.1 (incluidos los productos no similares) N.1.2.2

“directa o indirectamente”

productos importados N.1.2.1

productos nacionales similares N.1.2.1

“que no esté sujeto a un impuesto similar” N.1.7.3-4

umbral/diferencia de minimis N.1.7.3

trato nacional, excepciones (GATT III.8), desembolso de ingresos por parte de un gobierno, limitación a (GATT III.8 b)) S.2.42.1


CE — Accesorios de tubería (WT/DS219/AB/R)     volver al principio

Acuerdo Antidumping (AD), determinación de la existencia de daño (AD 3)

análisis país por país/evaluación acumulativa del volumen y de los precios (AD 3.2) A.3.20, A.3.20.2-4

análisis país por país/evaluación acumulativa del volumen y de los precios (AD 3.2) A.3.20.1-2, A.3.21.2

el volumen y los precios como “efectos” (AD 3.3) A.3.21.3

justificación A.3.21.4

evaluación de los factores de daño (AD 3.4) A.3.22.7-9

crecimiento A.3.22.8

evaluación de otros factores enumerados en el Acuerdo Antidumping 3.4 y A.3.23.3-4

examen de otros factores de que se tenga conocimiento (AD 3.5) A.3.25

análisis del dumping y el daño/análisis de la relación causal, distinguibilidad A.3.25.3-4

daño simultáneo a la rama de producción nacional, necesidad de A.3.25.1

“de que tenga conocimiento” la autoridad investigadora A.3.25.1

“distintos de las importaciones objeto de dumping” A.3.25.1

manera de evaluar una relación causal (AD 3.5) A.3.23

efecto colectivo, exigencia o no de examen A.3.26.1-3

efectos perjudiciales de las mercancías objeto de dumping y de otros factores, necesidad de distinguir (AD 3.5) A.3.24.7, A.3.26.1

inexistencia de disposición al respecto/libertad para elegir A.3.22.7, A.3.22.9, A.3.24.8, E.3.7

no atribución a las importaciones objeto de dumping del daño causado por otros factores (AD 3.5) A.3.24.7-8, A.3.26.3

registro por separado de la evaluación de cada factor, si se exige A.3.23.2

Acuerdo Antidumping (AD), determinación de la existencia de dumping (AD 2)

cálculo de los gastos administrativos, de venta y de carácter general y de los beneficios (AD 2.2.2), ventas de bajo volumen, pertinencia (AD 2.2.2 parte introductoria) A.3.10

cálculo de los márgenes de dumping (AD 2.4), método, derecho a elegir, GATT VI.2 y A.3.14.5, A.3.65.8

período objeto de investigación (POI)

período objeto de investigación, duración, inexistencia de disposición A.3.2.1

selección discrecional de los datos correspondientes a un período de tiempo dentro del período objeto de investigación A.3.2.1

Acuerdo Antidumping (AD), GATT de 1994 VI y, determinación de la existencia de dumping y cálculo del margen de dumping A.3.65.8

Acuerdo Antidumping (AD), norma/facultades de examen (AD 17.6)

evaluación de los elementos de hecho (AD 17.6 i)) A.3.59.10

error, necesidad de demostrar A.3.59.10

buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convención de Viena 26)), cumplimiento de las obligaciones contraídas en el marco de la OMC P.3.1.11

cumplimiento, obligaciones en el marco de la OMC, principio de buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda) P.3.1.11

derecho aplicable, determinación de la existencia de dumping y cálculo del margen de dumping A.3.65.8

interpretación de los acuerdos abarcados, medios, contexto, GATT VI/AD, relación entre A.3.65.8

investigación de la existencia de dumping, reglas de la prueba (AD 6)

plena oportunidad de defender los propios intereses, derecho a la (AD 6.2) A.3.31

obligación de divulgación (AD 6.4) y A.3.31.1

puesta a disposición de las partes interesadas de información pertinente para la presentación de sus argumentos (AD 6.4) A.3.31

“autoridades utilicen” A.3.32.1-3

“pertinente” A.3.32.1-3

medida específica contra el dumping (AD 18.1) o una subvención (SMC 32.1), prescripciones, conformidad con las disposiciones del GATT VI, según se interpretan en el Acuerdo Antidumping A.3.65.8


CE — Amianto (WT/DS135/AB/R)     volver al principio

Acuerdo OTC

“reglamento técnico” (Anexo 1.1) T.4.1.1-5

prescripción de identificabilidad T.4.1.4-5

buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convención de Viena 26)), testimonios científicos, fundamentación en G.3.3.1

competencia (Órgano de Apelación)

cuestiones de derecho/interpretaciones jurídicas (ESD 17.6) C.4.12

finalización del análisis jurídico (ESD 17.6) C.4.11-12

base fáctica

argumento insuficiente sobre una cuestión nueva C.4.12

conflictividad/omisión/insuficiencia de los hechos C.4.11-12

derechos de tercero W.2.9.2

actuaciones del Órgano de Apelación (PTEA 24) W.2.9.2

participación pasiva en audiencias W.2.9.2

economía procesal N.1.11.7

escritos de amicus curiae

procedimiento adicional (CE — Amianto) A.2.3, W.2.2.1, W.2.6.6

adopción de conformidad con PTEA 16 1) A.2.3.1, W.2.6.6

incumplimiento del procedimiento adicional como motivo de rechazo A.2.3.5

plazos A.2.3.4

solicitud de opiniones A.2.3.1, W.2.6.6

texto A.2.3.1

Excepciones generales (GATT XX)

medida alternativa compatible con el GATT, disponibilidad G.3.4.1

medidas necesarias para proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o la preservación de los vegetales (GATT XX b))

GATT III.4 (trato nacional, discriminación reglamentaria) y G.3.2, N.1.12

justificación

buena fe, fundamentación de G.3.3.1

fuentes científicas que representan una opinión discrepante G.3.3.1

pruebas de riesgos para la salud, pertinencia G.3.2.1, N.1.12.1

pruebas “preponderantes” G.3.3.1

medidas relativas a la conservación de recursos naturales agotables (GATT XX g)), GATT III.4 (trato nacional, discriminación reglamentaria) y G.3.2.1

interpretación de los acuerdos abarcados, derecho aplicable, normas usuales/reglas consuetudinarias de interpretación del derecho internacional público [codificadas en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969)], defensas y excepciones, GATT XX G.3.2.1, N.1.12.1

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices

expresiones iguales o estrechamente relacionadas en acuerdos diferentes N.1.3.1.4, N.1.9.1.1

objeto y fin N.1.9.2.3

pluralidad de idiomas auténticos (Convención de Viena 33) N.1.9.1.2

principio de efectividad (ut res magis valeat quam pereat/effet utile) G.3.2.1, N.1.12.1

interpretación de los acuerdos abarcados, medios

contexto, GATT III.1/GATT III en su conjunto N.1.1.4

diccionarios N.1.9.1.2

pluralidad de idiomas auténticos N.1.9.1.2

Procedimientos de trabajo (examen en apelación)

opinión concurrente (PTEA 3.2) W.2.3

plan de trabajo (PTEA 26), prórroga del plazo para la distribución del informe del informe del Órgano de Apelación, volumen de trabajo excepcional W.2.10.2.3

“producto similar” (GATT III.2)

GATT III.4, distinción N.1.3.1.4, N.1.9.1.1

productos directamente competidores o que pueden sustituirlos directamente, distinción (Nota al artículo) N.1.3.1.4

“producto similar” (GATT III.4)

criterios N.1.9.4

clasificación arancelaria N.1.9.4.1

intercambiabilidad N.1.9.4.4, N.1.9.4.6

preferencias del consumidor N.1.9.1.2, N.1.9.4.1, N.1.9.4.4, N.1.9.4.7, N.1.9.5.2

propiedades físicas N.1.9.4.1-4

usos finales N.1.9.4.1-8

determinación

caso por caso N.1.9.1.2

sobre la base de todas las pruebas disponibles N.1.9.4.1-2

GATT III.2, distinción N.1.3.1.4, N.1.9.1.1

relación de competencia, necesidad de N.1.9.3.2, N.1.9.4.4, N.1.9.5.1

pruebas de riesgos para la salud, pertinencia G.3.2.1, N.1.9.5.2, N.1.12.1

“similar” / “produits similaires” / “productos similares” N.1.9.1.2

pruebas (GATT XX: justificación), fuentes científicas que representan una opinión discrepante G.3.3.1

reclamaciones en los casos en que no existe infracción (GATT XXIII.1 b))

como acción excepcional N.2.1.1

cualquier medida” N.2.2.1

medida “contraria” a las disposiciones del GATT, aplicabilidad a N.2.2.1

aplicación simultánea a medidas comprendidas en otras disposiciones del GATT N.2.2.1

testimonios de expertos, discrepancia de opiniones, pertinencia G.3.3.1

trato nacional, discriminación reglamentaria (GATT III.4)

“de manera que se proteja”, igualdad de condiciones de competencia N.1.9.2.3

discriminación fiscal (GATT III.2), distinción entre disposiciones N.1.3.1.4, N.1.9.1.1, N.1.9.2.1-2, N.1.9.3.1

GATT XX y G.3.2, G.3.2.1, N.1.12

principio general (GATT III.1) y N.1.1.4, N.1.9.2

“trato menos favorable” N.1.11.7

trato nacional, principio general (GATT III.1)

“de manera que se proteja” N.1.1.4

igualdad de condiciones de competencia N.1.9.2.3

“trato menos favorable” y N.1.11.7

interpretación del GATT III en su conjunto y

GATT III.1 como contexto N.1.9.2.1-3

GATT III.4 (producto “similar”) y N.1.1.4, N.1.9.2


CE — Banano III (WT/DS27/AB/R)     volver al principio

acceso a los mercados, concesiones y compromisos en materia de (AG 4.1)

carácter fundamental A.1.8.1

compatibilidad con el GATT XIII A.1.8.2, A.1.37.2

solución de diferencias A.1.37.2

Acuerdo sobre la Agricultura (AG)

GATT de 1994 y (AG 21.1) A.1.37

acceso a los mercados, concesiones y compromisos en materia de (AG 4.1) y A.1.8.2, A.1.37.2

primacía del Acuerdo sobre la Agricultura A.1.37.1

solución de diferencias y A.1.37.2

objetivo, reforma de la agricultura A.1.8.1

AGCS, aplicabilidad (AGCS I) G.1.1.1-2

GATT de 1994, superposición G.1.1.2, G.2.2.2

“medidas que afecten al comercio de servicios” (AGCS I.1) G.1.1.1

“producción, distribución, comercialización, venta y prestación de un servicio” G.1.1.1

servicios en cualquier sector excepto servicios suministrados en ejercicio de facultades gubernamentales (AGCS I.3 b)) G.1.1.1

anuncio de apelación, prescripciones (PTEA 20 2)), resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jurídicas (PTEA 20 2) d)) W.2.7.3.1

aplicación no discriminatoria de las restricciones cuantitativas (GATT XIII) T.2.1-4

asignación a Miembros que no tengan un interés sustancial (GATT XIII.1) T.2.1

objetivo de hacer una distribución del comercio que se aproxime lo más posible a la que se podría esperar si no existieran restricciones (GATT XIII.2, parte introductoria) T.2.2

publicación y aplicación de los reglamentos comerciales (GATT X.3 a)) P.5.3, T.2.4

sistemas reglamentarios establecidos por el Miembro, pertinencia T.2.3

asesores privados, participación en procedimientos del ESD P.4

competencia (Órgano de Apelación)

clasificación como cuestión de derecho o de hecho

discriminación de facto S.3.3.2

nacionalidad de la mayoría de los operadores S.3.3.2

participaciones en el mercado S.3.3.2

prescripciones de procedimiento y administrativas, diferencias S.3.3.2

propiedad, control y nacionalidad de la empresa S.3.3.2

cuestiones de derecho/interpretaciones jurídicas (ESD 17.6), representación legal en las delegaciones de los gobiernos, importancia P.4.2

consultas (ESD 4), debido proceso, obligación de comunicar T.6.1.3

Convención de Lomé, derecho del grupo especial a invocar el L.3

cumplimiento, solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2) R.2.1.3, T.6.1.3

ESD, aplicabilidad, concesiones y compromisos en materia de acceso a los (AG 4.1)/GATT de 1994, compatibilidad A.1.37.2

examen en apelación (ESD 17), cuestiones de derecho e interpretaciones jurídicas, limitación a (ESD 17.6) P.3.4.2

exenciones

carácter excepcional W.1.3

exención de Lomé L.3.1, W.1.1-3

exenciones del GATT I/GATT XIII, relación W.1.1

instrumentos administrativos, derecho a impugnar P.5.3.1

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices

expectativas legítimas, pertinencia N.3.1

expresiones iguales o estrechamente relacionadas en acuerdos diferentes G.1.1.1, L.2.4, M.2.2.1

inexistencia de disposición, pertinencia A.1.37.2

interpretación restringida/amplia, exenciones W.1.3

sentido corriente G.1.1.1

interpretación de los acuerdos abarcados, medios

Convención de Lomé L.3

historia de la negociación, Acuerdo sobre la Agricultura (AG) A.1.37.2

preámbulo objeto de examen L.2.1-2

titulo L.2.1-2

interpretación de los acuerdos abarcados, términos y expresiones específicos

“que afecten”

AGCS I G.1.1.1

GATT III.4 G.1.1.1, N.1.10.1

“se aplicarán de manera neutral y se administrarán justa y equitativamente” (AL 1.3)/ “aplicará de manera uniforme, imparcial y razonable” (GATT X.3 a)), equivalencia L.2.4

irretroactividad de los tratados (Convención de Viena 28) P.3.4.2

como principio general del derecho internacional P.3.4.2

medidas continuadas P.3.4.2

legitimación para/derecho a presentar una reclamación (ESD 3.7)

disposición respecto de la que corresponde al propio Miembro decidir R.5.2

interés protegido jurídicamente, pertinencia R.5.1

observancia de la normas de la OMC como justificación R.5.3

utilidad del recurso a los procedimientos de solución de diferencias R.5.2

Licencias de Importación, Acuerdo sobre L.2.1-2, L.2.4

como lex specialis L.2.4

procedimientos, para el trámite de licencias, limitación a (AL, titulo, preámbulo y artículo 1.1) L.2.1-2

“se aplicarán de manera neutral y se administrarán justa y equitativamente” (AL 1.3)/ “aplicará de manera uniforme, imparcial y razonable” (GATT X.3 a)), equivalencia L.2.4

Listas de concesiones (GATT II)

como parte integrante del GATT de 1994 (OMC II.2) T.1.3.1

disminución de obligaciones, exclusión T.1.3.1

mandato de los grupos especiales (ESD 7), solicitud de establecimiento de un grupo especial como base R.2.1.3, T.6.1.3

Procedimientos de trabajo (examen en apelación)

audiencia (PTEA 27), modificación de fecha W.2.11.1.1

composición de la delegación

derecho del Miembro a determinar W.2.6.1

representación legal, importancia P.4.2

plan de trabajo (PTEA 26)

modificación en circunstancias excepcionales a petición de partes, participantes o terceros participantes (PTEA 16.2) W.2.10.1.1

audiencia W.2.11.1.1

procedimientos de trabajo (grupos especiales) (ESD 12.1 y Apéndice 3), resoluciones preliminares, conveniencia W.3.1

publicación y aplicación de los reglamentos comerciales (GATT X), leyes, reglamentos, decisiones judiciales y disposiciones administrativas, aplicación uniforme, imparcial y razonable (GATT X.3) P.5.3, T.2.4

reclamaciones en los casos en que no existe infracción (GATT XXIII.1 b)), efectos de minimis, pertinencia N.3.1

representación legal en las delegaciones de los gobiernos, importancia P.4.2

solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2)

cumplimiento, importancia del

análisis por el OSD R.2.1.3

responsabilidad de las partes R.2.1.3, T.6.1.3

fundamentos de derecho de la reclamación R.2.2.1-4

argumentos, distinción C.1.2-4, R.2.2.1-4, W.3.1

exposición, suficiencia, enumeración de los párrafos del acuerdo cuya vulneración se alega T.6.2.1

rectificación en etapas posteriores, argumentos por escrito u otra comunicación o declaración C.1.3-4, R.2.2.3, T.6.2.2-3, W.3.1

utilidad de presentar una reclamación, responsabilidad por el Miembro R.5.2

trato nacional, discriminación fiscal (GATT III.2)

“de manera que se proteja” N.1.11.2

intención, pertinencia M.2.2.2, N.1.13.1

“que no esté sujeto a un impuesto similar”, umbral/diferencia de minimis N.3.1

trato nacional, discriminación reglamentaria (GATT III.4)

“que afecten” G.1.1.1, N.1.10.1

“trato menos favorable” N.1.11.1-2

trato nacional, principio general (GATT III.1)

“de manera que se proteja”

AGCS II y XVII, distinción N.1.13.1

igualdad de condiciones de competencia, protección de relación de competencia N.3.1

omisión en GATT III.2, primera frase, pertinencia N.1.11.2

trato nacional, servicios y proveedores de servicios (AGCS XVII), determinación de la existencia de infracción, prescripciones, criterio del objeto y efecto, distinción, GATT III.1, distinción M.2.2.2, N.1.13.1

trato NMF (AGCS II) M.2.2.1-2

determinación de la existencia de infracción, prescripciones, criterio del objeto y efecto, distinción del GATT III.1 M.2.2.2

“trato no menos favorable” (AGCS II.1) M.2.2.1

AGCS XVII (trato nacional), distinción M.2.2.1

discriminación de facto M.2.2.1

trato NMF (GATT I) M.2.1.1

“ventaja” (GATT I.1) M.2.1.1

discriminación de facto M.2.1.1

como constatación de hecho S.3.3.2


CE — Equipo informático (WT/DS62/AB/R; WT/DS67/AB/R; WT/DS68/AB/R)     volver al principio

debido proceso (procedimientos de solución de diferencias), perjuicio a una parte, necesidad de D.2.2.7, R.2.3.7

interpretación de los acuerdos abarcados, derecho aplicable, Listas de concesiones I.3.5.4-5, T.1.2.1

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices

expectativas legítimas, pertinencia I.3.5.4-5

carácter unilateral de I.3.5.4, T.1.2.1

concesiones arancelarias en la lista del Miembro y I.3.5.4, T.1.2.1, T.1.2.6

términos específicos, necesidad de I.3.5.4

intenciones de las partes, intención común I.3.5.4, I.3.10.4, T.1.2.1

objeto y fin R.2.3.6, T.1.2.1

Sistema Armonizado de Clasificación Aduanera y sus Notas Explicativas T.1.2.2

texto/clara redacción, expectativas legítimas y I.3.5.4

interpretación de los acuerdos abarcados, medios

contexto, antecedentes históricos de la celebración del tratado I.3.10.3

decisiones de la Organización Mundial de Aduanas T.1.2.2

historia de la negociación, práctica de clasificación I.3.10.3-5, T.1.2.3-5

medios complementarios (Convención de Viena 32) I.3.10.2-5

en caso de ambigüedad I.3.10.2

Listas de concesiones (GATT II) T.1.2.1-2

como parte integrante del GATT de 1994 (OMC II.2) I.3.5.4-5, T.1.2.1-2

interpretación y aclaración T.1.2

circunstancias de celebración (Convención de Viena 32) T.1.2.3

decisiones de la Organización Mundial de Aduanas y T.1.2.2

derecho aplicable I.3.5.4-5, T.1.2.1

verificación de las listas arancelarias T.1.2.7

“medida”, ESD 6.2, aplicación de aranceles como R.2.3.4

Organización Mundial de Aduanas (OMA), decisiones como ayuda para la interpretación de las Listas de concesiones arancelarias T.1.2.2

solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2)

identificación de la medida en litigio R.2.3.4-7

identificación del producto, necesidad de R.2.3.5-6

objeto y fin de ESD 6.2 como criterio R.2.3.6


CE — Hormonas (WT/DS26/AB/R; WT/DS48/AB/R)     volver al principio

Acuerdo Antidumping (AD), norma/facultades de examen (AD 17.6), no aplicabilidad al (a los) acuerdo(s) abarcado(s) distinto(s) del Acuerdo Antidumping, incluidos los Acuerdos SMC y MSF S.7.1.1

Acuerdo MSF, armonización de medidas (MSF 3)

Acuerdo MSF, armonización de medidas (MSF 3)

Acuerdo MSF, evaluación del riesgo, necesidad de (MSF 5.1-5.3 y Anexo A, párrafo 4), gestión del riesgo, distinción (MSF 5.1 y Anexo 1, párrafo 4) S.6.9.3

medidas que estén en conformidad con normas internacionales (MSF 3.2), incorporación en el derecho interno S.6.7.2

Acuerdo MSF, derechos y obligaciones básicos (MSF 2), como equilibrio entre la promoción del comercio internacional y la protección de la salud y la vida de las personas y de los animales o la preservación de los vegetales, evaluación del riesgo (MSF 5.1) y S.6.9.1

Acuerdo MSF, evaluación del riesgo, necesidad de (MSF 5.1-5.3 y Anexo A, párrafo 4)

elementos (Anexo A, párrafo 4), “posibles”, “probabilidad”, distinción S.6.9.4

equilibrio de intereses MSF y (MSF 5.1) S.6.9.1

evaluación que no ha sido realizada por el Miembro interesado, aceptabilidad (MSF 5.1 y Anexo 1, (párrafo 4)) S.6.9.5

“justificación científica” (MSF 3.3) y S.6.8.4-5

proceso de dos etapas, aceptabilidad (Anexo 1, (párrafo 4)) S.6.9.4

riesgo verificable/teórico, distinción (MSF 5.1) S.6.10.1-2

testimonios científicos suficientes, prescripción relativa a (MSF 2.2) y S.6.9.1-2

Acuerdo MSF, interpretación, preámbulo como apoyo S.6.8.2

carga de la prueba, medidas sanitarias y fitosanitarias S.6.7.1-2

derecho interno, incorporación de norma sanitaria o fitosanitaria internacional S.6.7.2

interpretación de los acuerdos abarcados, medios

notas al tratado S.6.8.4

preámbulo objeto de examen S.6.8.2

medidas basadas en normas internacionales (MSF 3.1) S.6.6

carga de la prueba S.6.6.3

“se basen en” S.6.6.1

medidas que estén en conformidad con normas internacionales (MSF 3.2) S.6.7

carga de la prueba S.6.7.1-2

presunción de compatibilidad S.6.6.1, S.6.6.3, S.6.7.2

medidas que representen un nivel de protección más elevado (MSF 3.3) S.6.8

compatibilidad con otros artículos del MSF incluidos MSF 5.1-8 S.6.8.4

derecho de los Miembros a escoger S.6.5.1

evaluación del riesgo, necesidad de (MSF 3.3, nota 2 y MSF 5.1) S.6.8.4

justificación científica, necesidad de S.6.8.4

preámbulo del MSF y S.6.8.2

relación regla general/excepción (MSF 3.1 y 3.2), cuestión de si S.6.8.1-3

Acuerdo MSF, derechos y obligaciones básicos (MSF 2)

carácter subyacente de la disposición S.6.2.1, S.6.3.2

como equilibrio entre la promoción del comercio internacional y la protección de la salud y la vida de las personas y de los animales o la preservación de los vegetales S.6.3.1, S.6.5.2

discriminación arbitraria o injustificable, exclusión (MSF 2.3)

nivel adecuado de protección y (MSF 5.5) S.6.15.1-2, S.6.16.1

fuentes alternativas de discriminación S.6.17.3-4

Acuerdo MSF, evaluación del riesgo, necesidad de (MSF 5.1-5.3 y Anexo A, párrafo 4)

especificidad de la evaluación, necesidad de (MSF 5.1 y 5.2) S.6.13.1-2

medidas se basen en, necesidad de que (MSF 5.1) S.6.14.1-2

relación racional entre la medida y el riesgo, necesidad de S.6.14.2, S.6.14.4

riesgo verificable/teórico, distinción (MSF 5.1), umbral cuantitativo, pertinencia S.6.14.1

testimonios científicos suficientes, prescripción relativa a (MSF 2.2) y S.6.3.1-2, S.6.14.2

discrepancia de opiniones de los expertos, pertinencia S.6.14.4

Acuerdo MSF, interpretación

aplicabilidad a situaciones y medidas preexistentes T.5.2.1

normas usuales/reglas consuetudinarias de interpretación del derecho internacional público [codificadas en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969)] y P.3.5.1

Acuerdo MSF, nivel adecuado de protección (MSF 5.5-5.6)

coherencia en la aplicación (MSF 5.5) S.6.15

discriminación o restricción encubierta del comercio resultante de la incompatibilidad S.6.15.2, S.6.17.1, S.6.17.2-3

distinciones en el nivel de protección en diferentes situaciones S.6.16.1

comparabilidad S.6.16.1

incoherencias arbitrarias o injustificables, exclusión S.6.15.1-2

obligación jurídica, cuestión de si S.6.15.1

Acuerdo MSF, testimonios científicos suficientes, necesidad de (MSF 2.2) S.6.3.1-2

anuncio de apelación, prescripciones (PTEA 20 2))

resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jurídicas (PTEA 20 2) d))

alegación de no realización por el grupo especial de una evaluación objetiva (ESD 11), necesidad de referencia específica S.3.2.1

argumentación jurídica en apoyo de la alegación, distinción S.3.2.1

carga de la prueba B.3.1.3

defensas y excepciones B.3.3.3

medidas que representen un nivel de protección más elevado que las normas internacionales (MSF 3.3) B.3.3.3

medidas sanitarias y fitosanitarias B.3.3.3, S.6.6.3

onus probandi actori incumbit como principio general de la prueba B.3.1.3

defensas y excepciones y B.3.3.3

presunción prima facie B.3.2.2

norma de la prueba B.3.2.2

resolución del grupo especial en favor, necesidad de B.3.2.2

procedimientos, modificación W.3.3

competencia de los grupos especiales y el Órgano de Apelación (ESD 3.2), derecho a desarrollar un razonamiento jurídico proprio que incluya argumentos no aducidos por las partes (jura novit curia) C.2.1

competencia (grupos especiales), objeciones, prescripciones, especificidad/explicitud O.1.1

competencia (Órgano de Apelación)

clasificación como cuestión de derecho o de hecho

credibilidad y peso de las pruebas S.3.3.3, S.7.3.1

cumplimiento de las obligaciones impuestas por un tratado y compatibilidad con ellas S.3.3.3, S.7.3.1

cuestiones de derecho/interpretaciones jurídicas (ESD 17.6)

cuestiones no planteadas por las partes C.4.3

supuesta no realización por el grupo especial de una evaluación objetiva (ESD 11) S.3.2.1

finalización del análisis jurídico (ESD 17.6) C.4.3-4

base fáctica, conflictividad/omisión/insuficiencia de los hechos C.4.3-4

en caso de desacuerdo con la constatación del grupo especial C.4.3-4

debido proceso (procedimientos de solución de diferencias), facultades discrecionales de los grupos especiales respecto de las cuestiones de procedimiento (ESD 12 y Apéndice 3) D.2.2.2-3, O.1.1

derechos de tercero T.8.1

procedimiento de los grupos especiales (ESD 10 y Apéndice 3), facultades discrecionales del grupo especial y, ampliación de conformidad con el debido proceso T.8.1

economía procesal J.1.4

examen de novo de los hechos, exclusión S.7.2.1

información y asesoramiento técnico, derecho del grupo especial a recabar (ESD 13)

derechos del grupo especial

establecer un grupo de expertos S.4.1, W.3.2

formular normas ad hoc S.4.2, W.3.2

no recabar S.7.3.3

testimonios de expertos (ESD 13.2), asesoramiento de distintos expertos, derecho a recabar S.4.1-2

información y asesoramiento técnico, derecho del grupo especial a recabar (MSF 11.2), derecho del grupo especial a establecer un grupo de expertos S.4.1

interpretación de los acuerdos abarcados, derecho aplicable, normas usuales/reglas consuetudinarias de interpretación del derecho internacional público [codificadas en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969)], MSF P.3.5.1

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices

presunción de compatibilidad (MSF 3.2) S.6.6.1, S.6.6.3

texto/clara redacción I.3.2.2

interpretación de los acuerdos abarcados, medios

contexto, tratado/tratados en su conjunto S.6.14.2, S.6.17.1, S.6.17.2

medios complementarios (Convención de Viena 32) I.3.8.1

preámbulo objeto de examen P.3.5.1

principio in dubio mitius I.3.8, S.6.6.2

como medios de interpretación complementarios I.3.8.1

definición I.3.8.1

irretroactividad de los tratados (Convención de Viena 28), medidas continuadas T.5.2.1

mandato de los grupos especiales (ESD 7), como definición de jurisdicción/alegaciones jurídica planteadas, alegaciones jurídicas comprendidas en el mandato, limitación de la jurisdicción a C.2.1

norma de examen (ESD 11)

aplicabilidad al Acuerdo Antidumping sujeta al Acuerdo Antidumping 17.6 S.7.1.1

“evaluación objetiva de los hechos” (ESD 11) S.7.2.1

examen de novo, exclusión S.7.2.1

pruebas, supuesta desestimación o distorsión por el grupo especial S.7.3.2, S.7.3.3

discreción en la selección de las pruebas pertinentes S.7.3.4

“evaluación objetiva del asunto que se le haya sometido” S.7.2.1

aplicabilidad de los acuerdos abarcados pertinentes y conformidad con éstos, derecho internacional consuetudinario, aplicabilidad S.7.2.1

derecho aplicable, derecho internacional consuetudinario S.7.2.1

pluralidad de partes reclamantes (ESD 9)

armonización de grupos especiales y calendarios (ESD 9.2), reunión conjunta con expertos M.4.1-2

participación en un procedimiento de grupo especial iniciado por otro reclamante D.2.2.3, M.4.3

principio de cautela o de precaución P.3.5

derecho internacional consuetudinario P.3.5.1, S.6.23.1

derecho medioambiental internacional consuetudinario, como principio del S.6.23.1

MSF y

aplicación provisional de medidas sanitarias y fitosanitarias (MSF 5.7) y P.3.5.1, S.6.23

compatibilidad de las medidas con el Acuerdo MSF, necesidad de S.6.23.1

medidas que representen un nivel de protección más elevado que las normas internacionales (MSF 3.3) P.3.5.1

MSF preámbulo P.3.5.1

Procedimientos de trabajo (examen en apelación), plan de trabajo (PTEA 26), prórroga del plazo para la distribución del informe del informe del Órgano de Apelación W.2.10.2.1

procedimientos de trabajo (grupos especiales) (ESD 12.1 y Apéndice 3)

facultades discrecionales del grupo especial D.2.2.2-3, O.1.1, W.3.3

carga de la prueba W.3.3

debido proceso y D.2.2.2-3, O.1.1

testimonios de expertos

discrepancia de opiniones, pertinencia S.6.14.4

pluralidad de partes reclamantes y (ESD 9.2) M.4.1-2


CE — Preferencias arancelarias (WT/DS246/AB/R)     volver al principio

carga de la prueba B.3.1.15

asignación, importancia de la cuestión, pertinencia B.3.1.15

defensas y excepciones

Cláusula de Habilitación B.3.3.8-14

incompatibilidad con el GATT I.1, suficiencia como fundamento de la reclamación B.3.3.13-14, E.1.1.4

disposición permisiva como defensa/excepción B.3.3.8

medidas que representen un nivel de protección más elevado que las normas internacionales (MSF 3.3) B.3.3.8-14

obligación de la parte en dos fases de invocar y demostrar B.3.3.12

onus probandi actori incumbit como principio general de la prueba, defensas y excepciones y B.3.3.8-14

Cláusula de Habilitación

como excepción al GATT I.1 B.3.3.9, E.1.1.1

como parte integrante del OMC, Acuerdo sobre W.4.1.1

conformidad con el SGP (trato generalizado, sin reciprocidad ni discriminación), necesidad de (Cláusula de Habilitación, párrafo 2 a)) E.1.1

“de conformidad” E.1.1.2

“discriminar” / “sin discriminación” E.1.2.2-6

ausencia de criterios o normas claros para tener acceso E.1.2.7

identidad de las preferencias arancelarias, necesidad de E.1.2.3-7

países menos adelantados (párrafo 2 d)) y E.1.3.1

“generalizadas” E.1.2.4

historia de la negociación E.1.1.3, E.1.2.4

Decisión de 1971 sobre las exenciones E.1.1.1, E.1.1.3

incompatibilidad con el GATT I.1 como paso preliminar E.1.1.2

objeto y fin

eliminación del sistema fragmentado de preferencias E.1.2.4

facilitación y fomento del comercio sin poner obstáculos/dificultades indebidas (párrafo 3 a)) E.1.4.1

mejora de la parte de los países en desarrollo en el incremento del comercio internacional (OMC, preámbulo) E.1.2.5, E.1.5.1

países menos adelantados E.1.5.1, W.4.1.1

países menos adelantados (párrafo 2 d))

(párrafo 2 a), independencia del E.1.3.1

trato diferenciado de conformidad con E.1.3.1

trato concebido y … modificado de modo que responda a las necesidades de los países en desarrollo (párrafo 3 c)) E.1.5

necesidades de desarrollo, financieras y comerciales, limitación a E.1.5.2

pauta objetiva, necesidad E.1.5.2

respuesta “positiva” E.1.5.2

trato diferenciado, alcance del E.1.5.1-2

competencia de los grupos especiales y el Órgano de Apelación (ESD 3.2), derecho a desarrollar un razonamiento jurídico proprio que incluya argumentos no aducidos por las partes (jura novit curia) P.3.2.1

defensas y excepciones

Cláusula de Habilitación como excepción al GATT I.1 B.3.3.9

disposición referida a medidas comerciales en contraposición a medidas no comerciales, pertinencia de la clasificación como B.3.3.10

interpretación de conformidad con las normas usuales/reglas consuetudinarias de interpretación del derecho internacional público B.3.3.11

derechos de tercero W.2.9.8

actuaciones del Órgano de Apelación (PTEA 24) W.2.9.8

participación pasiva en audiencias W.2.9.8

interpretación de los acuerdos abarcados, derecho aplicable

normas usuales/reglas consuetudinarias de interpretación del derecho internacional público [codificadas en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969)]

defensas y excepciones B.3.3.11

ESD 3.2 B.3.1.15

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices

objeto y fin E.1.2.4-6

preámbulo como reflejo de W.4.1.1

pluralidad de idiomas auténticos (Convención de Viena 33) I.3.11.4

términos “más fuertes” en dos de los tres idiomas auténticos, preferencia por I.3.11.4

sentido corriente E.1.1.2-3

interpretación de los acuerdos abarcados, medios

diccionarios E.1.2.1

historia de la negociación, Cláusula de Habilitación E.1.2.4

preámbulo (OMC) E.1.5.1

interpretación de los acuerdos abarcados, términos y expresiones específicos, “de conformidad con”, Cláusula de Habilitación, párrafo 2 a) E.1.1.2

OMC, Acuerdo sobre la

objeto y fin (preámbulo) W.4.1.1

partes integrantes (OMC II), aplicabilidad del preámbulo a todos los acuerdos abarcados W.4.1.1

solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2)

formulación implícita de alegaciones, exclusión T.6.2.19

fundamentos de derecho de la reclamación R.2.2.17-19

exposición, suficiencia

referencia a la Cláusula de Habilitación con inclusión de disposiciones concretas R.2.2.18-19, T.6.2.19

referencia al GATT I.1 que abarca la referencia a la Cláusula de Habilitación R.2.2.17

trato NMF (GATT I) M.2.1.5

objeto y fin M.2.1.5


CE — Productos avícolas (WT/DS69/AB/R)     volver al principio

Acuerdo sobre la Agricultura (AG), salvaguardias especiales (AG 5), precio de importación c.i.f. (AG 5.1 b)) A.1.14.1, A.1.14.2

acuerdos bilaterales, acuerdos abarcados, o no B.2.1

anuncio de apelación, prescripciones (PTEA 20 2)), resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jurídicas (PTEA 20 2) d)), alegación de no realización por el grupo especial de una evaluación objetiva (ESD 11), necesidad de referencia específica S.3.2.3

aplicación no discriminatoria de las restricciones cuantitativas (GATT XIII) T.2.5-7

asignación a Miembros que tengan un interés sustancial (GATT XIII.2 d)) T.2.5

compensación negociada en el marco del GATT XXVIII y T.2.6

objetivo de hacer una distribución del comercio que se aproxime lo más posible a la que se podría esperar si no existieran restricciones (GATT XIII.2, parte introductoria) T.2.7

competencia (Órgano de Apelación)

confirmación, modificación o revocación de constataciones y conclusiones jurídicas (ESD 17.13) S.3.1.3

cuestiones de derecho/interpretaciones jurídicas (ESD 17.6) S.3.1.3

supuesta no realización por el grupo especial de una evaluación objetiva (ESD 11) S.3.2.3

economía procesal, facultad discrecional del grupo especial para determinar, qué argumentos deben examinarse S.7.2.3

GATT de 1947, importancia constante en el marco de la OMC B.2.1

interpretación de los acuerdos abarcados, medios

contexto, antecedentes históricos de la celebración del tratado I.3.10.6

medios complementarios (Convención de Viena 32) I.3.10.6

interpretación de los acuerdos abarcados, términos y expresiones específicos, precio de importación c.i.f. (AG 5.1 b)) A.1.14.1, A.1.14.2

Licencias de Importación, Acuerdo sobre L.2.3

distorsión del comercio en la parte del comercio no sometida a los procedimientos L.2.3

Listas de concesiones (GATT II)

como parte integrante del GATT de 1994 (OMC II.2) B.2.1, T.1.3.3

disminución de obligaciones, exclusión T.1.3.2

norma de examen (ESD 11)

“evaluación objetiva del asunto que se le haya sometido” S.7.2.2-3

todos los argumentos, necesidad de considerar S.7.2.3

Procedimientos de trabajo (examen en apelación), respuestas escritas (PTEA 28) W.2.12.4

publicación y aplicación de los reglamentos comerciales (GATT X), leyes, reglamentos, decisiones judiciales y disposiciones administrativas, de aplicación general (GATT X.1) P.5.1

Semillas Oleaginosas (CE-Brasil), acuerdos abarcados, o no B.2.1


CE — Ropa de cama (WT/DS141/AB/R)     volver al principio

Acuerdo Antidumping (AD), determinación de la existencia de dumping (AD 2)

cálculo de los gastos administrativos, de venta y de carácter general y de los beneficios (AD 2.2.2)

“media ponderada” (AD 2.2.2 ii)) A.3.11.1-2

necesidad de más de un exportador o productor A.3.11.1

ventas no realizadas en el curso de operaciones comerciales normales (“cantidades reales gastadas y obtenidas”) A.3.11.2

cálculo de los márgenes de dumping (AD 2.4)

comparación del promedio ponderado del valor normal con el promedio ponderado de los precios de todas las transacciones de exportación comparables A.3.14.2

“producto similar” / ecuación de elementos “comparables” A.3.14.3

producto realmente objeto de investigación/tipo o modelo, distinción A.3.14.1

“reducción a cero”, diferencias negativas y A.3.14.2

transacciones de venta no realizadas “en el curso de operaciones comerciales normales”, media ponderada (AD 2.2.2 ii)) y A.3.11.2

Acuerdo Antidumping (AD), norma/facultades de examen (AD 17.6), interpretación de las disposiciones pertinentes del Acuerdo Antidumping (AD 17.6 ii)), “se presta a varias interpretaciones admisibles” A.3.60.1

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices

pluralidad de interpretaciones admisibles A.3.60.1

beneficio de la duda respecto de la medida impugnada A.3.60.1

medida específica contra el dumping (AD 18.1) o una subvención (SMC 32.1) A.3.60.1

Procedimientos de trabajo (examen en apelación), plan de trabajo (PTEA 26), modificación en circunstancias excepcionales a petición de partes, participantes o terceros participantes (PTEA 16.2) W.2.10.1.3


CE — Ropa de cama (párrafo 5 del artículo 21 — India) (WT/DS141/AB/RW)     volver al principio

Acuerdo Antidumping (AD), determinación de la existencia de daño (AD 3)

análisis país por país/evaluación cumulativa del volumen y de los precios (AD 3.2), prescripción relativa a “pruebas positivas” / “examen objetivo” (AD 3.1) A.3.21.1

cálculo del volumen de las importaciones objeto de dumping A.3.7

cálculo de la tasa de derecho antidumping correspondiente a “todos los demás” (AD 9.4), pertinencia A.3.44

método, libertad para escoger A.3.18.1-3

prescripción relativa a “pruebas positivas” / “examen objetivo” (AD 3.1) A.3.7.1, A.3.18.1-3

AD 2.1, pertinencia A.3.7.1

AD 9.4, pertinencia A.3.44.1, A.3.44.3

AD 17.6 ii), pertinencia A.3.60.4

evaluación de los factores de daño (AD 3.4)

manera de evaluar una relación causal (AD 3.5)

efectos perjudiciales de las mercancías objeto de dumping y de otros factores, necesidad de distinguir (AD 3.5) A.3.24.6

no atribución a las importaciones objeto de dumping del daño causado por otros factores (AD 3.5) A.3.24.6

prescripción relativa a “pruebas positivas” / “examen objetivo” (AD 3.1)

análisis país por país/evaluación cumulativa del volumen y de los precios (AD 3.2) A.3.21.1

cálculo del volumen de las importaciones objeto de dumping A.3.7.1, A.3.44.1, A.3.44.2

“examen objetivo”

atribución proporcional a los productores/exportadores examinados y a los no examinados A.3.19.5-6

extrapolación de las constataciones relativas a los productores/exportadores examinados a los productores/exportadores no examinados (AD 6.10) A.3.19.3-6

“positivas”, en caso de productores/exportadores examinados individualmente A.3.19.1

Acuerdo Antidumping (AD), establecimiento y percepción de derechos antidumping (AD 9)

cálculo de la tasa de derecho antidumping correspondiente a “todos los demás” (AD 9.4)

cálculo del volumen de las importaciones objeto de dumping (AD 3), pertinencia A.3.44

como excepción al Acuerdo Antidumping 9.3 A.3.44.2

determinación previa de la existencia de márgenes de dumping, daño y nexo causal, necesidad de (AD 9.1) A.3.39.1

Acuerdo Antidumping (AD), norma/facultades de examen (AD 17.6)

establecimiento de los hechos por las autoridades (AD 17.6 i)), “adecuado” A.3.58.5

evaluación de los elementos de hecho (AD 17.6 i)) A.3.59.8-9

“imparcial y objetiva” A.3.58.5

sustitución por la evaluación del grupo especial, exclusión A.3.58.5

facultades discrecionales A.3.59.9

“hechos comunicados” (AD 17.5 ii)), prescripción de recabar información, o no A.3.59.8

interpretación de las disposiciones pertinentes del Acuerdo Antidumping(AD 17.6 ii))

de conformidad con las normas usuales/reglas consuetudinarias de interpretación del derecho internacional público A.3.60.4

evaluación objetiva, pertinencia A.3.60.4

“se presta a varias interpretaciones admisibles” A.3.58.5, A.3.60.4

aplicación de las recomendaciones y resoluciones del OSD (ESD 21.3), pronto cumplimiento (ESD 21.1) R.4.3.4

debido proceso (investigación de la existencia de dumping (AD 6)) A.3.29.1

examen de la aplicación de las resoluciones del OSD (ESD 21.5) R.4.1.3-4

como alegación nueva/reafirmación de alegación anterior R.4.2.3-4, R.4.3.6

finalidad de los informes de grupos especiales/Órgano de Apelación y R.4.3.4-5

informes de los grupos especiales que non han sido objeto de apelación y R.4.3.4-5

“medidas destinadas a cumplir” R.4.1.3-4

“asunto”

fundamentos de derecho de la reclamación/compatibilidad de la medida R.4.1.3-4

medida destinada a cumplir, existencia R.4.1.3-4

información y asesoramiento técnico, derecho del grupo especial a recabar (ESD 13), derechos del grupo especial, no recabar S.4.14

informes de grupos especiales

adopción por el OSD (ESD16.4)

como resolución definitiva de la diferencia R.4.3.4

informes de los grupos especiales que non han sido objeto de apelación y R.4.3.4-6

interpretación de los acuerdos abarcados, derecho aplicable, normas usuales/reglas consuetudinarias de interpretación del derecho internacional público [codificadas en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969)], AD 17.6 ii) A.3.60.4

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices

gramática, respeto de la A.3.39.1

pluralidad de idiomas auténticos (Convención de Viena 33) I.3.11.2

presunción de igual sentido (Convención de Viena 33 3) I.3.11.2

pluralidad de interpretaciones admisibles A.3.58.5, A.3.60.4

investigación de la existencia de dumping, reglas de la prueba (AD 6)

aplicabilidad, Acuerdo Antidumping en su totalidad A.3.29.1

debido proceso A.3.29.1

examen individual de todos los productores, alternativas en caso de resultar imposible (AD 6.12) A.3.37

medida específica contra el dumping (AD 18.1) o una subvención (SMC 32.1) A.3.60.4

norma de examen (ESD 11), “evaluación objetiva de los hechos” (ESD 11), pruebas, supuesta desestimación o distorsión por el grupo especial, independencia en la evaluación S.7.3.16-17

resolución definitiva de una diferencia, adopción del informe del grupo especial o del Órgano de Apelación por el OSD (ESD 16.4, 19.2, 21 y 22) R.4.3.4-5


CE — Sardinas (WT/DS231/AB/R)     volver al principio

Acuerdo MSF, armonización de medidas (MSF 3)

medidas basadas en normas internacionales (MSF 3.1), carga de la prueba B.3.1.11

relación regla general/excepción (MSF 3.1 y 3.2), cuestión de si B.3.1.11

Acuerdo OTC

aplicabilidad a medidas preexistentes T.5.3.1-2

normas (Anexo 1.2), consenso, pertinencia (Anexo 1.2 y Nota explicativa) T.4.2.1

“normas internacionales … como base de sus reglamentos técnicos” (TBT 2.4)

aplicabilidad a medidas preexistentes T.4.5

“como base” T.4.3.1

legitimidad de los objetivos (TBT 2.2/2.4), pertinencia T.4.4.2

“salvo en el caso de que … sean un medio ineficaz o inapropiado” T.4.4.1

“sus elementos pertinentes” T.4.3.2

objetivos legítimos (TBT 2.2/2.4) T.4.4.2

“reglamento técnico” (Anexo 1.1) T.4.1.6-9

denominación y etiquetado, distinción T.4.1.9

prescripción de identificabilidad T.4.1.7

buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convención de Viena 26)), cumplimiento de las obligaciones contraídas en el marco de la OMC P.3.1.9

carga de la prueba B.3.1.11-12

asignación

dificultades comparativas, pertinencia B.3.1.12

norma general/excepción, relación, pertinencia, SPS 3.1 y 3.3 B.3.1.11-12

onus probandi actori incumbit como principio general de la prueba B.3.1.11

cumplimiento, obligaciones en el marco de la OMC, principio de buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda) P.3.1.9

debido proceso (procedimientos de solución de diferencias), escritos de amicus curiae y A.2.2.6

derechos de tercero W.2.9.7

actuaciones del Órgano de Apelación (PTEA 24) W.2.9.7

participación pasiva en audiencias W.2.9.7

escritos de amicus curiae A.2.1.12

escritos de ONG/particulares A.2.1.12

facultades discrecionales de los grupos especiales para aceptar/rechazar A.2.1.12

escritos por Miembros de la OMC A.2.2

derechos de tercero (ESD 10.2 y 17.4), pertinencia A.2.2.4

facultades discrecionales del Órgano de Apelación para aceptar/rechazar A.2.2.1-7

obstaculización de la “solución equitativa, rápida y eficaz de las diferencias comerciales” y A.2.2.6

información y asesoramiento técnico, derecho del grupo especial a recabar (ESD 13)

derechos del grupo especial, no recabar S.4.12

procedimiento, función W.2.1.2

interpretación de los acuerdos abarcados, derecho aplicable, normas usuales/reglas consuetudinarias de interpretación del derecho internacional público [codificadas en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969)] P.3.4.5

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices

expresiones iguales o estrechamente relacionadas en acuerdos diferentes B.3.1.11

objeto y fin W.2.1.2

irretroactividad de los tratados (Convención de Viena 28) P.3.4.5

derechos preexistentes, Acuerdo OTC T.5.3.1-2

norma de examen (ESD 11), “evaluación objetiva de los hechos” (ESD 11), pruebas, supuesta desestimación o distorsión por el grupo especial, pruebas presentadas en el reexamen intermedio, derecho a prescindir (ESD 15) S.7.3.13

OMC, Acuerdo sobre la, obligación de asegurarse de la conformidad de las leyes, reglamentos y procedimientos administrativos internos (OMC XVI.4) W.4.3

procedimiento, solución equitativa, rápida y eficaz de las diferencias y W.2.1.2

Procedimientos de trabajo (examen en apelación)

desistimiento de la apelación (PTEA 30) W.2.13.1.3-6

buena fe y W.2.13.1.4-6

carácter incondicional del derecho W.2.13.1.3-5

a reserva del derecho a presentar un nuevo anuncio de apelación de conformidad con PTEA 20 W.2.13.1.3-6

objeto y fin, solución equitativa, rápida y eficaz de las diferencias W.2.1.2

procedimientos de trabajo (grupos especiales) (ESD 12.1 y Apéndice 3), examen de las pruebas S.3.3.9


CE — Subvenciones a la exportación de azúcar (WT/DS265/AB/R, WT/DS266/AB/R, WT/DS283/AB/R)     volver al principio

Acuerdo SMC

solución de diferencias (SMC 30), normas o procedimientos especiales o adicionales (ESD 1.2 y Apéndice 2), Acuerdo SMC 4.7 (recomendación de retirar la subvención) J.1.21, S.2.19.4, S.7.7.2

“retiro de la subvención sin demora” (SMC 4.7), plazos, insuficiencia en el informe del grupo especial de hechos que permitan al Órgano de Apelación especificar A.1.38.15, C.4.27, S.2.19.5

Acuerdo sobre la Agricultura (AG)

compromisos en materia de competencia de las exportaciones (AG 8), cumplimiento tanto del Acuerdo sobre la Agricultura como de la Lista de compromisos, necesidad de A.1.14B.1-2, T.1.4.1

Documento sobre las modalidades y A.1.37A.2

GATT de 1994 y (AG 21.1) A.1.37.3-4, A.1.38.15, S.2.19.4

primacía del Acuerdo sobre la Agricultura A.1.37.4, T.1.4.1

interpretación, directrices

expresiones iguales o estrechamente relacionadas en el mismo Acuerdo A.1.5A.1

texto/clara redacción A.1.14B.1, A.1.17.3

Listas de compromisos (AG 3)

como parte integrante del GATT de 1994 (AG 3.1) A.1.4A.1, A.1.37.4

primacía del Acuerdo sobre la Agricultura (AG 21) A.1.6.3-4, T.1.4.1

conformidad con el Acuerdo sobre la Agricultura, necesidad de A.1.14B.1-2, T.1.4.1

objeto y fin, reducciones progresivas sustanciales de la ayuda y la protección a la agricultura A.1.5A.3-4

anulación o menoscabo (ESD 3.8)

efectos desfavorables como N.3.2-3

presunción en caso de incompatibilidad con un acuerdo abarcado N.3.2-3

anuncio de apelación, requisitos del (PTEA 20 2)), resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jurídicas (PTEA 20 2) d)), resumen de la conclusión controvertida y las constataciones e interpretaciones jurídicas conexas W.2.7.3.4

buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convención de Viena 26)), procedimiento de solución de diferencias, entablar un (ESD 3.10), preclusión (estoppel) y P.3.1.16

carga de la prueba

inversión respecto de la elusión de los compromisos en materia de subvenciones a la exportación (AG 10.3), requisitos del ESD 6.2, distinción A.1.34A.1

inversión respecto de la presunción de anulación o menoscabo (ESD 3.8) N.3.2-3

competencia (Órgano de Apelación)

cuestiones de derecho/interpretaciones jurídicas (ESD 17.6)

cuestiones no examinadas por el grupo especial C.4.27

nuevos argumentos S.3.1.7

finalización del análisis jurídico (ESD 17.6)

base fáctica

insuficiencia A.1.38.15, C.4.27, S.2.19.5

limitación a las constataciones del grupo especial y los hechos no controvertidos que constan en el expediente del grupo especial C.4.27

competencia (Órgano de Apelación), a falta de una argumentación completa respecto de las cuestiones de derecho A.1.38.15, C.4.27

compromisos en materia de ayuda interna (AG 6)

ayuda interna/regímenes de subvenciones a la exportación, necesidad de mantener la distinción entre (AG 3) A.1.36.2

efecto derivado de la ayuda interna permitida A.1.36.2

notas, valor de las A.1.37.4

compromisos en materia de subvenciones a la exportación (AG 9)

“compromisos en materia de subvenciones a la exportación” (AG 3.1) A.1.4A.1

“compromisos de limitación de las subvenciones” A.1.4B

“compromisos de reducción”

compromisos en materia de cantidades (AG 9.2 a) ii)) A.1.14D

compromisos en materia de desembolsos presupuestarios (AG 9.2 a) i)) A.1.14D

niveles (AG 9.2), “desembolsos presupuestarios … y las cantidades que se beneficien de [las subvenciones]”, como prescripciones vinculadas (AG 9.2 b) iv)) A.1.5A.1, A.1.14D.1, A.1.29A.1

“sujetas a los compromisos de reducción”, aplicabilidad a las subvenciones previstas en el Acuerdo sobre la Agricultura 9.1 A.1.14D

“supeditadas a la actuación exportadora” (AG 9.1 a)) A.1.16A.1

debido proceso (procedimientos de solución de diferencias), argumentación completa respecto de las cuestiones, necesidad de una A.1.38.15, C.4.27

economía procesal, prescripción de “hallar una solución positiva a las diferencias” y de J.1.21, S.2.19.4, S.7.7.2

interpretación de los acuerdos abarcados, derecho aplicable

Listas de concesiones A.1.4A.1, T.1.5.4

normas usuales de interpretación del derecho internacional público [codificadas en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969)] A.1.4A.1, T.1.5.4

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices

expresiones iguales o estrechamente relacionadas en el mismo acuerdo A.1.5A.1

objeto y fin, preámbulo como prueba de A.1.5A.2

texto/clara redacción A.1.14B.1, A.1.17.3

legitimación para/derecho a presentar una reclamación (ESD 3.7), utilidad del recurso a los procedimientos de solución de diferencias P.3.7.2

Listas de concesiones (GATT II)

interpretación y aclaración

derecho aplicable A.1.4A.1, T.1.5.4

notas, valor de las A.1.37.4, T.1.4.1

norma de examen (ESD 11)

obligación de formular una recomendación, si existe una, Acuerdo SMC 4.7 y J.1.21, S.2.19.4-5, S.7.7.2

“otras conclusiones que ayuden al OSD” J.1.21, S.7.7.1-2

economía procesal y J.1.21, S.2.19.4, S.7.7.2

pagos a la exportación de productos agropecuarios financiados en virtud de medidas gubernamentales (AG 9.1 c))

costo de producción, no recuperación como A.1.20.11-13

criterio del costo medio total de producción A.1.20.12-13

“en virtud de”

control gubernamental, pertinencia A.1.26.10

marco regulador, pertinencia A.1.26.10

nexo, necesidad de un A.1.26.9

“financiados”, “entrañen o no un adeudo en la contabilidad pública” A.1.27.7

“medidas gubernamentales”, determinación caso por caso A.1.27.7

“a la exportación” A.1.28.3

“pagos”

transferencia de recursos económicos, necesidad de A.1.17.3

entidades distintas, pertinencia A.1.17.3, A.1.28.2

pagos por entidades privadas como A.1.26.9, A.1.27.7

punto de referencia/norma (AG 9.1 c)), averiguación independiente sobre la existencia de beneficio, pertinencia A.1.3.4

subvenciones cruzadas y A.1.20.13, A.1.28.2-3

preclusión (estoppel)

iniciación de los procedimientos de solución de diferencias de buena fe (ESD 3.10) y P.3.1.16, P.3.7.2

pertinencia en el sistema de solución de diferencias de la OMC P.3.7.1-2

solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2), inversión de la carga de la prueba (AG 10.3) y A.1.34A.1

subvención a la exportación, definición, “subvenciones supeditadas a la actuación exportadora/supeditadas a los resultados de exportación” (AG 1 e)/SMC 3.1 a)), medida comprendida en el Acuerdo sobre la Agricultura 9 A.1.3.4, A.1.14C.1, A.1.17.4

subvención a la exportación, prohibición (AG 3.3)

por encima de los niveles de compromiso en materia de desembolsos presupuestarios y cantidades (AG 3.3) A.1.4B.1

“compromisos de limitación de las subvenciones” (AG 3.1) y A.1.4B

niveles de compromiso en materia de desembolsos presupuestarios y cantidades A.1.5A.1-4


Chile — Bebidas alcohólicas (WT/DS87/AB/R; WT/DS110/AB/R)     volver al principio

competencia de los grupos especiales y el Órgano de Apelación (ESD 3.2)

interpretación y aplicación correctas de los acuerdos abarcados y C.3.2.2

no entrañar el aumento o la reducción de los derechos y obligaciones (ESD 3.2/19.2) C.3.2.2

informes de grupos especiales, justificación, necesidad de (ESD 12.7) P.1.1.2

trato nacional, discriminación fiscal (GATT III.2)

derecho de los Miembros a determinar la base impositiva ajustándose a las obligaciones en el marco de la OMC T.3.2

“que no esté sujeto a un impuesto similar” N.1.7.5-6

evaluación de la diferencia N.1.7.5-6


Chile — Sistema de bandas de precios (WT/DS207/AB/R)     volver al principio

acceso a los mercados (AG 4)

medidas de las que se ha prescrito se conviertan en derechos de aduana propiamente dichos (AG 4.2)

consolidación, pertinencia A.1.13.2

no conversión en el plazo previsto, efecto A.1.9.1

plazo para la conversión A.1.9.1

medios para mejorar A.1.7.1

Acuerdo sobre la Agricultura (AG)

interpretación, directrices

conformidad con otros artículos A.1.14.3

principio de efectividad A.1.10.2, A.1.14.3

redacción y gramática, respeto de A.1.9.1

interpretación, medios, contexto, texto circundante A.1.14.3

anuncio de apelación, prescripciones (PTEA 20 2)), resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jurídicas (PTEA 20 2) d)), argumentación jurídica en apoyo de la alegación, distinción C.1.8, W.2.7.2.2

apelación condicional C.5.2

competencia de los grupos especiales y el Órgano de Apelación (ESD 3.2), derecho a desarrollar un razonamiento jurídico proprio que incluya argumentos no aducidos por las partes (jura novit curia) C.2.3

competencia (Órgano de Apelación)

clasificación como cuestión de derecho o de hecho

clasificación de la medida por el grupo especial, pertinencia S.3.3.10

cumplimiento de las obligaciones impuestas por un tratado y compatibilidad con ellas S.3.3.10

debido proceso (procedimientos de solución de diferencias), modificación de medidas durante el procedimiento D.2.2.17, R.2.3.10

derechos de aduana

como forma preferida de protección en frontera A.1.7.1

“derecho de aduana propiamente dicho” (AG 4.2) A.1.10.4, A.1.13.1

transparencia/previsibilidad, pertinencia A.1.7.1, A.1.13.1

derechos de tercero T.8.6, W.2.9.6

actuaciones del Órgano de Apelación (PTEA 24) W.2.9.6

participación pasiva en audiencias W.2.9.6

procedimiento de los grupos especiales (ESD 10 y Apéndice 3), alegaciones, exclusión T.8.6

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices

conformidad con otros artículos A.1.14.3

gramática, respeto de la A.1.9.1

pluralidad de idiomas auténticos (Convención de Viena 33) I.3.11.1

sentido que mejor concilie los textos (Convención de Viena 33 4) I.3.11.1

principio de efectividad (ut res magis valeat quam pereat/effet utile), sentido que debe atribuirse a cada palabra y expresión A.1.10.1

sentido corriente A.1.10.1

interpretación de los acuerdos abarcados, medios

contexto, texto circundante A.1.14.3

práctica ulteriormente seguida (Convención de Viena 31 3) b)) I.3.9.3-4

coherencia de la práctica, necesidad de I.3.9.3

práctica común, necesidad de I.3.9.3-4

interpretación de los acuerdos abarcados, términos y expresiones específicos

“comprendidas” (AG 4.2, nota 1) A.1.10.2

“de las que se ha prescrito se” (AG 4.2) A.1.9.1

“derecho de aduana propiamente dicho” (AG 4.2) A.1.10.4, A.1.13.1

“gravamen variable a la importación” (AD 4.2, nota 1) A.1.10.3, A.1.11.1, A.1.13

“medidas del tipo” (AG 4.2 y nota 1) A.1.10

“convertidos en” A.1.10.3

“medidas similares aplicadas en la frontera” (AD 4.2, nota 1) A.1.12.1

“precio mínimo de importación” (AG 4.2, nota 1) A.1.11.1

mandato de los grupos especiales (ESD 7), como definición de jurisdicción/alegaciones jurídica planteadas, alegaciones jurídicas comprendidas en el mandato, limitación de la jurisdicción a C.2.3

norma de examen (ESD 11)

“evaluación objetiva del asunto que se le haya sometido” S.7.2.4

constatación ultra petita respecto de una disposición no sometida a su consideración S.7.2.4

solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2)

formulación implícita de alegaciones, exclusión R.2.2.14, T.6.2.17

fundamentos de derecho de la reclamación R.2.2.13-14

argumentos, distinción C.1.8

exposición, suficiencia, referencia al GATT II R.2.2.13-14, T.6.2.16

identificación de la medida en litigio R.2.3.9-10

modificación de medidas durante el procedimiento D.2.2.17, R.2.3.9-10, T.6.3.5-6


Corea — Bebidas alcohólicas (WT/DS75/AB/R; WT/DS84/AB/R)     volver al principio

competencia (Órgano de Apelación), clasificación como cuestión de derecho o de hecho , credibilidad y peso de las pruebas S.3.3.5

informes de grupos especiales, justificación, necesidad de (ESD 12.7) P.1.1.1

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices

interpretación restringida/amplia D.1.3

objeto y fin D.1.4, D.1.6, N.1.6.2, N.1.6.4

sentido corriente N.1.6.1

norma de examen (ESD 11)

“evaluación objetiva de los hechos” (ESD 11)

pruebas, supuesta desestimación o distorsión por el grupo especial S.7.3.6

independencia en la evaluación S.7.3.6

“producto similar” (GATT III.2)

interpretación restrictiva, necesidad de D.1.3, N.1.5.3

productos directamente competidores o que pueden sustituirlos directamente, distinción N.1.5.3

productos directamente competidores o que pueden sustituirlos directamente, distinción (Nota al artículo) D.1.3

productos directamente competidores o que pueden sustituirlos directamente (GATT III.2) D.1.1-9

como relación dinámica (incluida la posibilidad de demanda latente) D.1.1-2, D.1.4-5, N.1.6.1-3

posibilidad de competir como factor determinante N.1.6.1

criterios

elasticidad cruzada en función de los precios D.1.7, N.1.6.5

intercambiabilidad D.1.2, N.1.6.1

preferencias del consumidor D.1.8, N.1.6

determinación caso por caso D.1.8-9, N.1.6.6-7

evaluación objetiva, necesidad de D.1.8-9, N.1.6.7

objeto y fin de la disposición D.1.4, D.1.6, N.1.6.2, N.1.6.4

sentido corriente D.1.2, N.1.6.1

trato nacional, principio general (GATT III.1)

“de manera que se proteja”

igualdad de condiciones de competencia N.1.6.1, N.1.6.2, N.1.6.4

protección de relación de competencia N.1.6.1, N.1.6.2


Corea — Diversas medidas que afectan a la carne vacuna (WT/DS161/AB/R; WT/DS169/AB/R)     volver al principio

Acuerdo sobre la Agricultura (AG), Listas de compromisos y AG Anexo 3, incorporación al Acuerdo sobre la Agricultura 3 y 6 R.2.2.11

carne vacuna, cálculo de la MGA, “datos constitutivos y metodología”, inexistencia A.1.2.2

Excepciones generales (GATT XX)

medida alternativa compatible con el GATT, disponibilidad, observancia de legislación compatible con la OMC y G.3.5.1

medidas necesarias para lograr la observancia de una medida compatible con el GATT (GATT XX d))

medida alternativa compatible con el GATT, disponibilidad y G.3.5.1

“necesarias”, factores pertinentes G.3.6

contribución a la realización del fin perseguido G.3.6.3-4

efecto restrictivo sobre el comercio internacional/las mercancías importadas G.3.6.3-4

importancia de los intereses comunes protegidos por la medida que se aplica G.3.6.2, G.3.6.4

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices, sentido corriente A.1.2.1

interpretación de los acuerdos abarcados, términos y expresiones específicos, “de conformidad con”, AG 1 a) ii) A.1.2.1

Medida Global de la Ayuda (AMS) (AG 1 a)/Anexo 3)

MGA Total de Base/niveles de compromiso (AG 1 a)/Anexo 3), naturaleza absoluta A.1.1.1

sostenimiento de los precios del mercado (AG Anexo 3, párrafo 8), “producción con derecho” A.1.35.1

Medida Global de la Ayuda (MGA) (AG 1 a)/Anexo 3)

“datos constitutivos y metodología”, carne vacuna, inexistencia A.1.2.2

“disposiciones del Anexo 3” / “datos constitutivos y … metodología” (AG 1 a) ii)), prioridad A.1.2.2

MGA Corriente A.1.2.2

solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2)

fundamentos de derecho de la reclamación R.2.2.11

exposición, suficiencia, referencia al Acuerdo sobre la Agricultura 3 y 6 que incorpora la Lista de compromisos y el Anexo 3 del Acuerdo sobre la Agricultura R.2.2.11, T.6.2.11

trato nacional, discriminación reglamentaria (GATT III.4)

“trato menos favorable” N.1.11.3-6

diferenciación formal de trato, pertinencia N.1.11.3-5

efecto en el mercado como criterio N.1.11.5-6

igualdad de condiciones de competencia como criterio N.1.11.3-4

trato nacional, principio general (GATT III.1), “de manera que se proteja”, igualdad de condiciones de competencia N.1.11.3-4


Corea — Productos lácteos (WT/DS98/AB/R)     volver al principio

carga de la prueba

presunción prima facie B.3.2.6

examen de los medios de defensa y pruebas del demandado, momento B.3.2.6

competencia (Órgano de Apelación)

finalización del análisis jurídico (ESD 17.6) C.4.7-8

base fáctica

conflictividad/omisión/insuficiencia de los hechos C.4.7-8

limitación a las constataciones del grupo especial y los hechos indiscutidos del expediente del grupo especial C.4.7

consultas (ESD 4), establecimiento de un grupo especial, como requisito previo T.6.1.7

debido proceso (procedimientos de solución de diferencias), perjuicio a una parte, necesidad de T.6.2.7-8

GATT de 1947, importancia constante en el marco de la OMC G.2.1.3

GATT de 1994, OMC, Acuerdo sobre la, incorporación en el (OMC Anexo 1A) G.2.1.3

GATT como parte integrante del Acuerdo sobre la OMC (OMC II.2) G.2.1.3

interpretación de los acuerdos abarcados, directrices, principio de efectividad (ut res magis valeat quam pereat/effet utile) I.3.7.7

interpretación de los acuerdos abarcados, medios, contexto, tratado/tratados en su conjunto I.3.7.7

medidas de salvaguardia (Acuerdo sobre Salvaguardias (SG/GATT XIX (medidas de urgencia))), aplicación de medidas (SG 5), proporcionalidad (“en la medida necesaria”) (SG 5.1) S.1.34.1

medidas de salvaguardia, características

carácter excepcional de las medidas correctivas S.1.45.1

OMC, Acuerdo sobre la, Acuerdo sobre Salvaguardias como parte integrante del (OMC II.2) G.2.1.3, S.1.44.3-4

relación entre el Acuerdo sobre Salvaguardias y el GATT XIX S.1.44.3-4

aplicabilidad continuada del GATT XIX S.1.44.3-4

medidas de salvaguardia, condiciones (SG 2)

“han aumentado en tal cantidad”

“como consecuencia de la evolución imprevista de las circunstancias” (GATT XIX.1 a)) S.1.50.2

como cuestión pertinente de hecho y de derecho S.1.50.2

medidas de salvaguardia, determinación de la existencia de daño grave o amenaza de daño grave (SG 4), prescripciones, evaluación de todos los factores pertinentes (SG 4.2 a)), inclusión de todos los factores enumerados en la notificación al Comité de Salvaguardias (SG 12.2) S.1.41.2

medidas de salvaguardia, notificaciones y consultas (SG 12)

de toda la información pertinente (SG 12.2) S.1.41.1-2

descripción precisa de la medida propuesta S.1.41.1

fecha de introducción de la medida S.1.41.1

todos los factores enumerados en el Acuerdo sobre Salvaguardias 12.2 y 4.2 a), necesidad de S.1.41.2

oportunidades adecuadas para que se celebren consultas previas (SG 12.3) y, intercambio significativo, necesidad de S.1.41.1

norma de examen (ESD 11), “evaluación objetiva de los hechos” (ESD 11), pruebas, supuesta desestimación o distorsión por el grupo especial, obligación de examinar y evaluar las pruebas S.7.3.11

OMC, Acuerdo sobre la, partes integrantes (OMC II) G.2.1.3, I.3.7.7

proporcionalidad, medidas de salvaguardia (SG 5.1) (“en la medida necesaria”) y S.1.34.1

solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2)

consultas, indicación de si se han celebrado T.6.1.7

escrito R.2.1.6, T.6.1.7

fundamentos de derecho de la reclamación R.2.2.6-7

argumentos, distinción C.1.6, R.2.2.6-7

debido proceso y T.6.2.7-8

exposición, suficiencia R.2.1.6, T.6.1.7

enumeración de los párrafos del acuerdo cuya vulneración se alega R.2.2.6-7, T.6.2.7-8

pruebas para apoyar las alegaciones, distinción C.1.6

identificación de la medida en litigio R.2.1.6, T.6.1.7

 


Los textos que se reproducen en esta sección no tienen el valor legal de los documentos originales que se depositan y guardan en la Secretaría de la OMC en Ginebra.