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Adoptada el 20 de mayo de 1998
Los
Ministros,
Reconociendo
la expansión del comercio electrónico mundial, que está creando nuevas oportunidades
para el comercio,
Declaran
lo siguiente:
El
Consejo General, a más tardar en su próxima reunión extraordinaria, establecerá un
programa de trabajo amplio para examinar todas las cuestiones relacionadas con el comercio
electrónico mundial que afectan al comercio, incluidas las identificadas por los
Miembros. El programa de trabajo, en el que participarán los órganos competentes de la
Organización Mundial del Comercio ("OMC"), tendrá en cuenta las necesidades
económicas, financieras y de desarrollo de los países en desarrollo, y en él se
reconocerá que se están realizando también trabajos en otros foros internacionales. El
Consejo General deberá elaborar un informe sobre los progresos alcanzados en el programa
de trabajo y podrá formular recomendaciones sobre posibles medidas, que nos presentará
en nuestro tercer período de sesiones. Sin perjuicio de los resultados del programa de
trabajo ni de los derechos y obligaciones que incumben a los Miembros en virtud de los
Acuerdos de la OMC, declaramos además que los Miembros mantendrán su práctica actual de
no imponer derechos de aduana a las transmisiones electrónicas. Cuando rinda informe a
nuestro tercer período de sesiones, el Consejo General examinará esta declaración, cuya
prórroga se determinará por consenso, teniendo en cuenta los progresos alcanzados en el
programa de trabajo. |
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