Cuestiones abarcadas por los Comités y Acuerdos de la OMC
EXÁMENES DE LA POLÍTICAS COMERCIALES: PRIMER COMUNICADO DE PRENSA, RESUMEN DEL INFORME DE LA SECRETARÍA Y DEL INFORME DEL GOBIERNO

República Eslovaca: noviembre de 1995

COMMUNICADO DE PRENSA
PRENSA/TPRB/19
29 de noviembre de 1995

ESLOVAQUIA CONFÍA EN EL COMERCIO PARA PROSEGUIR EL CRECIMIENTO Y LAS REFORMAS ECONÓMICAS

Tras cinco años de reformas económicas e institucionales, la economía de Eslovaquia está experimentando actualmente un sólido crecimiento. En el primer semestre de 1995, el PIB aumentó un 6,2 por ciento, tras un incremento del 4,8 por ciento en 1994, con lo que se invirtió notablemente la pronunciada reducción de la producción nacional registrada a comienzos del decenio de 1990. En sus esfuerzos por establecer una economía basada en el mercado, Eslovaquia ha liberado los precios, ha abierto la economía a las inversiones extranjeras y ha liberalizado su régimen cambiario.

También ha atenuado o eliminado las restricciones al comercio exterior y ha privatizado muchas empresas estatales

Las reformas eslovacas comenzaron en 1990 en el marco de la República Federal Checa y Eslovaca y prosiguieron después de que Eslovaquia se convirtió en un Estado soberano, el 1. de enero de 1993. Según el informe, las reformas y el régimen comercial de carácter liberal del país han sido eficaces y se ven complementados por un régimen generalmente abierto de inversiones directas. No obstante, en el informe se manifiesta una preocupación con respecto al ritmo del programa de privatización de Eslovaquia. Se plantea el interrogante de hasta qué punto la privatización está conduciendo a una liberación efectiva de las empresas recientemente privatizadas, con respecto a la influencia del Estado.

Como resultado de la transición registrada en Eslovaquia, la estructura comercial del país ha cambiado fundamentalmente a partir de 1989, cuando la mayor parte del comercio se realizaba con la Unión Soviética y otros países de Europa Central y Oriental. En el informe se observa que, con exclusión del comercio con la República Checa, que es el más importante interlocutor comercial de Eslovaquia, la proporción de exportaciones de mercancías vendidas por Eslovaquia a los países industrializados de Europa Occidental aumentó del 19 por ciento en 1989 al 71 por ciento en 1994. El 91 por ciento de todas las importaciones y exportaciones de mercancías se realiza con países europeos, incluida Rusia. En junio de 1995 la República Eslovaca presentó formalmente su solicitud de ingreso en la Unión Europea.

Eslovaquia y la República Checa forman parte de una unión aduanera y comparten un arancel externo común, que tiene una media del 8 por ciento. No obstante, los productos procedentes de terceros países no circulan libremente entre la República Checa y la República Eslovaca. El informe señala que los aranceles de Eslovaquia se aplican actualmente con arreglo a sus tipos consolidados, y que no se utilizan aranceles específicos ni otros aranceles no ad valorem, lo que hace que el arancel externo sea muy transparente. Los aranceles medios van desde el 4 por ciento en el caso de los productos primarios y llegan al 6 por ciento para los productos semielaborados y hasta el 10 por ciento en el caso de los productos plenamente elaborados. Se observan excepciones en la agricultura, en la que, como consecuencia de la Ronda Uruguay, se aplican aranceles particularmente elevados sobre algunos productos. Por ejemplo, los alimentos y las bebidas están sometidos a aranceles medios del 19 por ciento, casi tres veces más que los aranceles aplicados en el resto de la economía. Se conceden aranceles preferenciales con arreglo al esquema del SGP a las importaciones procedentes de los países en desarrollo y de los países menos adelantados.

Según el informe, el comercio de mercancías de Eslovaquia con sus asociados preferenciales en seis acuerdos regionales de comercio representa el 83 por ciento de las exportaciones y el 70 por ciento de las importaciones. Con la excepción de Rusia, todos los principales interlocutores comerciales de Eslovaquia son partes en acuerdos preferenciales. Los países con los que Eslovaquia mantiene acuerdos preferenciales serían probablemente los principales interlocutores comerciales de Eslovaquia incluso si no existieran esos acuerdos. Se señala en el informe que esta circunstancia limita la desviación del comercio que resulta de los acuerdos preferenciales y se sugiere que la red eslovaca de acuerdos comerciales es, globalmente considerada, creadora neta de comercio.

Se indica en el informe que los bienes finales de consumo están gravados actualmente con un recargo temporal a la importación del 10 por ciento. Este recargo se introdujo en marzo de 1994 por motivos de balanza de pagos, cuando las reservas oficiales de Eslovaquia representaban el equivalente de menos de un mes de importaciones de mercancías. Desde entonces las reservas han aumentado considerablemente.

Eslovaquia es uno de los Miembros originarios de la OMC y es parte en todos los principales acuerdos multilaterales en la esfera de la propiedad intelectual. Eslovaquia no tiene disposiciones vigentes sobre derechos antidumping o compensatorios ni sobre salvaguardias, medidas que, por otra parte, no ha aplicado nunca. No obstante, actualmente se están preparando disposiciones legislativas sobre estas cuestiones, que se prevé aplicar en 1996. En el informe se previene que dichas disposiciones legislativas, en el caso de aplicarse, se deben destinar a limitar los posibles abusos por parte de empresas nacionales que trataran de coartar la competencia económica. Ocasionalmente se exigen licencias de importación no automáticas, motivadas a veces por razones ambientales.

El comercio de servicios de Eslovaquia generó en 1994 la mayor parte del considerable saldo positivo en cuenta corriente, resultado sobre todo de los ingresos del turismo y de los derechos devengados por los gasoductos. Los servicios representaron en 1994 el 57 por ciento del PIB. Se señala en el informe que en la Ronda Uruguay Eslovaquia era decidida partidaria de la introducción de reglas multilaterales para el comercio de los servicios, y que asumió un número relativamente grande de compromisos en varios sectores de servicios. Con algunas excepciones, se incluye la posibilidad de que las empresas extranjeras establezcan su presencia comercial en el país y se conviertan en proveedores extranjeros de servicios.

Se concluye en el informe que el tamaño de Eslovaquia y su gran propensión al comercio explican su considerable interés por las políticas comerciales de sus interlocutores. Los resultados de la Ronda Uruguay y la creación de la OMC deberían ser muy beneficiosos para Eslovaquia, gracias a las reducciones de las perturbaciones del comercio y a las reglas multilaterales reforzadas y ampliadas.

Nota para las redacciones

El Órgano de Examen de las Políticas Comerciales (OEPC) de la OMC examinará el informe de la Secretaría, junto con un informe elaborado por la República Eslovaca, los días 5 y 6 de diciembre de 1995.

El Órgano de Examen de las Políticas Comerciales de la OMC realiza una evaluación colectiva de la gama completa de las políticas y prácticas comerciales de cada Miembro de la OMC a intervalos regulares, y sigue de cerca las tendencias y acontecimientos importantes que puedan tener consecuencias para el sistema mundial de comercio.

Los informes, junto con un acta del debate del OEPC y el resumen del Presidente, se publicarán oportunamente como documentación completa del examen de las políticas comerciales de la República Eslovaca. Podrán obtenerse en la Secretaría de la OMC, Centro William Rappard, 154 rue de Lausanne, 1211 Ginebra 21.

Los informes abarcan la evolución de todos los aspectos de las políticas comerciales de la República Eslovaca, como las leyes y reglamentos nacionales, el marco institucional, las prácticas comerciales por clase de medidas y las políticas comerciales por sectores. Desde la entrada en vigor de la OMC, los informes abarcan también las "nuevas esferas" del comercio de servicios y los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio. Se adjuntan las observaciones recapitulativas del informe de la Secretaría y del Gobierno. Los periodistas que deseen disponer del texto íntegro de los informes pueden solicitarlo a la Secretaría de la OMC.

Desde diciembre de 1989, se han llevado a cabo los siguientes exámenes: Argentina (1992), Australia (1989 y 1994), Austria (1992), Bangladesh (1992), Bolivia (1993), Brasil (1992), Camerún (1995), Canadá (1990, 1992 y 1994), Chile (1991), Colombia (1990), Comunidades Europeas (1991, 1993 y 1995), Corea, Rep. de (1992), Costa Rica (1995), Côte d'Ivoire (1995), Egipto (1992), Estados Unidos (1989, 1992 y 1994), Filipinas (1993), Finlandia (1992), Ghana (1992), Hong Kong (1990 y 1994), Hungría (1991), India (1993), Indonesia (1991 y 1994), Islandia (1994), Israel (1994), Japón (1990, 1992 y 1995), Kenya (1993), Macao (1994), Malasia (1993), Marruecos (1989), Mauricio (1995), México (1993), Nigeria (1991), Noruega (1991), Nueva Zelandia (1990), Pakistán (1995), Perú (1994), Polonia (1993), Rumania (1992), Senegal (1994), Singapur (1992), Sri Lanka (1995), Sudáfrica (1993), Suecia (1990 y 1994), Suiza (1991), Tailandia (1991), Túnez (1994), Turquía (1994), Uganda (1995), Uruguay (1992) y Zimbabwe (1994).

Informe de la Secretaría

ÓRGANO DE EXAMEN DE LAS POLÍTICAS COMERCIALES
REPÚBLICA ESLOVACA
Informe de la Secretaría - Observaciones recapitulativas

Eslovaquia se convirtió en un Estado soberano el 1. de enero de 1993, a raíz de la disolución de la República Federal Checa y Eslovaca (RFCE). El desmantelamiento del anterior régimen de planificación centralizada y la transición a una economía de mercado, que ya se habían iniciado en 1990 en el marco de la RFCE, han proseguido en gran parte en el de Eslovaquia. Las reformas orientadas hacia el mercado han comprendido la liberación de los precios, la privatización de muchas empresas estatales, la apertura de la economía a las inversiones extranjeras, la liberalización del régimen cambiario, y la atenuación o eliminación de las restricciones al comercio exterior.

Durante este período de cambio, la prudente gestión de la macroeconomía por las autoridades ha facilitado la aplicación de las reformas. No obstante, el colapso de la demanda de exportaciones por parte de países que antes constituían elementos esenciales del comercio exterior de Eslovaquia, por una parte, y los efectos iniciales de las reformas económicas, por otra, provocaron una grave contracción económica durante los primeros años del decenio de 1990. Esta situación se vio además temporalmente agravada por la desorganización de los canales de comercialización y la interrupción de las transferencias financieras relacionadas con la disolución de la RFCE.

Desde la conversión de Eslovaquia en un Estado soberano, sucesivos gobiernos han ido creando las instituciones necesarias para el funcionamiento de una economía de mercado y han seguido introduciendo toda una serie de reformas económicas. Aunque en el primer semestre de 1995 el 62 por ciento aproximadamente del PIB tuvo su origen en el sector privado, los retrasos registrados en el proceso de privatización, unidos a la sustitución de la privatización mediante la emisión de bonos por métodos menos transparentes, han dado lugar a cierta incertidumbre en lo concerniente a este aspecto concreto de las reformas. Esto no debería hacer olvidar el éxito que han tenido las que ya se han introducido en gran parte de la economía, especialmente en lo que respecta al comercio internacional.

Con excepción del recargo temporal del 10 por ciento que grava las importaciones de bienes de consumo, Eslovaquia está siguiendo una política liberal y transparente de comercio internacional. Su régimen comercial se caracteriza por un sistema de aranceles n.m.f., de tipos moderados que se aplican con un criterio ad valorem, y por la poca frecuencia con que se recurre a obstáculos no arancelarios al comercio. La apertura resultante ha contribuido a la reciente revitalización económica de Eslovaquia y las obligaciones multilaterales que Eslovaquia ha aceptado en muchas esferas, por ejemplo sus amplias consolidaciones arancelarias, son factores que garantizan la continuación de ese proceso de apertura.

Eslovaquia en el comercio mundial

Impulsado por un alza del 23 por ciento en el valor de sus exportaciones de mercancías, el PIB real de Eslovaquia se elevó en un 4,8 por ciento en 1994. La renta per cápita alcanzó entonces el equivalente de 2.340 dólares EE.UU. En el primer semestre de 1995 prosiguió un robusto crecimiento que, gracias sobre todo a las exportaciones y a la inversión, elevó al 6,1 por ciento el incremento anual del PIB. El superávit registrado en el comercio eslovaco de mercancías y, sobre todo, en el de servicios fueron los factores principales de un superávit global en cuenta corriente, que en 1994 equivalió al 5,7 por ciento del PIB. La continua solidez de la balanza de pagos hizo que las reservas oficiales se incrementaran en el equivalente de más de tres meses de importaciones de bienes y servicios en julio de 1995, contradiciendo los argumentos económicos de Eslovaquia en favor del recargo que, por razones de balanza de pagos, había introducido en las exportaciones en marzo de 1994. La inflación se mantuvo en el 13,4 por ciento en 1994, y se redujo al 11,2 por ciento anual en el primer semestre de 1995.

La parte correspondiente a los servicios en el PIB de 1994 fue del 57 por ciento, mientras que la industria y la construcción aportaron el 36 por ciento, y la agricultura y la silvicultura el 7 por ciento restante. Eslovaquia es importador neto de combustibles y productos conexos (que comprenden la quinta parte del total de importaciones de mercancías), así como de maquinaria y material de transporte. Es, en cambio, exportador neto de productos manufacturados intermedios (las dos quintas partes de las exportaciones) y de manufacturas varias.

La estructura geográfica del comercio de Eslovaquia ha cambiado fundamentalmente desde 1989, época en la que la mayor parte del comercio se mantenía con la Unión Soviética y otros países de la Europa Central y Oriental. Excluyendo el comercio con la República Checa, la parte de las exportaciones de mercancías de Eslovaquia vendida a los países industrializados (occidentales) se elevó del 19 por ciento en 1989 al 71 por ciento en 1994. El comercio de Eslovaquia está concentrado en los países de Europa (con inclusión de Rusia), cuya parte global tanto en las importaciones como en las exportaciones de mercancías eslovacas representa el 91 por ciento del total. Eslovaquia importa principalmente de la República Checa, la Unión Europea (UE) y Rusia, mientras que los principales destinatarios de sus exportaciones son la República Checa y la UE.

El marco de la política comercial

Para las autoridades eslovacas, una política comercial liberal es un elemento esencial para una distribución eficiente de los recursos, especialmente en el contexto del principal objetivo económico del país que es conseguir, para el año 2010, un nivel de vida comparable al de los países más adelantados de Europa. Eslovaquia aspira a una expansión geográfica equilibrada de su comercio, respaldada por sus propias medidas de liberalización y por las que en esta esfera puedan adoptar sus interlocutores comerciales. Tanto bilateral como multilateralmente, Eslovaquia se ha comprometido firmemente a llevar a cabo esa liberalización en armonía con las reglas de la OMC. Checoslovaquia fue uno de los miembros originarios del GATT, al que Eslovaquia se adhirió en 1993, sin interrupción alguna en su aplicación del Acuerdo General. Por otra parte, Eslovaquia ratificó en diciembre de 1994 los acuerdos de la Ronda Uruguay y es Miembro inicial de la OMC. Todos los Miembros de la OMC y todas las partes contratantes del GATT reciben por lo menos trato n.m.f. de Eslovaquia, como lo reciben igualmente otros países con los que Eslovaquia ha concertado acuerdos bilaterales que así lo prevén.

El comercio de mercancías de Eslovaquia con sus asociados preferenciales en seis acuerdos regionales de comercio representa el 83 por ciento de las exportaciones y el 70 por ciento de las importaciones. Esos seis acuerdos son los de la Unión Aduanera entre la República Checa y la República Eslovaca, el Acuerdo de Asociación con la UE, el Acuerdo de Libre Comercio de Europa Central (que incluye la República Checa, Hungría y Polonia), y los acuerdos de libre comercio con Rumania, Eslovenia y los países de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC). Con la excepción de Rusia, todos los principales interlocutores comerciales de Eslovaquia son partes en acuerdos preferenciales. De Rusia proviene el 18 por ciento aproximadamente de las importaciones de Eslovaquia, principalmente de materias primas, para los que los aranceles n.m.f. de Eslovaquia son nulos. Actualmente se encuentran en fase de estudio o de negociación los acuerdos con otros países.

A raíz de la disolución de la RFCE, el 1. de enero de 1993 entró en vigor la Unión Aduanera de Eslovaquia con la República Checa. Los dos países tienen un arancel externo común, aunque las mercancías procedentes de terceros países no circulan libremente entre ellos. La mayoría de las demás medidas relacionadas con el comercio, por ejemplo en materia de licencias de importación y de preferencias otorgadas con arreglo al Sistema Generalizado (SGP), están armonizadas. Cuando en febrero de 1993 se dio por terminada la unión monetaria, entró en vigor un acuerdo de compensación de pagos, que fue sin embargo eliminado el 30 de septiembre de 1995. La corona eslovaca es ahora plenamente convertible a efectos de cuenta corriente.

Eslovaquia presentó en junio de 1995 su solicitud de ingreso en la Unión Europea. Gran parte de su legislación comercial ha sido ya armonizada con la de la UE. Y ese proceso de armonización continúa. El arancel externo común checo-eslovaco, con una media simple del 8 por ciento, se sitúa a unos dos puntos porcentuales por debajo del de la UE.

Los países con los que Eslovaquia tiene concertados acuerdos preferenciales serían probablemente los principales interlocutores comerciales del país incluso en ausencia de tales acuerdos. Esto, unido a los aranceles n.m.f. relativamente bajos de Eslovaquia, limita la desviación del comercio e indica que la red eslovaca de acuerdos comerciales es, globalmente considerada, creadora neta de comercio. Mientras no se eleven los aranceles sobre los productos procedentes de terceros países, esos factores aumentan las probabilidades de que la red eslovaca de acuerdos comerciales resulte económicamente beneficiosa desde un punto de vista global.

La reglamentación del comercio eslovaco se ve complementada por su régimen generalmente abierto de inversiones directas. De hecho, se fomenta la realización de inversiones directas extranjeras, inversiones que, en la mayoría de los casos, no están sujetas a ningún requisito de aprobación. Una vez registradas, tanto las empresas como las personas individuales extranjeras pueden desarrollar, con pocas excepciones, sus actividades en Eslovaquia en las mismas condiciones y en la misma medida que las empresas nacionales. Los inversores extranjeros pueden transferir a sus países de origen la parte de los beneficios que les corresponda una vez deducidos los impuestos, y el capital de propiedad extranjera puede ser íntegramente repatriado en caso de disolución de la empresa. De conformidad con el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS), Eslovaquia ha asumido compromisos horizontales y específicos que facilitan la presencia comercial de empresas extranjeras en Eslovaquia donde prestan toda una gama de servicios.

El funcionamiento real de una economía de mercado exige la presencia de empresas con fines lucrativos que respondan a las fuerzas del mercado y que no estén sujetas a la influencia del Estado. El Gobierno eslovaco reconoce oficialmente la función central que ha de desempeñar la privatización en el proceso de transformación económica y ha incluido la "continuación y aceleración" de la privatización entre las prioridades declaradas de su programa de 1995. La privatización ha consistido en una combinación de métodos ordinarios, tales como la venta directa, y la emisión de bonos. La primera ola de privatizaciones estaba en gran parte terminada en el momento de la disolución de la RFCE al final de 1992. En esa primera ola se incluyeron todas las pequeñas empresas que se iban a privatizar, además de algunas grandes empresas.

La segunda ola de privatizaciones ha sido un proceso políticamente complicado en Eslovaquia. Sucesivos gobiernos han cambiado de política y han anulado incluso decisiones anteriores de privatización. El resultado ha sido un retraso considerable en la realización de esa segunda fase. Como resultado de la legislación recientemente reafirmada por el Consejo Nacional después de haberle sido devuelta por el Presidente, la privatización mediante la emisión de bonos será abandonada a menos que un probable recurso al Tribunal Constitucional consiga impedirlo. No está claro hasta qué punto la privatización, tal y como se aplica ahora en Eslovaquia, está conduciendo a una liberación efectiva de las empresas recientemente privatizadas, de la influencia del Estado. Las críticas sobre la forma en que se están aplicando los métodos ordinarios de privatización se han centrado en la falta de transparencia en la selección de los nuevos propietarios y gestores y en la preferencia que, según algunos, se está dando a los inversores nacionales sobre los extranjeros.

Características y tendencias de la política comercial

Tipo e incidencia de los instrumentos de política comercial

En general, el régimen eslovaco de importaciones tiene relativamente pocos obstáculos no arancelarios a la importación o medidas aplicables a las exportaciones. Ocasionalmente se exige licencia de importación, a veces por razones ambientales. Existe también, motivada al parecer por consideraciones sanitarias y de seguridad, la obligación automática de solicitar licencia para la exportación o la importación de muchos productos. En algunos casos, tales como los textiles y las prendas de vestir, las exportaciones están limitadas o controladas en virtud de acuerdos bilaterales de comercio. Las subvenciones a la exportación se limitan al sector de la agricultura.

Eslovaquia aplica la clasificación arancelaria basada en la Nomenclatura Combinada (NC) de la UE, que está compuesta por 10.446 partidas de 8 dígitos. A finales de 1994 sólo el 3 por ciento de las partidas del arancel externo común checo-eslovaco estaban sin consolidar. Todos los demás aranceles quedaron consolidados a partir del 1. de enero de 1995, fecha de entrada en vigor de los Acuerdos de la Ronda Uruguay.

Todos los aranceles se aplican actualmente con arreglo a esos tipos consolidados, sin utilización, en cambio, de aranceles no ad valorem, específicos, compuestos o de otra índole, lo que hace que el arancel externo sea muy transparente. Aunque el promedio simple de los derechos n.m.f. es relativamente moderado, los aranceles n.m.f. de Eslovaquia son progresivos: los aranceles medios van desde el 4 por ciento en el caso de los productos primarios hasta el 6 por ciento en el de los productos semielaborados y se elevan al 10 por ciento en el de los productos plenamente elaborados. El promedio simple de los aranceles aplicados a las importaciones procedentes de interlocutores comerciales preferenciales va desde el 1,9 por ciento en el caso de Eslovenia hasta el 4,7 por ciento en el de Rumania, y es del 4,0 por ciento en el caso de la UE. Eslovaquia aplica bajos derechos a los productos que tiende a importar de interlocutores no preferenciales: ponderada en función de las importaciones efectivamente realizadas de esos países, el promedio del arancel n.m.f. es sólo del 1,7 por ciento.

Eslovaquia es parte en todos los principales acuerdos multilaterales sobre propiedad intelectual. Los titulares extranjeros de derechos en esta esfera reciben el mismo trato que las personas naturales o jurídicas eslovacas, salvo por lo que respecta a los diseños industriales y las patentes, en relación con los cuales Eslovaquia no concede el trato nacional más que sobre la base de la reciprocidad. Las autoridades creen que la aceptación por otros países del Acuerdo sobre los ADPIC se considerará que satisface el requisito de la reciprocidad.

Medidas temporales

En marzo de 1994 las reservas oficiales de Eslovaquia representaban el equivalente de menos de un mes de importaciones de mercancías. Entonces Eslovaquia introdujo un recargo temporal del 10 por ciento sobre las mercancías importadas de todas las fuentes, por razones de balanza de pagos. Aunque la base de ese recargo es amplia, ya que abarca la mayor parte de los capítulos del Sistema Armonizado, en la práctica no se aplica más que a los bienes de consumo, que comprendieron el 13 por ciento de las importaciones eslovacas en 1994. Como resultado, las tasas medias del recargo sobre las importaciones (basadas en los datos sobre los ingresos obtenidos por ese procedimiento) varían ampliamente según las categorías de productos: 2 por ciento o menos en el caso de los productos incluidos en 56 capítulos del SA, pero 5 por ciento o más en 27 capítulos. La aplicación del recargo sobre las importaciones sólo a los bienes de consumo, que tienden a ser altamente elaborados, acentúa la progresividad arancelaria ya señalada. El recargo tiene un importante efecto proteccionista sobre las industrias eslovacas de bienes de consumo. Los Comités del GATT y de la OMC de Restricciones a la Importación (Balanza de Pagos) han pedido a Eslovaquia que elimine el recargo para finales de 1995 a ser posible, pero en todo caso antes del 30 de junio de 1996.

El recargo impuesto por Eslovaquia a las importaciones podría empezar a perjudicar a la economía. En primer lugar, la protección que ofrece ese recargo a las industrias productoras de bienes de consumo que compiten con las importaciones priva de recursos a las industrias de exportación y a las que, compitiendo con las importaciones, no reciben esa protección. Con menos recursos consagrados a su producción, las industrias de exportación reducen las exportaciones, al mismo tiempo que aumenta la importación de los productos fabricados por industrias competidoras de la importación que no están protegidas por el recargo. A no ser quizás por un breve período de varios meses, las medidas restrictivas del comercio no mejorarán la balanza de pagos. En segundo lugar, a medida que pasa el tiempo, la protección que representa el recargo para las industrias nacionales de bienes de consumo será cada vez más difícil de eliminar. Si el recargo se mantiene demasiado tiempo, su supresión podría conducir a nuevas presiones de reajuste, cuya amenaza fomentaría la oposición a la supresión. Es posible incluso que eso esté ya sucediendo, porque la posición relativamente firme de Eslovaquia en materia de reservas exteriores (que se han elevado al equivalente de más de tres meses de importaciones) y su buena situación de balanza de pagos sugieren que la motivación inicial para el establecimiento del recargo ha dejado de existir. Por otra parte, las reducciones de aranceles concedidas a los interlocutores preferenciales se han seguido aplicando como estaba previsto, incluso después de la entrada en vigor del recargo; de aquí se deduce que las condiciones actuales constituyen una excelente oportunidad para eliminarlo con una mínima necesidad de reajuste.

Eslovaquia no tiene disposiciones vigentes sobre derechos antidumping o compensatorios, ni sobre salvaguardias, medidas que, por otra parte, no ha aplicado nunca. No obstante, ahora se están preparando disposiciones legislativas sobre estas cuestiones, disposiciones que se espera aplicar en 1996. Eslovaquia, como otros Miembros de la OMC que han decidido incluir esas disposiciones en sus legislaciones internas, tropieza con el problema de elaborar reglas que reduzcan al mínimo la posibilidad de que empresas nacionales ya establecidas puedan aprovecharse de ellas para coartar la competencia económica. Eslovaquia se ha encontrado algunas veces en el otro extremo de esa práctica, y ha adoptado medidas de vigilancia de las exportaciones (exigiendo a veces la licencia de exportación), en parte para evitar los procedimientos antidumping o de derechos compensatorios que podrían adoptarse contra los exportadores eslovacos. Para contribuir a mantener una competencia económica efectiva, que es uno de los principios de la Constitución eslovaca, Eslovaquia podría examinar la posibilidad de incluir dos disposiciones en su legislación. En primer lugar, la utilización de las medidas antidumping podría limitarse a aquellas ocasiones en que puede demostrarse que las empresas extranjeras han practicado una política abusiva de fijación de precios con intención de mantener una posición monopolística en el mercado eslovaco; normas análogas se encuentran a veces en el derecho interno sobre la competencia. En segundo lugar, en la legislación podría incluirse una cláusula de interés público en virtud de la cual en el proceso de decisión puedan tenerse en cuenta los efectos económicos de posibles medidas antidumping y compensatorias, sobre los consumidores y sobre las industrias de elaboración ulterior de los productos.

Pautas de las políticas sectoriales

Los aranceles eslovacos n.m.f. son bastante uniformes en todos los sectores económicos. Se exceptúan la agricultura, en la que, como consecuencia de la arancelización introducida con ocasión de la Ronda Uruguay, se aplican aranceles particularmente elevados sobre algunos productos, y los sectores de producción de alimentos y bebidas, cuyos aranceles medios son del 19 por ciento, casi tres veces más que en el resto de la economía. En contraste con la relativa uniformidad entre los distintos sectores, en la mayor parte de éstos se observa una progresividad arancelaria, en tanto en cuanto los aranceles aumentan con el nivel de elaboración. Esto es sobre todo apreciable en sectores tales como los de la elaboración de alimentos, y en los textiles y prendas de vestir, y se ve todavía agravado por el recargo temporal del 10 por ciento que grava las importaciones de bienes finales de consumo. Aranceles y recargo se combinan para ofrecer a las actividades de elaboración de alto nivel de los sectores manufactureros una importante protección contra las importaciones.

De una política industrial activa sólo puede hablarse en el sector de la agricultura, en el que el Estado participa estableciendo precios de intervención y concediendo subvenciones para la exportación de algunos productos, así como otorgando préstamos en condiciones de favor y garantías de crédito. Como en otros muchos países, son muchas las medidas que, como los contingentes arancelarios y los aranceles estacionales, se aplican a las importaciones de productos agrícolas; algunas de esas medidas han sustituido, como resultado de la Ronda Uruguay, a los gravámenes variables que se percibían sobre la importación. Concretamente, Eslovaquia deduce las importaciones realizadas en régimen preferencial de los niveles de los contingentes arancelarios n.m.f. establecidos como resultado de las disposiciones de la Ronda Uruguay sobre acceso mínimo al mercado; esto reduce las posibilidades de acceso de los proveedores no preferenciales.

El comercio de servicios generó en 1994 la mayor parte del considerable saldo positivo en cuenta corriente de Eslovaquia, resultado sobre todo de los ingresos del turismo y de los derechos devengados por los gasoductos. Eslovaquia era decidida partidaria de la introducción de reglas multilaterales para el comercio de los servicios en la Ronda Uruguay y asumió un número relativamente grande de compromisos en el marco del Acuerdo General sobre la cuestión. Entre ellos figura un compromiso horizontal (del que quedan excluidos algunos sectores) de no limitar la posibilidad de que las empresas extranjeras establezcan su presencia comercial en el país, creando así un entorno más seguro para el establecimiento en Eslovaquia de proveedores extranjeros de servicios. Eslovaquia ha enumerado seis medidas que son incompatibles con el trato n.m.f. Esas medidas afectan a cinco sectores distintos de servicios y, con arreglo al AGCS, deberían dejar de aplicarse antes de 10 años. En todo caso, están sujetas a futuras negociaciones.

Políticas comerciales e interlocutores en el comercio exterior

El comercio internacional es sumamente importante para Eslovaquia, donde la relación entre el comercio de mercancías y servicios, por una parte, y el PIB, por otra, ascendió al 138 por ciento aproximadamente en 1994. Reconociendo esa importancia, Eslovaquia ha establecido un régimen comercial relativamente abierto que sirva de base para su transición a una economía plena de mercado. El comercio fomenta una competencia económica efectiva, que es el elemento esencial de la transición económica. Con la posibilidad de adquirir insumos en el extranjero sin tropezar en la mayoría de los casos con impuestos o restricciones importantes, las empresas eslovacas se están haciendo más competitivas, tanto en el mercado interno como en el exterior. Esto se refleja en el considerable aumento de las exportaciones (y, hasta cierto punto, de las importaciones), así como del PIB, en 1994 y a principios de 1995.

El tamaño de Eslovaquia y su gran propensión al comercio explican su considerable interés por las políticas comerciales de sus interlocutores. Los resultados de la Ronda Uruguay y la creación de la Organización Mundial del Comercio deberían ser muy beneficiosos para Eslovaquia gracias a las reducciones de las perturbaciones del comercio que con esa oportunidad se negociaron y a las reglas multilaterales reforzadas y ampliadas en ella. Durante la Ronda, a Eslovaquia le interesaron en particular cuestiones tales como la mayor eficacia del sistema de solución de diferencias y la introducción de reglas multilaterales para el comercio de servicios.

La Ronda Uruguay y el sistema internacional de comercio han contribuido a reforzar la seguridad económica de Eslovaquia. La firme adhesión de Eslovaquia a las reglas multilaterales, demostrada, por ejemplo, en sus amplias consolidaciones arancelarias, contribuirán a que Eslovaquia pueda ofrecer un entorno más seguro para el comercio. La pronta supresión del recargo sobre las importaciones reafirmaría la adhesión de Eslovaquia a un régimen transparente de protección de las importaciones basado en un sistema de aranceles consolidados.

Informe del Gobierno

ÓRGANO DE EXAMEN DE LAS POLÍTICAS COMERCIALES
REPÚBLICA ESLOVACA
Informe del Gobierno

Introducción

La República Eslovaca se convirtió en Estado soberano el 1. de enero de 1993 tras la disolución de la República Federal Checa y Eslovaca. Como uno de los dos Estados sucesores, la República Eslovaca continuó el proceso de transformación económica cuyas bases se sentaron en 1989 mediante el espacio económico común checo y eslovaco. Los pilares básicos de la reforma económica introducida en 1991 fueron los siguientes: privatización y supresión del monopolio de las empresas de propiedad estatal, reestructuración de la economía, liberalización de los precios, liberalización del comercio exterior, introducción de la convertibilidad interna de la moneda, apoyo del sector privado en el marco de medidas macroeconómicas y creación de nuevas condiciones para el desarrollo económico en un entorno internacional competitivo.

La rápida aplicación de la reforma económica, la desintegración del COMECON con el consiguiente hundimiento de los mercados de Europa Oriental así como la recesión económica global de la economía mundial tuvieron en conjunto algunas consecuencias negativas. Estos elementos causaron una importante desorganización de las relaciones y procesos económicos y comerciales y de las corrientes comerciales tradicionales, y cambios en el sistema de pagos. También contribuyeron a profundizar la recesión económica: disminución de la producción, bajo nivel de utilización de la capacidad productiva, equipo tecnológico obsoleto, elevado crecimiento del desempleo, aumento de la tasa de inflación debido principalmente a la liberalización de los precios, disminución de las reservas monetarias y de divisas, y disminución de las exportaciones con la consiguiente reducción de la producción interna. En 1991 el PIB disminuyó un 14,5 por ciento, en 1992 un 7 por ciento y en 1993 un 4,1 por ciento.

Esta situación requirió cambios sustanciales de la estructura industrial, comercial y de los servicios, así como soluciones permanentes para hacer frente a las consecuencias de la rápida transformación de la industria mecánica (industria de armamentos), el establecimiento de una nueva política económica, financiera y monetaria, y la adopción de medidas legislativas fundamentales para superar el proceso de transformación económica.

La transformación económica debe estructurarse con el fin de disminuir en lo posible sus efectos negativos sobre los niveles de vida de la población y para mantener la armonía social.

A pesar de un comienzo desfavorable en 1993 y principios de 1994 la República Eslovaca prosigue el proceso de transformación económica, y los resultados de 1994 y del primer semestre de 1995 ponen de manifiesto una reactivación gradual de la economía. Las consecuencias positivas de las medidas adoptadas por el Gobierno y la recuperación registrada después de la recesión económica mundial se concretan en una baja tasa de inflación, la estabilización de la tasa de desempleo, el crecimiento del PIB y el aumento de las exportaciones.

Al 1. de enero de 1994 el PIB a precios constantes fue de 5.880 millones de dólares EE.UU. y en comparación con 1993 aumentó el 4,8 por ciento. La apertura de la economía eslovaca (participación de las exportaciones en el PIB a precios corrientes) fue del 53,8 por ciento en 1994, mientras que en 1993 había sido del 49,3 por ciento. Comparando 1994 con 1993, las exportaciones eslovacas aumentaron el 27,8 por ciento y las importaciones el 8,6 por ciento. La tasa de inflación disminuyó al pasar del 23,2 por ciento en 1993 al 13,4 por ciento en 1994. La tasa de desempleo fue del 12,2 por ciento en 1993 y del 13,3 por ciento en 1994.

Durante el primer semestre de 1995 la República Eslovaca prosiguió su desarrollo económico y el PIB aumentó un 6,2 por ciento en comparación con el primer semestre de 1994. Este crecimiento fue consecuencia del aumento de la demanda interna. La tasa de inflación alcanzó el 11 por ciento pero pudo disminuirse su crecimiento gracias a la relación positiva que se estableció entre el aumento de la productividad laboral y el aumento del salario nominal medio, así como al reducido aumento de los préstamos en moneda nacional y a la estabilidad alcanzada por las reservas de divisas. Durante el primer semestre de 1995 la tasa de desempleo fue del 13,7 por ciento y las exportaciones aumentaron un 22,8 por ciento y las importaciones un 24,6 por ciento, lo que dio un saldo de 18,75 millones de dólares EE.UU., al mismo tiempo que la apertura de la economía eslovaca alcanzó el 54,5 por ciento.

Comercio exterior y vinculaciones macroeconómicas

El comercio exterior desempeña una función decisiva en el desarrollo económico de la República Eslovaca. En consecuencia, la política comercial constituye parte integrante de la estrategia económica general del país, habida cuenta de que sólo es posible lograr el crecimiento económico si las exportaciones son competitivas. Con este fin se adoptan medidas en el entorno macroeconómico y también en el microeconómico, entre otras cosas para intensificar las exportaciones, fomentar la inversión extranjera, etc. La República Eslovaca ha desempeñado una función activa en el proceso de liberalización y ha apoyado los esfuerzos internacionales encaminados a liberalizar el comercio mundial en el marco de la Ronda Uruguay del GATT, sobre una base multilateral. Este proceso también se respalda mediante acuerdos regionales.

La política comercial se formula con arreglo a las posibilidades de crecimiento económico. La legislación por la que se establece el marco de esta política constituye el instrumento más importante, junto con los ministerios e instituciones competentes que participan en su aplicación según sus atribuciones.

El objetivo fundamental de la política comercial de la República Eslovaca es fomentar el crecimiento económico del país y fomentar la creación de nuevos empleos sobre la base del desarrollo de las exportaciones. Estos objetivos sólo pueden alcanzarse en un sistema abierto de comercio internacional sin obstáculos ni discriminaciones. Los fundamentos de la política de comercio exterior de la República Eslovaca y los puntos de partida para el ulterior desarrollo de dicho comercio en los próximos años se establecieron teniendo en cuenta los hechos antes mencionados, en el contexto del proceso permanente de liberalización y supresión de monopolios en todas las actividades, especialmente en el comercio exterior.

La gran influencia que tiene la estabilidad del entorno del comercio exterior en los porcentajes y las relaciones de exportación e importación se vio confirmada especialmente durante los dos primeros años de existencia de la República Eslovaca soberana. En 1993 el PIB disminuyó el 4,1 por ciento en comparación con 1992 y la producción industrial el 3,8 por ciento en comparación con el mismo año, pero a diferencia de lo ocurrido en 1992 esa disminución se debió principalmente a la reducción de las exportaciones. La influencia de la inestabilidad del comercio exterior se reflejó en los indicadores estructurales, territoriales y globales.

El establecimiento de relaciones estables en el comercio exterior y de nuevos porcentajes entre las exportaciones y las importaciones es un proceso a largo plazo. La República Eslovaca se compromete firmemente a crear y desarrollar esas relaciones con todos los países del mundo. La definición mediante acuerdos de las relaciones comerciales de la República Eslovaca con territorios concretos aumenta el grado de estabilidad en la esfera del comercio exterior.

Política comercial

Habida cuenta de las necesidades de la economía eslovaca durante los dos próximos años, la política comercial tiene por objetivo mantener el saldo positivo del comercio exterior, mantener el grado de apertura de la economía nacional al nivel de aproximadamente el 55 por ciento, mejorar la estructura de las exportaciones favoreciendo los grupos de productos que tengan mayor valor añadido y crear nuevos puestos de trabajo mediante el fomento de la exportación en los sectores en que existe capacidad y productos competitivos. Estos objetivos se expresan en el concepto de comercio exterior que incluye los instrumentos para alcanzarlos.

El concepto de comercio exterior de la República Eslovaca se basa y se corresponde con su política exterior y cumple sus prioridades. La primera es la intensificación de la actual política de relaciones más estrechas con la Unión Europea. Su objetivo es lograr la integración de la República Eslovaca en la UE e intensificar sus relaciones con todos los países vecinos, es decir, la República Checa, Polonia, Hungría, Austria y Ucrania, y desarrollar las relaciones económicas con todos los países del mundo sobre la base del beneficio mutuo.

La política industrial de la República Eslovaca contribuye al logro de esos objetivos. Esta política se basa en determinar los problemas internos y externos y los principios necesarios a fin de establecer las condiciones básicas para el éxito del desarrollo de la industria y las empresas privadas. Al mismo tiempo se adoptan medidas para garantizar su realización.

Habida cuenta de que la política industrial guarda relación con la política de comercio exterior, es importante que ambas estén coordinadas para establecer un entorno competitivo mediante la liberalización de la política comercial, lo que contribuirá a desarrollar la competitividad de los productos nacionales.

El concepto de política comercial exterior del sector agrícola se orienta hacia la aplicación de los instrumentos típicos de este comercio concreto en cumplimiento del Acuerdo sobre la Agricultura en el marco de la OMC. Otros objetivos son aumentar la tasa de liberalización del comercio y suprimir los obstáculos al comercio de productos agrícolas, mejorar la explotación de las concesiones basadas en acuerdos regionales y bilaterales y aumentar las exportaciones de los productos cuya producción nacional supere la demanda del mercado interno.

La política comercial también está coordinada con la política antimonopolística ya que ambas están estrechamente relacionadas entre sí e influyen directamente en el comercio. La determinación de la existencia de prácticas comerciales restrictivas se hace con arreglo a la legislación nacional, equivalente a la legislación antimonopolios existente en los países desarrollados con economía de mercado. Se presta especial atención a los acuerdos de cártel para la exportación y la importación, las restricciones voluntarias de la exportación, los obstáculos de acceso al mercado, las fusiones supranacionales y el dumping estratégico cuando influyen de forma directa en la estructura comercial de la República Eslovaca y su entorno competitivo.

Política en materia de infraestructura de transportes

La aceleración y racionalización del transporte de mercancías desempeña un papel importante en el comercio exterior. Por consiguiente, el concepto de política de infraestructuras de transportes está encaminado a acelerar el desarrollo de esas infraestructuras y al mismo tiempo adaptar el sector del transporte a las condiciones del mercado libre y armonizar sus condiciones técnicas y económicas con las de la UE. Se parte del supuesto de que se establecerán condiciones comparables para los comerciantes eslovacos, sobre la base del beneficio mutuo. Al crear conexiones de infraestructura con las redes de transporte continentales y regionales de Europa es necesario mejorar los niveles técnicos y el estado de los medios de transporte, modificar el equipo de las estaciones y lugares de tránsito a los países vecinos, y completar y conectar la red internacional de autopistas.

Política financiera

En lo que respecta a los objetivos de la política de comercio exterior, la tarea prioritaria de la política financiera es crear las condiciones necesarias para fomentar la inversión, desarrollar la ciencia y la tecnología y garantizar un saldo comercial positivo. Los principales instrumentos financieros son los impuestos, las exenciones fiscales y las reducciones arancelarias. Las actividades de fomento del mercado de capitales, preparadas en el marco de la nueva legislación, y la transformación permanente del sector bancario mediante la prevista enmienda a la Ley del Banco Nacional de la República Eslovaca y la Ley Bancaria, deberían contribuir a reactivar la economía.

Política de precios

Después de la liberalización completa de los precios llevada a cabo en 1991 y su ulterior desregulación en los años siguientes, sólo se encuentra regulado en el comercio minorista el 5 por ciento aproximadamente de los precios de bienes y servicios. Se trata de precios de servicios públicos, de la energía, el gas, la calefacción y la electricidad, que están regulados para los consumidores privados. Estos precios no bastan para cubrir los costos. El Gobierno está preparando una adaptación gradual de los precios del gas natural y la electricidad para cubrir su costo. Estas adaptaciones se preparan muy cuidadosamente teniendo en cuenta el programa social.

Política monetaria

El establecimiento de un sistema monetario independiente en la República Eslovaca a raíz de su abandono de la moneda checoslovaca requirió una política monetaria independiente. Sus objetivos fundamentales fueron estabilizar la moneda nacional, reducir al mínimo las tendencias inflacionistas, mantener la balanza de pagos, fortalecer las reservas de divisas y mantener la convertibilidad interna de la moneda.

La convertibilidad interna se introdujo a partir del 1. de enero de 1991 en la antigua República Federal Checa y Eslovaca. Esta convertibilidad se mantuvo también en la República Eslovaca hasta el 1. de octubre de 1995. El régimen de convertibilidad interna de la corona eslovaca hizo posible que los empresarios pagaran en divisas a sus asociados extranjeros. Estas divisas podían comprarse en coronas eslovacas en los bancos de la República. A cambio de ello, los empresarios estaban obligados a vender al banco todas sus reservas en divisas, excepto las participaciones de capital extranjero en una empresa mixta, o las donaciones, herencias o legados.

Tras el programa gradual encaminado a conseguir la plena convertibilidad de la corona eslovaca y teniendo en cuenta que la Ley de Comercio Exterior N. 528/1990 no reflejaba plenamente el estado de transformación económica de la República Eslovaca, así como para proseguir la liberalización de las relaciones económicas con el exterior, el 1. de octubre de 1995 entró en vigor una nueva Ley de comercio exterior que estableció la convertibilidad de la corona eslovaca en las operaciones de cuenta corriente de la balanza de pagos. Las operaciones en cuenta de capital requieren el permiso del Banco Nacional de la República Eslovaca para operar con divisas. La nueva Ley autoriza a los no residentes a llevar a cabo transferencias financieras en el marco de operaciones de cuenta corriente, así como a los residentes a efectuar pagos en el extranjero. La Ley de Comercio Exterior considera equivalente la situación de las personas jurídicas y físicas residentes en lo que se refiere a realizar operaciones de cuenta corriente. Con arreglo a dicha Ley, se requiere autorización para operar en divisas en transacciones con valores extranjeros y de compra de divisas en efectivo, así como para la concesión de créditos financieros e instrumentos de garantía a no residentes, la aceptación de créditos financieros del extranjero, la exportación e importación de moneda nacional y extranjera y la apertura de cuentas bancarias en divisas (con algunas excepciones). La Ley de Comercio Exterior se refiere a lo siguiente:

    -    derechos y obligaciones de los residentes y los no residentes: operaciones comerciales en divisas, adquisición de bienes inmuebles por parte de no residentes, aceptación de créditos financieros del extranjero, inversiones en el exterior, obligaciones de información y rescate, obligación de transferir los fondos financieros, obligaciones de depósito, operaciones de capital y mercados monetarios y otras relaciones en divisas;

    -    esfera de actividad de las autoridades en materia de divisas;

    -    esfera de actividad de las autoridades aduaneras con arreglo a dicha Ley;

    -    control de divisas.

La nueva Ley cumple lo dispuesto en el artículo VIII del Convenio Constitutivo del FMI.

Protección de la propiedad intelectual

Se ha establecido la Oficina de la Propiedad Intelectual para proteger los derechos correspondientes. La República Eslovaca ha firmado todos los acuerdos multilaterales importantes sobre protección de la propiedad intelectual. Se trata de los Convenios o Convenciones de París, Berna y Roma (revisados y enmendados) así como de los Arreglos de Madrid, Lisboa y Locarno y otros de carácter bilateral y multilateral por los que se establecen las normas de protección de la propiedad intelectual en el marco de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

La legislación de la República Eslovaca es plenamente compatible con esos Acuerdos y con los concertados en el marco de la OMPI y la OMC. La República Eslovaca garantiza una protección eficaz de la propiedad intelectual. En la legislación eslovaca correspondiente al sector de la propiedad intelectual no se incluye ninguna norma que no se ajuste al Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio.