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El Acuerdo de la OMC sobre Subvenciones y Medidas
Compensatorias prohíbe las subvenciones a la
exportación y las que están supeditadas al empleo de
productos nacionales con preferencia a los importados. No
obstante, define específicamente como subvenciones
no recurribles, o protegidas contra las
medidas compensatorias que puedan adoptar o los
procedimientos de solución de diferencias que puedan
iniciar los demás Miembros de la OMC ciertas
subvenciones para la adaptación de instalaciones
existentes a nuevas exigencias ambientales, para la
asistencia a regiones del país económicamente
desfavorecidas y para actividades de investigación y
desarrollo realizadas por empresas o por instituciones de
enseñanza superior. Para ser tratado como no recurrible,
un programa de subvenciones debe cumplir determinados
criterios establecidos en el Acuerdo.El
marco de la OMC sobre subvenciones no
recurribles fue completado el 2 de junio, fecha en
que el Comité de Subvenciones y Medidas Compensatorias
adoptó el procedimiento de arbitraje vinculante para
determinar la condición de esos tipos de subvenciones.
Previamente el Comité había adoptado los demás
elementos del marco, que son los modelos para la
notificación inicial de esos programas y para las
notificaciones de actualización.
El
Acuerdo sobre Subvenciones prevé que los gobiernos
notifiquen los programas de subvenciones que consideren
no recurribles antes de su aplicación. El
Comité de Subvenciones examina esas notificaciones. Si
el Comité no llega a un consenso en cuanto a si un
programa notificado cumple los criterios establecidos en
el Acuerdo para ser tratado como no recurrible, cualquier
Miembro puede solicitar un arbitraje vinculante para
determinar la naturaleza del programa. El órgano
arbitral debe presentar sus conclusiones en un plazo de
120 días.
El
texto completo del procedimiento de arbitraje (documento
G/SCM/19) y los modelos para las notificaciones iniciales
y las notificaciones de actualización (documentos
G/SCM/14 y G/SCM/13, respectivamente) están disponibles
en el sitio de la OMC en la Web (www.wto.org).
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