Las
salvaguardias
Un
Miembro de la OMC puede adoptar una medida de salvaguardia (es decir, restringir
temporalmente las importaciones de un producto) para
proteger a una rama de producción nacional específica
de un aumento de las importaciones de un producto que
cause o amenace causar daño grave a esa rama de
producción.
Siempre se pudo recurrir a estas medidas en el marco del
GATT (artículo XIX). No obstante, no se utilizaron
con frecuencia, al preferir algunos gobiernos proteger
las ramas de producción mediante medidas de zona
gris (acuerdos de restricción
voluntaria de las exportaciones de productos
tales como los automóviles, el acero y los
semiconductores).
El
Acuerdo de la OMC sobre Salvaguardias aportó
innovaciones al prohibir las medidas de zona
gris y establecer plazos para todas las medidas de
salvaguardia (cláusula de extinción).
> Ver las
estadísticas
|