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El
Órgano de Examen de las Políticas Comerciales de la
Organización Mundial del Comercio (OMC) llevó a cabo su
segundo examen de las políticas comerciales de Nueva
Zelandia los días 21 y 22 de octubre de 1996.
Adjunto figura el texto de las observaciones
recapitulativas del Presidente, donde se reseñan los
puntos más destacados que se plantearon durante los dos
días de debates.
Este
tipo de exámenes permite al OEPC realizar a intervalos
regulares una evaluación colectiva de todas las
políticas y prácticas comerciales de cada país
Miembro, para seguir de cerca las tendencias y
acontecimientos importantes que puedan tener
repercusiones en el sistema mundial de comercio.
El
examen se basa en dos informes, uno de la Secretaría de
la OMC y otro del Gobierno objeto de examen, en los que
se consideran todos los aspectos de las políticas
comerciales del país de que se trate, entre ellos sus
leyes y reglamentos nacionales, el marco institucional,
los acuerdos bilaterales y regionales y otros acuerdos
preferenciales, las necesidades económicas más
generales y el entorno exterior.
Más
adelante se publicará la documentación completa del
examen de las políticas comerciales de Nueva Zelandia,
que comprenderá, además de esos dos informes, un acta
del debate y el resumen del Presidente. Esa
documentación podrá solicitarse a la Secretaría de la
OMC, Centro William Rappard, 154 rue de Lausanne, 1211
Ginebra 21.
Desde
diciembre de 1989 se han llevado a cabo los siguientes
exámenes: Argentina
(1992), Australia (1989 y 1994), Austria (1992),
Bangladesh (1992), Bolivia (1993), Brasil (1992),
Camerún (1995), Canadá (1990, 1992 y 1994), Chile
(1991), Colombia (1990 y 1996), Comunidades Europeas
(1991, 1993 y 1995), Corea, Rep. de (1992 y 1996), Costa
Rica (1995), Côte d'Ivoire (1995), Egipto (1992),
Estados Unidos (1989, 1992 y 1994), Filipinas (1993),
Finlandia (1992), Ghana (1992), Hong Kong (1990 y 1994),
Hungría (1991), India (1993), Indonesia (1991 y 1994),
Islandia (1994), Israel (1994), Japón (1990, 1992 y
1995), Kenya (1993), Macao (1994), Malasia (1993),
Marruecos (1989 y 1996), Mauricio (1995), México
(1993), Nigeria (1991), Noruega (1991 y 1996), Nueva
Zelandia (1990 y 1996), Pakistán (1995), Perú
(1994), Polonia (1993), República Checa (1996),
República Dominicana (1996), República Eslovaca (1995),
Rumania (1992), Senegal (1994), Singapur (1992
y 1996), Sri Lanka (1995), Sudáfrica (1993), Suecia
(1990 y 1994), Suiza (1991 y 1996), Tailandia (1991 y
1995), Túnez (1994), Turquía (1994), Uganda (1995),
Uruguay (1992), Venezuela (1996), Zambia (1996) y
Zimbabwe (1994).
ÓRGANO
DE EXAMEN DE LAS POLÍTICAS COMERCIALES: NUEVA ZELANDIA
OBSERVACIONES FORMULADAS POR EL PRESIDENTE A MODO DE
CONCLUSIÓN
El
Órgano de Examen de las Políticas Comerciales ha
concluido su segundo examen de las políticas y
prácticas comerciales de Nueva Zelandia. Las presentes
observaciones, que formulo a título personal, resumen
los puntos más destacados del debate, sin pretender
sustituir la evaluación y apreciación colectivas de las
políticas y prácticas comerciales de Nueva Zelandia.
Los pormenores del debate se recogerán en las actas de
la reunión.
En
el debate se han tratado cuatro temas principales: i) el
entorno macroeconómico y estructural; ii) cuestiones
multilaterales y regionales; iii) cuestiones específicas
relacionadas con el comercio; y iv) cuestiones
sectoriales.
El
entorno macroeconómico y estructural
Los
participantes han encomiado la valiente transformación
económica efectuada, en gran medida unilateralmente, por
Nueva Zelandia, que ha hecho de su economía una de las
más abiertas del mundo. Las reformas microeconómicas,
unidas a la estabilidad macroeconómica, han impulsado
los buenos resultados obtenidos por la economía
neozelandesa en los últimos años y constituyen la base
para el desarrollo económico sostenido en el futuro. Se
ha reconocido que las reformas de la política comercial
son la pieza central de las actividades generales de
liberalización, aunque también se consideran
importantes la privatización y la conversión de
empresas públicas en sociedades comerciales, así como
la política financiera, la política fiscal, la
política en materia de inversión extranjera, y otros
aspectos.
Los
Miembros han manifestado su interés por la influencia de
la reforma del mercado de trabajo en el aumento de la
productividad, que está permitiendo a los exportadores
neozelandeses mantener el volumen de las exportaciones a
pesar de la apreciación de la moneda. La inversión,
incluida la inversión extranjera directa, ha aumentado
rápidamente y, a pesar del considerable superávit
presupuestario del Estado, está aventajando al ahorro, y
ese desequilibrio se refleja en el déficit en cuenta
corriente. El reconocimiento de la relación existente
entre ambos elementos ha dado lugar a preguntas sobre la
oportunidad de los recortes fiscales y los esfuerzos para
promover el ahorro. Habida cuenta de que el éxito de las
reformas ha reforzado la presión para que siga el
proceso de liberalización del comercio, los
participantes han preguntado en qué sectores es más
fuerte dicha presión. Se ha pedido a Nueva Zelandia que
explique cómo se prevé que evolucione la política en
los pocos ámbitos en los que se mantienen limitaciones
sectoriales a la inversión extranjera directa.
Los
Miembros han preguntado si se habían estudiado
previamente los posibles beneficios de la reforma y si
dichos estudios habían propiciado la reforma económica,
y han solicitado información sobre las repercusiones
efectivas o previstas de las reformas de la Ronda Uruguay
en los precios pagados por los factores de producción
neozelandeses, como las tierras destinadas a la
agricultura. Por último, los participantes han
manifestado su interés por la evolución prevista de la
política económica de Nueva Zelandia.
En
respuesta, el representante de Nueva Zelandia ha
señalado que se ha reconocido claramente la relación
entre los deficientes resultados económicos obtenidos
por Nueva Zelandia antes de 1984 y la política
económica cerrada que se aplicaba en esa época;
asimismo, muchos estudios han demostrado los elevados
costos de la protección. En los últimos años han
podido verse claramente los resultados de la
liberalización de la economía. La productividad total
de los factores ha aumentado mucho más rápidamente que
antes; tras un período de reducción de costos,
actualmente se está invirtiendo en actividades
encaminadas a incrementar la productividad de la mano de
obra mediante la capacitación y la diversificación de
tareas. Aunque el aumento de la productividad no puede
atribuirse exclusivamente a la reforma del mercado
laboral, ésta ha desempeñado un papel fundamental y ha
incidido en la velocidad con que se ha llevado a cabo el
ajuste económico. El representante de Nueva Zelandia ha
señalado que no se considera que el déficit en cuenta
corriente represente un problema, habida cuenta de que se
produce en un contexto de elevado nivel de inversión
privada, desarrollo y diversificación de las
exportaciones y superávit fiscal. Además, la
simplificación de la estructura fiscal neozelandesa,
unida a la estabilidad de los precios, está propiciando
el ahorro interno.
Las
decisiones sobre privatización y conversión de empresas
públicas en sociedades comerciales se toman caso por
caso. Por lo que se refiere a la inversión extranjera
directa, al determinar el compromiso financiero de los
solicitantes, las autoridades tratan de asegurarse de que
las inversiones propuestas van a ser efectuadas realmente
por el solicitante de la autorización y de que el
solicitante se compromete a invertir sus propios recursos
financieros. Las restricciones que se aplican a la
inversión en el sector pesquero sólo se refieren a la
propiedad de los contingentes de pesca, mientras que las
relativas a la optometría, que se aplican tanto a
empresas de propiedad nacional como de propiedad
extranjera, limitan la posibilidad de que una sociedad
controle más del 45 por ciento de una empresa de
optometría; estas últimas restricciones se están
revisando actualmente.
Cuestiones
multilaterales y regionales
Se
ha señalado que la política comercial de Nueva Zelandia
opera a cuatro niveles: multilateral, unilateral,
bilateral y regional. Los participantes se han interesado
por la relación existente entre esos niveles y han
preguntado si Nueva Zelandia da prioridad al plano
multilateral. Se ha pedido a la delegación de Nueva
Zelandia que explique la función del sistema
multilateral por lo que se refiere al respaldo de sus
propias reformas comerciales e internas.
Los
Miembros han señalado que se espera que la aplicación
de los Acuerdos de la OMC tenga un considerable efecto
positivo en la economía neozelandesa, que, según las
previsiones, será una de las principales beneficiarias
de la reforma del comercio multilateral. Se ha solicitado
información sobre los mecanismos de aplicación de los
compromisos multilaterales, tales como los resultados de
los grupos de solución de diferencias de la OMC, en la
legislación nacional.
El
Acuerdo comercial por el que se estrechan las relaciones
económicas entre Australia y Nueva Zelandia (CER) se
cuenta entre los acuerdos comerciales de mayor alcance
del mundo. Los participantes han manifestado su interés
por la experiencia de Nueva Zelandia por lo que respecta
a la supresión de las medidas antidumping en el comercio
transtasmanio y a la aplicación a ese comercio de la
legislación nacional en materia de competencia; se ha
pedido a Nueva Zelandia que explique cuáles son las
implicaciones del artículo XXIV del GATT para ese
acuerdo. Se han formulado preguntas sobre la posibilidad
de ampliar el número de miembros del CER. También se ha
preguntado si se prevé adoptar medidas sobre el acuerdo
concertado entre los sindicatos marítimos de ambos
países, que parece excluir la competencia de terceros
países en el transporte marítimo transtasmanio.
Varios
participantes, que se han referido a la participación
activa de Nueva Zelandia en el APEC y al aumento de la
proporción de su comercio dentro de la región, han
preguntado cuáles son sus planes a ese respecto.
El
representante de Nueva Zelandia ha respondido que en un
estudio encargado por el Gobierno se estimaba que la
Ronda Uruguay supondría para Nueva Zelandia ganancias
equivalentes al 2,3 por ciento de su PIB antes del año
2005, y crearía entre 20.000 y 30.000 nuevos puestos de
trabajo. La subida de los precios de los productos
agropecuarios resultante de la Ronda Uruguay tendería a
dar lugar a una subida de los precios de la tierra en
zonas rurales. Éstos han aumentado en un tercio
entre 1994 y 1995, aunque el representante de Nueva
Zelandia ha señalado que la Ronda Uruguay no ha sido el
único factor determinante.
Aunque
en un principio se esperaba que algunos sectores se
vieran afectados por la liberalización efectuada en el
marco del CER, para 1988 se había comprobado que era
posible adelantar la fecha de la liberalización completa
del comercio bilateral de mercancías de 1995
a 1990. El CER se ha ampliado recientemente de
manera que abarca también los servicios de aviación, y
Nueva Zelandia espera que las exclusiones que todavía
existen en el sector de los servicios puedan eliminarse
en los próximos años; últimamente las dos partes han
acordado estudiar la posibilidad de establecer en el
marco del CER un protocolo sobre la inversión. El CER
deja abierta la posibilidad de incrementar el número de
sus miembros; todas las peticiones que se formulen se
estudiarán atentamente y se atenderá especialmente a
las solicitudes procedentes de Miembros de la OMC. Las
dos partes han convenido en que sería lógico alinear
las normas de origen del CER con el criterio del cambio
de partida arancelaria, y han acordado estudiar las
repercusiones de un cambio de esa índole, en particular
por lo que se refiere a los alimentos elaborados, los
productos forestales, el acero y el calzado. No obstante,
esos cambios sólo se aplicarían una vez concluido el
proceso de la OMC. El acuerdo bilateral con el Canadá
formalizaba unas preferencias arancelarias que tenían su
origen en el plan de preferencias del Commonwealth. En
1995, el Canadá y Nueva Zelandia acordaron mantener unos
márgenes de preferencia, siempre y cuando no impidieran
la liberalización unilateral de los aranceles. Nueva
Zelandia sigue considerando que la liberalización total
del comercio multilateral es el mejor de los resultados y
el objetivo al que se tiende en los cuatro planos. Nueva
Zelandia considera que la OMC debería establecer un
programa ambicioso a ese respecto.
Cuestiones
específicas relacionadas con el comercio
Los
participantes han manifestado su satisfacción por el
hecho de que la protección comercial que mantiene Nueva
Zelandia se limite a los aranceles de importación,
puesto que se ha suprimido la práctica totalidad de las
medidas no arancelarias. En el pasado decenio se han
reducido considerablemente los aranceles y se prevé
introducir nuevas reducciones en el período 1997-2000.
Los participantes esperan que las futuras reducciones
hagan disminuir considerablemente la protección de que
siguen gozando determinados sectores, como el de los
textiles y el vestido, y reduzcan la progresividad
arancelaria y los márgenes de preferencia regionales.
Asimismo, las reducciones permitirán reducir el impacto
del plan de concesiones arancelarias de Nueva Zelandia
sobre las desigualdades existentes entre los aranceles.
Como resultado de la Ronda Uruguay, Nueva Zelandia ha
incrementado considerablemente el porcentaje de líneas
arancelarias consolidadas en el marco de la OMC; no
obstante, algunas delegaciones han señalado que los
tipos aplicados suelen ser bastante inferiores a los
niveles consolidados y que todavía podrían reducirse
considerablemente los tipos consolidados.
Los
participantes han manifestado su interés por la
interrelación existente entre las medidas correctivas y
las políticas en materia de competencia. Se ha formulado
una pregunta concreta sobre los procedimientos que se
siguen en los casos antidumping y se ha preguntado si las
normas que se aplican en ese ámbito pueden equipararse a
las que se aplican en el marco de la política
neozelandesa en materia de competencia. Se ha pedido a
Nueva Zelandia información adicional sobre las normas,
en particular por lo que se refiere al acceso al mercado
de las telecomunicaciones, sobre las medidas sanitarias
con respecto a la importación de quesos, y sobre la
situación de los acuerdos de reconocimiento mutuo con
algunos otros Miembros.
Algunos
participantes consideran que determinados requisitos
relativos a las posibilidades de suministro nacional para
contratos públicos otorgan cierta ventaja a los
productores nacionales y han pedido a Nueva Zelandia que
siga estudiando la posibilidad de adherirse al Acuerdo
Plurilateral sobre Contratación Pública. Se han pedido
aclaraciones sobre el funcionamiento de determinadas
disposiciones en materia de propiedad intelectual, como
la duración de las patentes y la aplicación de la Ley
de Indicaciones Geográficas a proveedores extranjeros.
Nueva
Zelandia entiende que la cuestión del nivel de las
consolidaciones debe situarse en su contexto. El promedio
ponderado de la reducción arancelaria introducida en el
marco de la Ronda Uruguay es de aproximadamente un 50 por
ciento, lo que supera con creces el objetivo previsto,
que era de una tercera parte; las consolidaciones
actuales de Nueva Zelandia ofrecen considerables
garantías. Las concesiones arancelarias permiten
garantizar que los aranceles no imponen nuevos costos a
las empresas que utilizan insumos no producidos en Nueva
Zelandia. El plan de concesiones es transparente y está
bien documentado; una vez otorgadas, las concesiones no
suelen retirarse. Se ha llevado a cabo una considerable
liberalización en el ámbito de los textiles y el
vestido, y las importaciones neozelandesas han aumentado
en cerca de un 30 por ciento en los últimos cinco años.
El
representante de Nueva Zelandia ha señalado que no se
pretende que la legislación en materia de competencia
sustituya en general a las investigaciones antidumping.
La existencia de unas circunstancias específicas ha
hecho posible suprimir las medidas antidumping del
comercio transtasmanio. El Gobierno está estudiando la
conveniencia de iniciar un debate público sobre la
posibilidad de otorgar mayor peso a los intereses
nacionales en las medidas antidumping. Nueva Zelandia se
ha puesto a disposición de la Unión Europea para
celebrar consultas oficiosas sobre la reciente
imposición de derechos compensatorios a los spaghetti
enlatados procedentes de Italia.
Por
lo que se refiere a la contratación pública, el
representante ha señalado que el régimen de
contratación pública de Nueva Zelandia es plenamente
conforme a los principios de no discriminación, trato
nacional y transparencia de la OMC. De hecho, va más
allá de las disciplinas establecidas en el Acuerdo sobre
Contratación Pública de la OMC, que se considera
fallido porque da cabida a exenciones bilaterales y
sectoriales. La adhesión al Acuerdo supondría escasos
beneficios para los exportadores neozelandeses, a cambio
de los cuales Nueva Zelandia tendría que hacer frente a
mayores costos de reglamentación.
Nueva
Zelandia considera que la política comercial está
estrechamente vinculada a la política económica general
encaminada a promover la eficiencia, incluida la
política en materia de competencia. La reducción de los
obstáculos arancelarios viene a complementar la
desreglamentación de los distintos sectores y fomenta la
competencia en toda la economía. A su vez, la mejora de
la competencia en la economía nacional influye en la
política comercial al permitir a Nueva Zelandia apoyar
una mayor liberalización del comercio a nivel mundial y
regional.
No
se considera que la eliminación, a partir de enero de
1995, del sistema neozelandés de prórroga de las
patentes constituya un paso atrás. La Ley de
Indicaciones Geográficas salvaguarda las indicaciones
geográficas extranjeras en relación con cualquier
acuerdo bilateral o multilateral al que se adhiera Nueva
Zelandia. Hasta la fecha, no se han concertado acuerdos
de esa índole. La Ley de Comercio de Nueva Zelandia no
prohíbe ninguna conducta en particular con respecto a
las concesiones en exclusiva, pero permite a la autoridad
encargada de la competencia y a los tribunales determinar
si determinados comportamientos son perjudiciales para la
competencia.
Cuestiones
sectoriales
Se
ha encomiado a Nueva Zelandia por eliminar las
subvenciones que se otorgaban a las exportaciones
agropecuarias. No obstante, se ha indicado que la
existencia de las juntas de comercialización que
controlan las exportaciones agrícolas está en
contradicción con un entorno comercial abierto, y es
causa de preocupación. Los participantes han manifestado
su interés por los efectos concretos de la Ronda Uruguay
por lo que respecta al acceso de Nueva Zelandia a los
mercados agrícolas.
Los
Miembros han señalado que la política en materia de
competencia ha sido un complemento eficaz de la política
económica y comercial liberal en muchas de las
industrias de servicios, y han pedido a Nueva Zelandia
que brindara más información sobre esa experiencia. Se
ha preguntado a Nueva Zelandia si ha estudiado la
posibilidad de consolidar sus políticas liberales
mediante nuevos compromisos en el marco del Acuerdo
General sobre el Comercio de Servicios. Además, los
participantes estaban interesados en saber si Nueva
Zelandia estaría dispuesta a considerar la posibilidad
de facilitar y ampliar la entrada de proveedores
extranjeros de servicios y a contraer más adelante
nuevos compromisos en el marco del Acuerdo General sobre
el Comercio de Servicios por lo que respecta al
movimiento de personas físicas.
En
el debate se ha hecho referencia también a otros
sectores, entre los que figuran el de los textiles y el
vestido, en relación con el cual se ha felicitado a
Nueva Zelandia por no aplicar contingentes de
importación y por renunciar a la utilización de
salvaguardias especiales, el del aluminio y el acero, y
el de los productos farmacéuticos, respecto del cual
algunos participantes han indicado que el plan que se
utiliza para reembolsar a los pacientes externos el costo
de las medicinas restringe de hecho el acceso a los
mercados.
El
representante de Nueva Zelandia ha sostenido que las
actividades de las juntas de comercialización de las
exportaciones son plenamente compatibles con las
disposiciones de la OMC, que requieren, esencialmente,
que operen de acuerdo con criterios comerciales. La
producción neozelandesa de productos lácteos representa
menos del 2 por ciento de la producción mundial; su
participación en los principales mercados de productos
lácteos es muy pequeña, y refleja las considerables
limitaciones de acceso que persisten en muchos mercados.
Ninguna de las juntas de comercialización neozelandesas
tiene un monopolio de importación; el Gobierno no presta
apoyo a las juntas, pero se aplican medidas de apoyo a
los productos comprendidos en el compartimento verde. La
Medida Global de la Ayuda de Nueva Zelandia en el marco
del Acuerdo sobre la Agricultura es nula.
Las
disposiciones neozelandesas con respecto a los servicios
internacionales de telecomunicaciones se aplican en
régimen n.m.f., pero reconocen que los proveedores
nacionales pueden ser vulnerables a medidas de los
operadores extranjeros, que, en algunas circunstancias,
puede enfrentar a los proveedores entre sí, en
detrimento de los usuarios de telecomunicaciones
neozelandeses. El entorno de competencia existente en
Nueva Zelandia permite la libre negociación de acuerdos
nacionales de interconexión, con el respaldo de la
legislación en materia de competencia. Nueva Zelandia
mantiene cinco exenciones al régimen n.m.f. en el sector
de los servicios; últimamente, en el contexto de las
negociaciones sobre transporte marítimo, Nueva Zelandia
ha estudiado la posibilidad de suprimir una de las
exenciones, y tiene previsto volver a examinar la
cuestión de las exenciones al régimen n.m.f. en la
revisión que deberá efectuarse antes del año 2000. Los
compromisos contraídos por Nueva Zelandia en el sector
de los servicios en el marco de la Ronda Uruguay figuran
entre los compromisos de mayor alcance contraídos en la
Ronda y reflejan su evaluación del balance de los
resultados negociados en el sector de los servicios y en
otros sectores.
El
representante de Nueva Zelandia ha expuesto la estructura
y la política de precios de Pharmac, subrayando que no
controla ni los medicamentos expedidos con receta que se
pueden vender ni, en gran medida, su precio. La exención
de la legislación en materia de competencia tiene por
objeto permitir a las autoridades sanitarias regionales
proseguir la negociación de las subvenciones
farmacéuticas a nivel nacional. El representante de
Nueva Zelandia también ha hecho aclaraciones con
respecto al acero y al aluminio.
En
general, los Miembros han acogido muy favorablemente el
alcance de la liberalización y la apertura de la
economía neozelandesa. Se ha destacado en particular la
combinación de los enfoques multilateral, regional y
unilateral. Siguen planteándose algunas cuestiones en
ámbitos concretos, entre las que figuran la función de
las Juntas de Comercialización en el sector agropecuario
y la posición neozelandesa con respecto al Acuerdo sobre
Contratación Pública. No obstante, la evaluación del
profundo y radical proceso de reforma es positiva y se
considera un ejemplo provechoso para las economías de
otros Miembros de la OMC.
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