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El
Órgano de Examen de las Políticas Comerciales de la
Organización Mundial del Comercio (OMC) llevó a cabo su
tercer examen de las políticas comerciales de Hong Kong,
China los días 7 y 8 de diciembre de 1998. Adjunto
figura el texto de las observaciones formuladas por el
Presidente a modo de conclusión, en las que se reseñan
los puntos más destacados que surgieron durante el
debate. Este tipo de exámenes permite al Órgano de
Examen de las Políticas Comerciales (OEPC) hacer a
intervalos regulares una evaluación colectiva de todas
las políticas y prácticas comerciales de cada país
Miembro de la OMC, a fin de seguir de cerca las
tendencias y acontecimientos importantes que pueden tener
repercusiones en el sistema mundial de comercio.
El
examen se basa en dos informes preparados,
respectivamente, por la Secretaría de la OMC y el
gobierno objeto de estudio, en los que se analizan todos
los aspectos de las políticas comerciales del país,
inclusive sus leyes y reglamentos internos, el marco
institucional, los acuerdos bilaterales y regionales y
otros acuerdos preferenciales, las necesidades
económicas más generales y el entorno externo.
Oportunamente se publicará la documentación completa
del Examen de las Políticas Comerciales de Hong Kong,
China, que comprenderá, además de esos dos informes, un
acta del debate y el resumen del Presidente. Esa
documentación puede solicitarse a la Secretaría de la
OMC, Centro William Rappard, 154 rue de Lausanne, 1211
Ginebra 21.
Desde
diciembre de 1989 se han realizado los siguientes
informes: Argentina
(1992), Australia (1989, 1994 y 1998), Austria (1992),
Bangladesh (1992), Benin (1997), Bolivia (1993), Botswana
(1998), Brasil (1992 y 1996), Burkina Faso (1998),
Camerún (1995), Canadá (1990, 1992, 1994 y 1996),
Colombia (1990 y 1996), Comunidades Europeas (1991, 1993,
1995 y 1997), Corea, Rep. de (1992 y 1996), Costa Rica
(1995), Côte d'Ivoire (1995), Chile (1991 y 1997),
Chipre (1997), Egipto (1992), El Salvador (1996), Estados
Unidos (1989, 1992, 1994 y 1996), Fiji (1997), Filipinas
(1993), Finlandia (1992), Ghana (1992), Hong Kong (1990,
1994 y 1998), Hungría (1991 y 1998), India (1993 y
1998), Indonesia (1991, 1994 y 1998), Islandia (1994),
Islas Salomón (1998), Israel (1994), Jamaica (1998),
Japón (1990, 1992, 1995 y 1998), Kenya (1993), Lesotho
(1998), Macao (1994), Malasia (1993 y 1997), Malí
(1998), Marruecos (1989 y 1996), Mauricio (1995), México
(1993 y 1997), Namibia (1998), Nigeria (1991 y 1998),
Noruega (1991 y 1996), Nueva Zelandia (1990 y 1996),
Pakistán (1995), Paraguay (1997), Perú (1994), Polonia
(1993), República Checa (1996), República Dominicana
(1996), República Eslovaca (1995), Rumania (1992),
Senegal (1994), Singapur (1992 y 1996), Sri Lanka (1995),
Sudáfrica (1993 y 1998), Suecia (1990 y 1994), Suiza
(1991 y 1996), Swazilandia (1998), Tailandia (1991 y
1995), Trinidad y Tabago (1998), Túnez (1994), Turquía
(1994 y 1998), Uganda (1995), Uruguay (1992 y 1998),
Venezuela (1996), Zambia (1996) y Zimbabwe (1994).
ÓRGANO
DE EXAMEN DE LAS POLÍTICAS COMERCIALES: HONG KONG, CHINA
OBSERVACIONES FORMULADAS POR EL PRESIDENTE A MODO DE
CONCLUSIÓN
El
tercer Examen de las Políticas Comerciales de Hong Kong,
China fue llevado a cabo por el Órgano de Examen de las
Políticas Comerciales los días 7 y 8 de diciembre de
1998. Las presentes observaciones, que formulo bajo mi
sola responsabilidad, tienen por objeto resumir los
principales puntos del debate y no pretenden ofrecer un
informe exhaustivo. Los detalles del debate quedarán
reflejados en el acta de la reunión.
El
debate ha versado sobre tres temas principales, a saber:
i) el entorno económico; ii) las políticas y medidas
comerciales y iii) las cuestiones sectoriales.
Entorno
económico
Los
Miembros han felicitado a Hong Kong, China por la
ordenada transferencia de soberanía y por su respuesta a
la crisis de Asia. A pesar de estos dos grandes
acontecimientos, el actual régimen económico podría
definirse como "el de toda la vida". De hecho,
la economía de Hong Kong, China continúa siendo una de
las más abiertas entre todos los Miembros de la OMC,
característica que ha contribuido a que Hong Kong, China
tenga uno de los niveles más altos de vida del mundo. A
pesar de las actuales dificultadas económicas, en
particular la contracción del PIB y el aumento del
desempleo, Hong Kong ha mantenido su apertura tradicional
al comercio y a la inversión y no ha tomado ninguna
medida que repercuta directamente en las importaciones ni
en la inversión extranjera directa, con lo que ha
demostrado su constante compromiso con la primacía de la
OMC, a la que Hong Kong, China ha contribuido en forma
destacada.
Los
Miembros han formulado algunas preguntas en particular
con respecto a la función y condición especial de la
Región Administrativa Especial de Hong Kong (RAEHK) en
China; la repercusión de la crisis financiera asiática
en los resultados macroeconómicos de Hong Kong, China,
en su sistema de tipo de cambio y en su política fiscal;
la reciente intervención en el mercado de valores, y el
cambio en la estructura económica y comercial de Hong
Kong, China.
En
respuesta, la representante de Hong Kong, China ha
agradecido a los Miembros su apoyo a las políticas de
Hong Kong, China y su confirmación de que el régimen de
Hong Kong, China es "el de toda la vida". Ha
añadido que en virtud de la Ley Fundamental la RAEHK
cuenta con un marco firme y garantizado para emprender
políticas económicas libres y abiertas en todos los
frentes.
En
lo que se refiere a los resultados macroeconómicos de
Hong Kong, China, la representante ha declarado su
convencimiento de que los principios fundamentales de la
economía son sólidos y que Hong Kong, China se
encuentra en condiciones de reaccionar en cuanto mejoren
las perspectivas internas y las circunstancias externas,
de las que Hong Kong, China depende fuertemente. El
sistema de tipos de cambio vinculados ha prestado buen
servicio a la economía y su abandono no constituiría
una respuesta adecuada a las dificultades actuales; el
vínculo continúa siendo fundamental para
Hong Kong, China en cuanto centro financiero
internacional y para sus esfuerzos por promover el
comercio internacional, en particular si se tiene en
cuenta la orientación externa de su economía. Además,
debido a la inexistencia de deuda pública y al
considerable nivel de las reservas presupuestarias, el
Gobierno mantiene una actitud fiscal prudente, que
contribuirá a una rápida recuperación.
En
cuanto a las preguntas de los Miembros sobre la reciente
incursión del Gobierno en el mercado de valores, la
representante ha asegurado a la reunión que ello no
significa el abandono de la tradicional política de Hong
Kong, China en favor del libre comercio y de la economía
abierta; la intervención fue un acontecimiento
excepcional, probablemente único, cuyo objetivo es
mantener la estabilidad e integridad del sistema
financiero de Hong Kong, China. El Gobierno no cree que
esta intervención represente ninguna ventaja para las
empresas cuyas acciones se hayan comprado, acciones que
se venderán de forma ordenada. En cuanto al descenso del
sector manufacturero, la representante ha observado que
se trata de un fenómeno más aparente que real y no es,
en ningún caso, algo que se deba invertir, ya que
deberá actuar más bien como acicate para poder contar
con las especializaciones necesarias para atender los
desafíos planteados por un entorno en constante cambio.
Políticas
y medidas comerciales
Los
Miembros han elogiado a Hong Kong, China por su
continuado esfuerzo de liberalización del comercio y por
la transparencia de su comercio y régimen de inversión,
que continúa siendo uno de los más atractivos del
mundo. En particular, los Miembros han acogido
favorablemente la adhesión de Hong Kong, China al
Acuerdo de la OMC sobre Contratación Pública y su
pronta conclusión de la legislación necesaria para
instrumentar el Acuerdo sobre los ADPIC. Los Miembros han
manifestado también su reconocimiento a la política de
desarrollo industrial de Hong Kong, China, basada en el
principio de "mínima intervención y máximo
apoyo".
Los
Miembros han formulado varias preguntas, en particular en
relación con los siguientes aspectos: perspectivas de
nueva consolidación de las líneas arancelarias de Hong
Kong, China, menos de la mitad de las cuales lo están en
la actualidad; medidas antidumping; el sistema de
oposición a las ofertas en las prácticas de
contratación pública; el mantenimiento de la política
industrial de no intervención; el constante problema de
la falsificación de las marcas de fábrica y de comercio
y la piratería de derechos de autor, a pesar del
endurecimiento de la legislación sobre la propiedad
intelectual, y la acertada política de competencia de
Hong Kong, China.
En
respuesta, la representante ha declarado que Hong Kong,
China no ve ninguna necesidad de acelerar su calendario
de consolidación de aranceles, sobre todo si se tiene en
cuenta que ha adoptado ya medidas significativas en este
sentido, por ejemplo, en el marco del Acuerdo sobre
Tecnología de la Información. Hong Kong, China no tiene
ninguna legislación de habilitación sobre medidas
antidumping, derechos compensatorios y salvaguardias,
porque no cree en la protección de sus industrias
nacionales con esas medidas. La adhesión de Hong Kong,
China al Acuerdo sobre Contratación Pública no ha
modificado la política de contratación del Gobierno,
que es abierta y no discriminatoria. Los programas de
ayuda de Hong Kong, China tienen la finalidad de
establecer la infraestructura necesaria para penetrar en
esferas que requieren innovación y especialización,
pero no la de seleccionar sectores especiales. Hong Kong,
China ha aplicado eficazmente las disposiciones del
Acuerdo sobre los ADPIC y ha emprendido acciones de
aplicación más firmes. Hong Kong, China mantiene su
compromiso de promover la competencia y la eficiencia
económica mediante una política de competencia global,
transparente y amplia; la introducción de una
legislación general sobre la competencia no es necesaria
dado que Hong Kong, China es una economía pequeña
orientada hacia el exterior y fuertemente competitiva.
Cuestiones
sectoriales
Los
Miembros han encomiado a Hong Kong, China su régimen
basado en el mercado para la producción y comercio de
mercancías y servicios. Además, han felicitado a Hong
Kong, China por su sólido marco reglamentario, que
ofrece una combinación acertada de orientación y
flexibilidad. También han tenido palabras de elogio para
Hong Kong, China por su aceptación del Cuarto y
Quinto Protocolos del AGCS, referentes a las
telecomunicaciones y los servicios financieros,
respectivamente, en los que el compromiso de Hong Kong,
China ha contribuido de forma significativa a la
conclusión provechosa de las negociaciones.
Los
Miembros han planteado algunas preguntas, en particular
con respecto a los márgenes aparentemente elevados
asociados con el sistema de control del arroz, y sobre
las restricciones en algunos sectores de servicios, sobre
todo las operaciones bancarias extranjeras, las
telecomunicaciones y el transporte.
En
su respuesta, la representante ha declarado que Hong
Kong, China ha adoptado medidas para liberalizar el
comercio del arroz y está estudiando activamente las
maneras de aumentar todavía más la competencia. La
mayor parte de los mercados de servicios de Hong Kong,
China son libres y abiertos. Hong Kong, China mantiene su
compromiso con una mayor liberalización del sistema
bancario, en que se recurra a la reglamentación
únicamente en los casos imprescindibles. La
"limitación a un solo edificio" no ha causado
ninguna dificultad de acceso al mercado para los bancos
extranjeros; no hay ninguna restricción a la inversión
extranjera directa en el sector. En cuanto a las
telecomunicaciones, el Gobierno está actualmente
abriendo este sector mucho más de lo previsto en sus
compromisos en el marco del Cuarto Protocolo del AGCS. En
la Ley Fundamental se especifica claramente que Hong
Kong, China mantendrá su sistema anterior de gestión y
regulación del transporte marítimo. Hong Kong, China no
disfruta de ningún privilegio especial en los puertos de
la China continental.
*****
Conclusiones
En
conclusión, tengo la impresión de que este Órgano ha
encomiado decididamente a Hong Kong, China por haber
mantenido un régimen previsible de comercio e inversión
después de la reunificación con China y en las
difíciles condiciones de la crisis asiática. A pesar de
estos dos grandes acontecimientos, los principios de
libre mercado en que se basan las políticas de comercio
e inversión de Hong Kong junto con su respeto por el
imperio de la ley no han cambiado. Los Miembros han
expresado también su confianza en que con estas
políticas la economía de Hong Kong, China pronto
recupere su crecimiento económico firme y sostenido. En
resumen, estimo que los Miembros han considerado que Hong
Kong, China continúa siendo una de las economías más
abiertas del mundo y que desean que Hong Kong, China siga
avanzando en ese sentido, por ejemplo, aumentando sus
consolidaciones y sus compromisos en el marco del AGCS.
Los Miembros han expresado también su deseo de que Hong
Kong, China continúe contribuyendo, con su ejemplo y
capacidad de liderazgo en la OMC, al fortalecimiento del
sistema multilateral de comercio.
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