
Los
días 4 y 5 de abril de 1995, el Órgano de Examen de las
Políticas Comerciales de la Organización Mundial del
Comercio (OMC) y el Consejo del GATT de 1947 realizaron
el tercer examen del Japón, que ya estaba previsto en el
programa de exámenes de 1994 en el marco del GATT de
1947. Adjunto figura el texto de las observaciones hechas
a modo de conclusión por el Presidente, en que se
resumen los puntos más destacados que se señalaron
durante los dos días de debates.
El
MEPC permite al Consejo realizar un examen colectivo de
toda la gama de políticas y prácticas comerciales de
cada Miembro del GATT, a intervalos regulares, para
seguir de cerca las tendencias y los acontecimientos
importantes que puedan tener repercusiones en el sistema
mundial de comercio.
El
examen se basa en dos informes, que preparan
respectivamente la Secretaría del GATT y el Gobierno
objeto del examen, en los que se consideran todos los
aspectos de las políticas comerciales del país, con
inclusión de sus leyes y reglamentos nacionales, el
marco institucional, los acuerdos bilaterales, regionales
y demás acuerdos preferenciales, las necesidades
económicas más generales y el entorno exterior.
Oportunamente
se publicará la documentación completa del examen de
las políticas comerciales del Japón, que comprenderá,
además de esos dos informes, el acta del debate y el
resumen del Presidente. Podrá obtenerse en la
Secretaría de la OMC, Centro William Rappard, 154 rue de
Lausanne, 1211 Ginebra 21.
Desde
diciembre de 1989 se han llevado a cabo los siguientes
exámenes: Argentina
(1992), Australia (1989 y 1994), Austria (1992),
Bangladesh (1992), Bolivia (1993), Brasil (1992),
Camerún (1995), Canadá (1990, 1992 y 1994), Chile
(1991), Colombia (1990), Comunidades Europeas (1991 y
1993), Corea Rep. de (1992), Egipto (1992), Estados
Unidos (1989, 1992 y 1994), Filipinas (1993), Finlandia
(1992), Ghana (1992), Hong Kong (1990 y 1994), Hungría
(1991), India (1993), Indonesia (1991 y 1994), Israel
(1994), Islandia (1994), Japón (1990 y 1992), Kenya
(1993), Macao (1994), Malasia (1993), Marruecos (1989),
México (1993), Nigeria (1991), Noruega (1991), Nueva
Zelandia (1990), Pakistán (1995), Perú (1994), Polonia
(1993), Rumania (1992), Senegal (1994), Singapur (1992),
Sudáfrica (1993), Suecia (1990 y 1994), Suiza (1991),
Tailandia (1991), Túnez (1994), Turquía (1994), Uruguay
(1992 y 1994) y Zimbabwe (1994).
ÓRGANO
DE EXAMEN DE LAS POLÍTICAS COMERCIALES: JAPÓN
OBSERVACIONES FORMULADAS POR EL PRESIDENTE A MODO DE
CONCLUSIÓN
Esta
reunión conjunta del Órgano de Examen de las Políticas
Comerciales de la OMC y del Consejo del GATT de 1947 ha
dado fin al tercer examen de las políticas y prácticas
comerciales del Japón. Estas observaciones, hechas bajo
mi responsabilidad, son un resumen de los puntos más
destacados suscitados durante el debate y no pretenden
reemplazar la evaluación colectiva de las políticas y
prácticas comerciales del Japón. Los detalles del
debate quedarán recogidos en el acta de la reunión.
El
debate se ha desarrollado en torno a cuatro grandes
temas:
Evolución
macroeconómica
Los
participantes han acogido con satisfacción los indicios
de una incipiente recuperación de la economía japonesa,
recuperación atribuible en parte a la persistente
capacidad del Japón para adaptarse a un entorno exterior
cambiante. Se han hecho preguntas sobre los efectos
macroeconómicos previsibles de la apreciación del yen,
así como sobre las consecuencias económicas del
reciente terremoto de Kobe.
Los
participantes han acogido con satisfacción los esfuerzos
hechos por las autoridades, en particular mediante la
desreglamentación, para lograr que se pase de un
crecimiento impulsado por las exportaciones a un
crecimiento impulsado por la demanda interna. Los
miembros han pedido más información sobre la forma en
que la apreciación de la moneda está afectando a la
estructura de la economía interna, al comercio exterior
y a la estructura de las inversiones. Algunos han
expresado dudas sobre la medida en que los efectos de la
apreciación se están transmitiendo hasta repercutir en
los precios interiores. Se ha manifestado la opinión de
que las asimetrías en la estructura del comercio y de
las inversiones, así como las considerables diferencias
en el nivel de los precios, entre el Japón y el resto
del mundo reflejan las persistentes dificultades de
acceso al mercado japonés. Algunos participantes
también han relacionado la baja productividad del sector
agropecuario, de la construcción y de ciertos otros
servicios con la existencia de restricciones al comercio
y a las inversiones.
Algunos
miembros han hecho observaciones sobre los recientes
cambios de la estructura geográfica y sectorial del
comercio y de las inversiones del Japón, señalando
especialmente una mayor concentración en Asia. Algunos
se han preguntado si la apreciación del yen impulsará
aún más las inversiones en el extranjero y si China
continúa siendo un punto de destino atractivo.
En
respuesta, el representante del Japón ha dicho que las
inversiones en instalaciones y bienes de equipo han
mostrado recientemente indicios de una recuperación
gradual. La reciente apreciación del yen y el terremoto
de Kobe surtirán efectos tanto positivos como negativos;
con todo, su importancia global no está clara todavía.
Ha
observado que la transmisión de los efectos de la
apreciación del yen a los precios interiores está
empezando a ser más rápida y más regular; el nivel
bajo y estable de la inflación refleja el descenso de
los precios de importación. La desreglamentación
también ha servido para reducir algunos precios. Aunque
se afirma que en el Japón los precios son elevados, es
importante señalar que el tipo de cambio no refleja la
paridad de los poderes adquisitivos.
El
porcentaje de las inversiones directas en el extranjero
que se destina a países asiáticos ha aumentado. Como
resultado de ello, se están incrementando las
importaciones efectuadas por el Japón de países de la
región, particularmente las de productos manufacturados.
La reducida cuantía de las inversiones extranjeras
directas en el Japón puede guardar relación con los
altos precios de la tierra, con los largos plazos
necesarios para amortizar las inversiones o con las
prácticas tradicionales en materia de empleo.
Cuestiones
estructurales
Algunos
participantes han observado que el superávit de la
balanza comercial y el superávit en cuenta corriente,
expresados en yen, han disminuido en los últimos años;
otros se han preguntado si hay factores estructurales que
constituyan la causa de la evidente lentitud de la
respuesta de esas cuentas a la apreciación del yen.
Los
participantes han acogido con satisfacción el
reforzamiento de las estructuras institucionales
relacionadas con el comercio, entre ellas la Oficina del
Mediador en Asuntos Comerciales y de Inversiones (OTO) y
la Conferencia de Comercio, pero se han preguntado si se
deben ampliar aún más sus funciones.
Se
ha señalado que existe una evidente disparidad entre,
por una parte, las líneas generales de la política
japonesa de desreglamentación y, por otra, su limitada
aplicación en la práctica, y se ha citado como ejemplo
específico el caso de la vivienda. Los participantes han
solicitado información sobre los efectos concretos de
anteriores programas de desreglamentación y, aun
celebrando el nuevo conjunto de normas de
desreglamentación recientemente anunciado, han señalado
que tales normas deben llevar a resultados mensurables.
Se ha hecho una pregunta sobre los posibles conflictos
entre la desreglamentación y los objetivos sociales en
el Japón.
Algunos
participantes han manifestado que ven con beneplácito
los esfuerzos del Japón por fomentar las importaciones;
otros han señalado los efectos de distorsión que pueden
surtir tales medidas, si se aplican de forma selectiva.
Se
ha subrayado la importancia que tiene la enérgica
aplicación de la política en materia de competencia, en
particular la necesidad de adoptar nuevas medidas de
defensa de la competencia en los sectores en que sigue
habiendo alianzas verticales y en la distribución.
El
representante del Japón ha respondido que el superávit
en cuenta corriente ha bajado recientemente al 2,5 por
ciento del PIB. Expresado en yen, el superávit se redujo
en un 10 por ciento en 1994, si bien la disminución en
dólares de los EE.UU. fue marginal.
Como
resultado de las recomendaciones encaminadas a la
apertura del mercado formuladas por el Consejo del
Mediador en Cuestiones relacionadas con el Acceso al
Mercado, dependiente de la OTO, se han modificado
diversas leyes japonesas. En general, la OTO está
reforzando sus funciones. Los participantes han hecho
después nuevas observaciones sobre la eficacia de la
OTO, en particular sobre la debilidad de las
disposiciones legales y las posibilidades de aplicación
coercitiva, así como sobre la importancia potencial de
la OTO en la promoción de las buenas relaciones con los
países con los que se comercia.
El
representante del Japón ha declarado que, aunque la
desreglamentación tiene la máxima prioridad para el
Gobierno, se necesita tiempo para que las medidas de
reforma surtan plenamente efecto sobre la economía. Se
espera que la desreglamentación reactive la economía
mediante el fomento de la competencia, el mejoramiento
del acceso al mercado y la expansión de las
posibilidades de elección de los consumidores.
El
Programa de Acción de Desreglamentación anunciado el 31
de marzo de 1995 abarca sectores tales como la
distribución, las normas, la certificación y los
procedimientos de importación. La supresión de las
reglamentaciones económicas constituye un principio
básico del programa. Las reglamentaciones de naturaleza
social se reducirán al mínimo necesario para la
consecución de los objetivos de política legítimos. El
Programa será examinado y modificado, de ser necesario,
anualmente.
Además,
el Gobierno tiene la firme voluntad de aplicar
activamente la política de defensa de la competencia.
Así, la Comisión para el Control de Fraudes Comerciales
ha hecho hincapié en la lucha contra las infracciones de
la Ley Antimonopolio, en el aumento de la transparencia
de la aplicación coercitiva de la ley y en el estudio de
las disposiciones reglamentarias.
Los
participantes han puesto de relieve que se necesita mucha
más rapidez y claridad en la desreglamentación,
particularmente en la aplicación en detalle del nuevo
Programa y en la obtención de apoyo de los círculos
mercantiles.
Cuestiones
específicas
Los
participantes han encomiado la notable contribución del
Japón en todos los sectores de las negociaciones de la
Ronda Uruguay. Aunque se ha reconocido la magnitud de las
reducciones arancelarias efectuadas por el Japón, se ha
expresado preocupación por los máximos arancelarios
subsistentes y por la progresividad arancelaria
subsistente en sectores tales como los del cuero, el
calzado y los productos alimenticios elaborados.
Los
miembros han manifestado su satisfacción por la
prórroga por 10 años del esquema japonés del SGP; no
obstante, algunos participantes han instado a que se
supriman los límites máximos aplicados a las
importaciones de productos que son de interés para los
países en desarrollo.
Aunque
se han acogido con beneplácito los amplios compromisos
asumidos por el Japón en relación con el sector
agropecuario, se han señalado los efectos negativos que
tiene sobre el comercio la protección que se sigue
concediendo en ese sector, incluyendo los elevados tipos
arancelarios aplicados fuera de contingente. Varios
participantes han observado que se podría mejorar la
seguridad alimentaria mediante un acceso más liberal al
mercado y mediante la diversificación de los
suministros, medidas reforzadas con las disciplinas de la
Ronda Uruguay en materia de prohibición y restricción
de las exportaciones. Varios miembros han deplorado que
no se haya incluido la pesca en el proceso de
consolidación de los derechos arancelarios de la Ronda
Uruguay; señalando que la política pesquera del Japón
continuará basándose en contingentes y en elevados
derechos arancelarios, han manifestado la esperanza de
que se logre una mayor liberalización en este sector.
Se
ha expresado inquietud específicamente por el acceso de
los productos lácteos, el trigo, la carne y la fruta,
cuando subsisten factores tales como el comercio de
Estado y las reglamentaciones restrictivas de
cuarentena/sanitarias o fitosanitarias. Los participantes
han instado al Japón a que se atenga plenamente a los
Acuerdos pertinentes de la OMC, en particular mediante la
aplicación de las normas internacionalmente acordadas.
Algunos
participantes han hecho observaciones sobre la
continuación de diferentes niveles de imposición en el
caso de las bebidas alcohólicas; se ha exhortado a que
se apliquen cabalmente las recomendaciones formuladas con
anterioridad por un grupo especial del GATT.
Se
han puesto de relieve los efectos restrictivos que las
normas industriales japonesas, incluyendo los códigos de
la construcción, tienen sobre el comercio. Los
participantes han señalado el pequeño número de normas
de tal índole que coinciden con normas internacionales.
En lo que se refiere a las compras del sector público,
las empresas extranjeras siguen teniendo dificultades de
acceso, pese a la reciente liberalización; el número de
casos de contratación directa es todavía considerable,
los requisitos para la calificación no se han
racionalizado plenamente, las disposiciones no oficiales
están generalizadas y las penas en caso de infracción
parecen insuficientes.
Se
han hecho preguntas sobre el consenso a que han llegado
el Japón y la Unión Europea en relación con las
exportaciones de automóviles.
Se
ha señalado el efecto restrictivo que tiene el sistema
de confirmación previa para la importación de tejidos
de seda, y un participante ha pedido que se suprima ese
sistema; algunos participantes también han instado al
Japón a que no adopte medidas de salvaguardia con
arreglo al Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido.
Se
ha acogido con satisfacción el acuerdo bilateral
concertado recientemente por el Japón sobre las medidas
de liberalización en materia de servicios financieros;
no obstante, los participantes han exhortado al Japón a
que multilateralice el acuerdo. Asimismo se ha instado a
que la posición del Japón en lo que se refiere al
movimiento de las personas naturales responda plenamente
a los intereses de los países en desarrollo.
En
respuesta, el representante del Japón ha observado que
la estructura del arancel aduanero del Japón se negoció
en la Ronda Uruguay; los derechos arancelarios se
reducirán como se ha acordado. En el ejercicio
económico de 1995, el Japón ha ampliado los
contingentes del SGP, aumentado el número de
beneficiarios y reducido los derechos aplicables a 12
productos tropicales.
En
el sector agropecuario, el Japón considera que las
medidas en frontera son necesarias para mantener una
producción nacional mínima. El Japón se propone fijar
unos niveles de precios tales que reflejen la oferta y la
demanda y faciliten el reajuste estructural. La
autosuficiencia del Japón es muy baja en comparación
con la de otros países desarrollados. Se dan
oportunidades de acceso de conformidad con los
compromisos contraídos por el Japón en la Ronda
Uruguay, con arreglo a la cual también se ha establecido
la arancelización. Se recurre a las empresas de comercio
estatal para cumplir los compromisos de compra asumidos
por el Japón; las empresas estatales no participan en la
comercialización ni en la distribución de las
importaciones fuera de contingente. En lo que se refiere
al arroz, la Secretaría de Productos Alimenticios no
discrimina entre las empresas importadoras nacionales y
las extranjeras. Se notificarán en breve a la OMC,
según sea necesario, los contingentes específicos
aplicados a los productos lácteos.
El
Japón se ha comprometido a reducir los aranceles
aplicados a los aceites vegetales y a los productos de la
madera; las diferencias subsistentes en los aranceles
aplicados a la madera contrachapada reflejan las
diferencias existentes en el grado de competencia con el
producto local. Las importaciones de maderas tropicales
contrachapadas han aumentado rápidamente, lo que afecta
seriamente a la industria japonesa. La norma pertinente
de las Normas Agrícolas Japonesas se considera apropiada
para los materiales de construcción de madera en el
clima del Japón, y no hay discriminación entre los
proveedores nacionales y los extranjeros.
Las
medidas sanitarias y fitosanitarias tienen una base
científica y se armonizarán con las normas
internacionales cuando existan éstas, incluyendo las
técnicas de evaluación de los riesgos.
El
contingente de importación de pescado se aplica con
flexibilidad; en los últimos años, no se ha agotado. Se
pondrán en práctica debidamente las reducciones
arancelarias acordadas en la Ronda Uruguay.
El
sistema de confirmación previa aplicado a los tejidos de
seda no es restrictivo ni discriminatorio; el programa
para su eliminación gradual conforme al Acuerdo sobre
los Textiles y el Vestido se notificará a fines de junio
de 1995. No se ha tomado ninguna decisión sobre la
invocación del procedimiento de salvaguardia en el caso
de los textiles.
Los
impuestos aplicables a las bebidas alcohólicas se han
reajustado en consonancia con la recomendación de un
grupo especial del GATT. Las diferencias existentes no
constituyen un impedimento para el acceso al mercado, y
el consumo de whisky importado está aumentando
rápidamente.
La
vigilancia de las exportaciones de automóviles a la
Unión Europea no es obligatoria, aunque ha sido
notificada por la UE como medida de zona gris; las
exportaciones se sitúan por debajo del nivel previsto.
Para fines de 1999 se ha de alcanzar la plena
liberalización.
Las
medidas que ha tomado el Japón en relación con los
servicios financieros se aplicarán sobre la base de la
n.m.f.; la lista definitiva de compromisos del Japón en
este sector se presentará en junio de 1995.
En
los últimos años el Gobierno ha adoptado, sin carácter
discriminatorio, una serie de medidas unilaterales de
liberalización de las compras del sector público.
Las
Normas Industriales Japonesas no son obligatorias, aunque
algunas reglamentaciones técnicas japonesas se remiten a
ellas. En algunos casos, no existe ninguna norma
internacional; en otros, las normas japonesas no son
sensiblemente diferentes de las normas internacionales.
Pese
a la debilidad de las industrias del cuero y del calzado,
se harán de nuevo reducciones arancelarias de
conformidad con la Ronda Uruguay.
Papel
del Japón en el entorno internacional
Los
participantes han subrayado que el Japón, por ser uno de
los Miembros más grandes, tiene una gran responsabilidad
en el correcto funcionamiento del sistema internacional
de comercio, incluyendo la puesta en práctica de la
Ronda Uruguay.
Se
ha acogido con satisfacción la importancia atribuida por
el Japón al principio de la n.m.f.; los participantes
han puesto de relieve su importancia para el Japón, para
los países más pequeños que comercian con el Japón y
para el sistema en su conjunto. Algunos miembros han
manifestado que comparten la preocupación del Japón por
el regionalismo centrípeto y han celebrado las
declaraciones hechas por los miembros de la Organización
de Cooperación Económica de Asia y el Pacífico en la
Declaración de Bogor.
Se
ha instado al Japón a que continúe aplicando sobre la
base del principio de la n.m.f. todas las medidas
acordadas bilateralmente; se ha subrayado la necesidad de
lograr una plena transparencia y de que participen todos
los países que comercian con el Japón.
En
respuesta, el representante del Japón ha declarado que
su país tiene plena conciencia de las obligaciones que
le incumben en relación con el sistema multilateral de
comercio. El Japón ha hecho todo lo posible para
contribuir a la feliz conclusión de la Ronda Uruguay y,
animado por el mismo espíritu, está decidido a cumplir
sus obligaciones a fin de reforzar la OMC.
El
Japón tiene la firme voluntad de aplicar el principio de
la n.m.f. Así, aunque toma parte en negociaciones
bilaterales, los resultados de tales negociaciones se
aplicarán basándose en el principio de la n.m.f.
Suscribe plenamente la opinión de que las disposiciones
regionales deben constituir una excepción a ese
principio. Cuando el Japón acoja la reunión de la
Organización de Cooperación Económica de Asia y el
Pacífico que se celebrará en 1995, su Gobierno tendrá
presente ese principio y velará por que se mantenga
intacto el carácter fundamental de entidad de
cooperación regional abierta de esa Organización.
Recuerda que, con arreglo a la Declaración de Bogor, la
liberalización del comercio y de las inversiones se
hará de conformidad con las disposiciones de la OMC.
Conclusión
Este
examen ha sido un constructivo debate sobre las
políticas comerciales del Japón. Se ha subrayado la
importancia del Japón en el sistema internacional de
comercio, y los Miembros han acogido con satisfacción la
voluntad expresada por el Japón de atenerse al principio
de la nación más favorecida y su resolución de
contribuir a reforzar la OMC. Asimismo han alentado al
Japón a mantener su compromiso de llegar a la
desreglamentación interna y han subrayado la importancia
que el logro de progresos claros y concretos a ese
respecto tiene para el Japón y para los países que
comercian con el Japón.
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