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Los textos que se reproducen en esta sección no tienen el mismo valor jurídico que los documentos originales, que han sido entregados a la Secretaría de la OMC en Ginebra y obran en su poder.


mandato de los grupos especiales (ESD 7)

fórmula modelo (ESD 7.1)

mandato especial (ESD 7.3)

derecho de los Miembros a plantear cuestiones relativas a

distribución a todos los Miembros

responsabilidad del Presidente de redactar el

texto propuesto, necesidad de incluir el (ESD 6.2)

obligación de considerar las disposiciones pertinentes que hayan invocado las partes en la diferencia (ESD 7.2)

marcas de fábrica o de comercio (ADPIC)

bienes o servicios que no sean similares, aplicabilidad del artículo CP 6bis (ADPIC 16.3)

derecho a denegar el registro

ADPIC 15.2

de una marca de fábrica o de comercio notoriamente conocida (ADPIC 16.2/CP 6 bis)

derecho de impedir que terceros utilicen (ADPIC 16.1)

duración de la protección (ADPIC 18)

excepciones (ADPIC 17)

licencias y cesión (ADPIC 21)

materia objeto de protección (ADPIC 15), signo o combinación de signos que sean capaces de distinguir los bienes o servicios (ADPIC 15.1)

naturaleza del producto o servicio, pertinencia (ADPIC 15.4)

notoriamente conocida (ADPIC 16.2)

oponerse al registro de una marca de fábrica o de comercio, oportunidad de (ADPIC 15.5)

pedir la anulación del registro (ADPIC 15.5)

publicación antes de su registro o sin demora después de él (ADPIC 15.5)

recursos

apartar las mercancías infractoras, suficiencia (ADPIC 46)

penales (ADPIC 61)

requisito de uso

mantenimiento del registro (ADPIC 19)

período de falta de uso (ADPIC 19.2)

razones válidas para la falta de uso (ADPIC 19.1)

registro/solicitud de registro (ADPIC 15.3)

utilización por otra persona sujeta al control del titular (ADPIC 19.2)

requisitos especiales, exclusión (ADPIC 20)

signos idénticos, presunción de confusión (ADPIC 16.1)

marcas de fábrica o de comercio (Convenio de París (1967)) (CP)

competencia desleal (CP 10 bis/ADPIC 22.2 (b))

de manera contraria a los usos comerciales honestos

información confidencial/no divulgada, protección de la (ADPIC 39), véase información confidencial/no divulgada, protección de la (ADPIC), protección contra la competencia desleal, y (ADPIC 39).

incorporación (ADPIC 2.1)

marca de fábrica o de comercio notoriamente conocida, derecho a denegar el registro de una (CP 6 bis/ADPIC 16.2)

marcas de servicio (CP 4), aplicabilidad (ADPIC 62.3)

obligaciones de notificación (CP 6ter) (ADPIC 63.2)

marcas de origen (GATT IX)

colaboración para impedir el uso de las marcas comerciales de manera que tienda a inducir a error (GATT IX,6)

colocación en el momento de la importación (GATT IX,3)

dificultades e inconvenientes, obligación de reducir al mínimo las (GATT IX,2)

evitar el perjuicio a los productos, la reducción de su valor o el aumento de manera irrazonable de su costo (GATT IX,4)

inobservancia antes de la importación, evitar imponer derechos o sanciones especiales (GATT IX,5)

trato no menos favorable (GATT IX,1)

materia existente, aplicabilidad del Acuerdo sobre ADPIC (ADPIC 70)

actos (ADPIC 70.1)

sin discriminación (ADPIC 27.1) y (ADPIC 70.6)

actos comenzados con anterioridad a la aceptación del Acuerdo sobre la OMC, limitación de recursos (ADPIC 70.4)

actos realizados antes de la fecha (ADPIC 70.1) / existente en la fecha de (ADPIC 70.2)

autorización de uso no autorizado antes de la fecha en que se conociera el Acuerdo sobre ADPIC (ADPIC 70.6)

Convenio de Berna (1971), aplicabilidad del (ADPIC 70.2)

derechos de arrendamiento, y (ADPIC 70.5)

derechos de propiedad intelectual cuya protección esté condicionada al registro, y (ADPIC 70.7)

dominio público, materia que ha pasado al (ADPIC 70.3)

fonogramas, intérpretes y productores de (ADPIC 70.5)

materia (ADPIC 70.2)

productos farmacéuticos y productos químicos para la agricultura (ADPIC 70.8 y 70.9)

Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales (MEPC)

enmienda (OMC X, 8)

evaluación del mecanismo (MEPC F)

medidas adoptadas por motivos de balanza de pagos, procedimientos de consulta, y (EBP 8 y MEPC E)

objeto y propósito (MEPC A)

como base para las deliberaciones de las reuniones del OEPC (MEPC C(iii))

evaluación colectiva de toda la gama de políticas y prácticas comerciales

mayor adhesión a las normas y disciplinas de la OMC, y a los compromisos contraídos en su marco

procedimientos de solución de diferencias y para hacer cumplir obligaciones, exclusión

transparencia

obligación de presentar informes (evolución del entorno comercial internacional (MEPC G)

obligación de presentar informes (Miembros) (MEPC D)

coordinación con las obligaciones de notificación

formato

países en desarrollo Miembros, y

procedimientos de examen (MEPC C)

documentación (MEPC C (v))

informes de la Secretaría

informes del gobierno

momento en el que se realizarán y frecuencia (MEPC C(ii))

plan para realizar (MEPC C(iv))

responsabilidad de la OMC por la administración de (OMC III, 4)

transparencia (MEPC B)

como objetivo del MEPC (MEPC A)

mediación, derecho a recurrir a la (MSF 11.3)

mediación, véase buenos oficios, conciliación y mediación (ESD 5).

medida en litigio, obligación de identificar la

ESD 4.4

ESD 6.2

medida específica contra el dumping (AD 18.1) o contra una subvención (SMC 32.1), requisitos, conformidad con las disposiciones del artículo VI del GATT según se interpretan en el Acuerdo Antidumping

Medida Global de la Ayuda (MGA) (AG 1(a)/Anexo 3)

cálculo (Anexo 3)

ayuda prestada a nivel tanto nacional como subnacional, inclusión de (párr. 3)

desembolsos presupuestarios e ingresos fiscales sacrificados, aplicabilidad a (párr. 2)

en valor monetario total (párr. 6)

fecha (párr. 7)

gravámenes o derechos específicamente agrícolas pagados por los productores, deducción (párr. 4)

medidas no exentas distintas de pagos directos (párr. 13)

medidas orientadas a empresas de transformación de productos, inclusión de (párr. 7)

pagos directos no exentos que dependen de una diferencia de precios (párr. 10)

pagos directos no exentos que se basen en factores distintos del precio (párr. 12)

por productos específicos (párr. 1)

precio de referencia fijo (párr. 11)

precio exterior fijo (párr. 9)

sostenimiento de los precios del mercado (párr. 8)

como nivel de base para la aplicación del compromiso de reducción de la ayuda interna (Anexo 3, párr. 5)

medida de la ayuda equivalente (AG Anexo 4)

aplicabilidad (párr. 1)

ayuda prestada a nivel tanto nacional como subnacional, inclusión de (párr. 1)

definición (AG 1 (d))

fecha de cálculo (párr. 2 y 4)

medidas no exentas, inclusión de (párr. 3)

medidas orientadas a las empresas de transformación de productos, inclusión de (párr. 4)

nivel de base (párr. 1)

por productos específicos (párr. 2)

MGA Total (AG 1(h))

aplicabilidad a los compromisos en materia de ayuda interna (AG 6.1)

ausencia de compromiso en la Lista, efecto de la (AG 7.2 (b))

cálculo

exclusión de.

ayuda interna no referida a productos específicos que no exceda del 5 por ciento… (AG 6.4 (b))

ayuda interna referida a productos específicos que no exceda del 5 por ciento…(AG 6.4 (a))

medidas de Miembros que sean países en desarrollo (AG 6.2 y 6.4 (b))

pagos directos exentos (AG 6.5 (b))

porcentaje de minimis (AG 6.4 (a))

inclusión de medidas no exentas de acuerdo con el Anexo 2 del Acuerdo sobre la Agricultura

MGA total/ niveles de compromiso anuales y final consolidados, expresión de concesiones sobre acceso a los mercados en términos de (AG 4.1)

requisito por producto específico (Anexo 3, párr. 6)

sostenimiento de los precios del mercado (Anexo 3, párr. 8)

con derecho a

medidas antidumping a favor de un tercer país (AD 14), aplicación

efectos en el conjunto de la rama de producción, limitación de los (AD 14.3)

por autoridades del tercer país que solicite la adopción de esas medidas (AD 14.1)

requisitos (AD 14.2).

información que demuestre la existencia de daño

información sobre precios que demuestre la existencia de dumping

prestación de concurso por parte del tercer país en la reunión

responsabilidad (AD 14.4)

por la decisión de dar curso a la solicitud

por la iniciativa de dirigirse al Consejo del Comercio de Mercancías

medidas compensatorias, aviso público y explicación de las determinaciones (SMC 22), véase aviso público de iniciación de una investigación (AD 12.1/SMC 22.1), aviso público de las determinaciones preliminares o definitivas (AD 12.2/SMC 22.3).

medidas compensatorias, duración y examen (SMC 21)

duración (SMC 21.1)

examen (SMC 21.2), véase también examen de revisión por extinción (SMC 21.3)

a falta de una petición

a petición de cualquier parte interesada

carga de la prueba / norma de la prueba

duración / rápidamente (SMC 21.4)

medidas compensatorias, establecimiento y percepción de (SMC 19)

como responsabilidad de las autoridades (SMC 19.2)

condiciones previas (SMC 19.1)

cumplimiento de GATT VI,3 y del Acuerdo sobre SMC (SMC 10)

derecho compensatorio (GATT VI,3 y SMC 10)

establecimiento de derechos antidumping y compensatorios destinados a remediar una misma situación, exclusión del (GATT VI,5)

examen con rapidez, derecho a que se efectúe un (SMC 19.3)

índole facultativa (SMC 19.2)

invocar paralelamente las disposiciones de las Partes II o III, posibilidad de

partes nacionales interesadas (SMC 19.2)

reglas sobre presentación de pruebas (AD 6/SMC 12), aplicabilidad de (SMC 21.4)

relación, obligación de que exista una (SMC 19.2)

Medidas contra la Elusión, Decisión Ministerial sobre las

medidas de salvaguardia (SG/GATT XIX), aplicación de medidas (SG 5)

en la medida necesaria (proporcionalidad) (SG 5.1)

daño grave restringido al aumento de las importaciones, limitación del

justificación clara, obligación de dar una

integración de un producto de conformidad con las disposiciones del artículo ATV 2 (ATV 2.19)

modificación de los contingentes, requisitos (SG 5.2(b))

partes del contingente, distribución de las (SG 5.2(a))

medidas de salvaguardia (SG/GATT XIX), condiciones (SG 2)

causalidad (SG 2.1), véase también determinación de la existencia de daño grave o de amenaza de daño grave, requisitos (SG 4), causalidad (SG 4.2(b))

factores pertinentes (SG 4.2(a))/ en condiciones tales que (SG 2.1), equivalencia

han aumentado en tal cantidad

como consecuencia de la evolución imprevista de las circunstancias (GATT XIX,1(a))

compromiso de no recurrir a (AG 5.8)

por efecto de las obligaciones contraídas en virtud del [GATT] (GATT XIX,1(a))

paralelismo entre los artículos SG 2.1 y SG 2.2, producto importado

producto importado (SG 2.1)

medidas de salvaguardia (SG/GATT XIX), determinación de la existencia de daño grave o de amenaza de daño grave, véase determinación de la existencia de daño grave o de amenaza de daño grave, requisitos (SG 4).

medidas de salvaguardia (SG/GATT XIX), duración y examen (SG 7)

duración

4 años (SG 7.1)

8 años como máximo (con inclusión del período de aplicación de cualquier medida provisional, y de toda prórroga del mismo) (SG 7.3)

medidas provisionales (SG 6), y (SG 6 y SG 7)

prórroga (SG 7.2)

examen de una medida cuya duración excede de tres años (SG 7.4)

notificación (SG 12.5)

liberalización progresiva (SG 7.4)

prórroga del período de aplicación de una medida de conformidad con el artículo SG 7.2

modificaciones que reducen el nivel restrictivo (SG 7.4)

prórroga del período de aplicación de una medida (SG 7.1-7.3)

países en desarrollo Miembros, y (SG 9.2)

reaplicación de una medida (SG 7.5)

cuya duración sea de 180 días o menos (SG 7.6)

países en desarrollo Miembros, y (SG 9.2)

medidas de salvaguardia (SG/GATT XIX), examen, véase medidas de salvaguardia (SG/GATT XIX), duración y examen (SG 7).

medidas de salvaguardia (SG/GATT XIX), medidas ya vigentes al amparo del artículo XIX, finalización (SG 10)

Comité de Salvaguardias, función (SG 13.1(d))

medidas de salvaguardia (SG/GATT XIX), nivel de las concesiones (SG 8)

compensación de los efectos comerciales desfavorables, derecho a acordar (SG 8.1)

equivalentes

oportunidades adecuadas para que se celebren consultas previas (SG 12.3), y

examen de propuestas (SG 13.1(e))

suspensión de concesiones sustancialmente equivalentes (SG 8.2)

avisar por escrito la suspensión, obligación de

notificación (SG 12.5)

plazo (SG 8.3)

sustancialmente equivalentes (SG 13.1(e))

medidas de salvaguardia (SG/GATT XIX), notificación (SG 12), véase también consultas (SG 12)

Comité de Salvaguardias, función (SG 13.1(f))

constatación de existencia de daño grave o amenaza de daño grave a causa del aumento de las importaciones (SG 12.1(b))

decisión de aplicar una medida de salvaguardia (SG 12.1(c))

derecho a solicitar información adicional (SG 12.2)

examen de las medidas (SG 12.5)

información confidencial, y (SG 12.11)

inicio de un proceso de investigación y motivos del mismo (SG 12.1(a))

leyes, reglamentos y procedimientos administrativos que no hayan sido notificados por otros Miembros (SG 12.8)

leyes, reglamentos y procedimientos administrativos y modificaciones de los mismos (SG 12.6)

medida de salvaguardia provisional (SG 12.4/GATT XIX,2)

medidas no gubernamentales a que se refiere el artículo SG 11.3 (SG 12.9)

medidas vigentes (SG 10/SG 12.7)

momento de adopción (SG 12.1, 12.3 y GATT XIX,2)

con la mayor anticipación posible (GATT XIX,2)

inmediatamente (SG 12.1)

notificación por escrito (GATT XIX,2)

notificación por intermedio del Comité de Salvaguardias (SG 12.10)

resultados de las consultas (SG 12.5)

suspensión de concesiones (SG 12.5)

al no lograr ponerse de acuerdo (GATT XIX,3(a))

sin consulta (GATT XIX,3(b))

toda la información pertinente (SG 12.2)

medidas de salvaguardia (SG/GATT XIX), prohibición y eliminación de determinadas medidas (SG 11)

aplicabilidad (SG 11.1)

limitaciones de las exportaciones, acuerdos de comercialización ordenada u otras medidas similares (SG 11.1(b))

medidas similares

medidas compatibles con lo dispuesto en el artículo GATT XI (SG 11.1(a)) y

medidas mantenidas de conformidad con el GATT (aparte del artículo XIX) y Acuerdos Comerciales Multilaterales (SG 11.1(c)), y

calendarios de eliminación (SG 11.2)

Comité de Salvaguardias, función (SG 13.1(d))

notificación (SG 11.2)

calendarios

excepción, notificación

(CE/Japón) (Anexo al SG)

obligación de no alentar ni apoyar la adopción de medidas no gubernamentales (SG 11.3)

obligación de notificación (SG 12.9)

medidas de salvaguardia urgentes (AGCS X)

caducidad de las disposiciones (AGCS X,3)

modificación o retiro de compromisos específicos (AGCS X,2)

modificación de las listas (AGCS XXI,1) y

requisitos de notificación

negociaciones multilaterales (AGCS X,1)

calendario

medidas de urgencia (GATT XIX), véase medidas de salvaguardia (SG/GATT XIX), condiciones.

medidas en frontera/suspensión del despacho de aduana por las autoridades aduaneras (ADPIC)

actuación de oficio (ADPIC 58).

eximición de autoridades y funcionarios públicos (ADPIC 58(c))

recurso contra (ADPIC 58(b))

adopción de procedimientos (ADPIC 51)

aplicabilidad (ADPIC 51).

mercancías de marca de fábrica o de comercio falsificadas o mercancías pirata que lesionan el derecho de autor

mercancías de marca de fábrica o de comercio falsificadas

mercancías pirata que lesionan el derecho de autor

mercancías en tránsito

mercancías puestas en el mercado por el titular del derecho o con su consentimiento

mercancías que supongan infracciones destinadas a la exportación

mercancías que supongan otras infracciones de los derechos de propiedad intelectual

destrucción o eliminación (ADPIC 59)

duración (ADPIC 55)

medidas provisionales y (ADPIC 50.6)

fianza o garantía equivalente que sea suficiente para proteger al demandado e impedir abusos (ADPIC 53.1)

despacho para libre circulación de mercancías, y

recursos, efecto sobre la disponibilidad de (ADPIC 53.2)

suspensión por decisión de una autoridad judicial u otra autoridad independiente (ADPIC 53.2)

uso irrazonable de la

importaciones insignificantes (ADPIC 60)

indemnización por todo daño causado por la retención infundada (ADPIC 56)

información, derecho de.

actuación de oficio, y (ADPIC 58(c))

luego de haberse adoptado una decisión positiva (ADPIC 57)

inspección, derecho de (ADPIC 57).

importador

información confidencial, y

titular del derecho

obligaciones de notificar

notificación de aceptación/decisión (ADPIC 52)

notificación de la suspensión (ADPIC 54)

notificación de la suspensión de oficio (ADPIC 58(b))

reexportación de mercancías de marca de fábrica o de comercio falsificadas (ADPIC 59)

requisitos (ADPIC 52).

descripción suficientemente detallada de las mercancías de modo que puedan ser reconocidas

notificación de aceptación/decisión

pruebas suficientes que demuestren que existe presunción de infracción (ADPIC 52)

unión aduanera, y

medidas en frontera/suspensión del despacho de aduana por las autoridades aduaneras (ADPIC), actuación de oficio (ADPIC 58), información, derecho de (ADPIC 58(a))

medidas en frontera/suspensión del despacho de aduana por las autoridades aduaneras (ADPIC), véase también acceso a los mercados (AG 4), aplicabilidad, medidas establecidas en el momento o en el lugar de la importación (medidas internas) (GATT Al Artículo III), medidas del tipo de las que se ha prescrito se conviertan en derechos de aduana propiamente dichos (AG 4.2), trato nacional en materia de tributación y de reglamentación interiores, principio general (GATT III,1).

medidas no arancelarias, véase restricciones cuantitativas, eliminación de (GATT XI).

medidas provisionales (AD 7/SMC 17)

aviso público, véase aviso público de imposición de medidas provisionales, requisitos (AD 12.2.1/SMC 22.4).

disposiciones del AD 9, aplicabilidad (AD 7.5)

duración (AD 7.4/SMC 17.4)

fecha de aplicación (AD 7.3/SMC 17.3)

forma de las medidas (AD 7.2/SMC 17.2)

medidas compensatorias, establecimiento y percepción de (SMC 19), aplicabilidad (SMC 17.5)

requisitos (AD 7.1/SMC 17.1)

determinación preliminar afirmativa (AD 7.1(ii)/SMC 17.1(b))

iniciación de la investigación, aviso público y oportunidades adecuadas a las partes de presentar información y hacer observaciones (AD 7.1(i))/SMC 17.1(a))

necesidad (AD 7.1 (iii)/SMC 17.1(c))

solución de diferencias (AD 17.4), y

medidas provisionales (AD 7/SMC 17), véase también Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, testimonios científicos suficientes, necesidad de (MSF 2.2), adopción provisional de medidas en caso de insuficiencia de testimonios científicos (MSF 5.7), medidas provisionales (SG 6), salvaguardias de transición (ATV 6), adopción provisional de medidas con arreglo al artículo ATV 6.10 (ATV 6.11).

medidas provisionales (ADPIC 50) (protección de los derechos de propiedad intelectual)

derecho de las partes a ser oídas (audi alteram partem), pertinencia (ADPIC 50.2 y 50.4)

notificar sin demora después de poner las medidas en aplicación, obligación de (ADPIC 50.4)

duración/extinción (ADPIC 50.6)

a petición del demandado

iniciación del procedimiento conducente a una decisión sobre el fondo del asunto, y

suspensión del despacho, y (ADPIC 55 y 58 (b))

fianza o garantía equivalente suficiente para proteger al demandado/ evitar abusos (ADPIC 50.3)

identificación de mercancías, derecho de las autoridades encargadas de la ejecución a exigir información para la (ADPIC 50.5)

indemnización por daño causado por medidas injustificadas (ADPIC 50.7)

objeto y propósito

evitar el daño irreparable (ADPIC 50.2)

evitar que las mercancías ingresen en los circuitos comerciales (ADPIC 50.1(a))

evitar que se produzca la infracción (ADPIC 50.1(a))

preservación de pruebas (ADPIC 50.1(b))

riesgo demostrable de destrucción (ADPIC 50.2)

procedimientos administrativos, principios que se aplican a (ADPIC 50.8)

pruebas, derecho de las autoridades judiciales a exigir la presentación de (ADPIC 50.3)

condición de titular de derecho

grado suficiente de certidumbre

infracción real o inminente

rápidas y eficaces (ADPIC 50.1)

revisión a petición del demandado (ADPIC 50.4)

derecho a ser oído (audi alteram partem)

en un plazo razonable contado a partir de la notificación

medidas provisionales (SG 6)

duración

como parte del período inicial a que se hace referencia en el artículo SG 7

medidas arancelarias

requisitos

determinación preliminar afirmativa

notificación (SG 12.4)

medidas que han de notificarse, lista indicativa de las (Decisión Relativa a los Procedimientos de Notificación, Anexo)

medio ambiente

disposiciones del Acuerdo sobre ADPIC y, patentes (ADPIC 27.2)

políticas comerciales, y, véase también Comité de Comercio y Medio Ambiente, y del Comité del Comercio de Servicios y el Medio Ambiente, establecimiento

Decisiones Ministeriales sobre

equilibrio, necesidad de que exista un (Preámbulo OMC)

programa de reforma de la agricultura, y (Preámbulo AG)

protección como objetivo legítimo de la política nacional e internacional (OTC 2.2)

medio ambiente véase también Excepciones Generales (GATT XX), medidas relativas al, conservación de los recursos naturales agotables (GATT XX(g)).

MEPC, véase Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales (MEPC).

miembros iniciales (OMC XI), véase OMC, miembros iniciales (OMC XI).

modificación de las Listas (AGCS XXI), véase también Listas de Compromisos Específicos (AGCS XX)

ajustes compensatorios por efectos desfavorables

anulación o menoscabo (AGCS XXIII,3), y

arbitraje

en caso de ausencia de solicitud (AGCS XXI)

cumplir con las conclusiones, obligación de (AGCS XXI,4(a))

derecho/obligación (AGCS XXI,3(a))

incumplimiento de las conclusiones (AGCS XXI,4(b))

en régimen de la NMF (AGCS XXI,2(b))

negociaciones con miras a llegar a un acuerdo sobre (AGCS XXI,2(a))

Decisión Ministerial relativa a

momento en el que se pueden modificar las Listas

durante el período de transición (AGCS X,2)

tres años a partir de la fecha de entrada en vigor del compromiso (AGCS XXI,1 (a))

obligación de notificación (AGCS XXI,1(b))

procedimientos (AGCS XXI,5)

servicios de transporte marítimo (AGCS, Anexo)

modificación de las Listas (GATT XVIII,A), véase desarrollo económico, ayuda del Estado para favorecer el (GATT XVIII), modificación de las Listas/suspensión de concesiones (GATT XVIII,A).

modificación de las Listas (GATT XXVIII)

ajuste compensatorio (GATT XXVIII,2)

aplicabilidad del artículo GATT XXVIII (PROT MAR 6)

como parte integrante del GATT de 1994 (GATT de 1994, 1(c)(vi))

interés como abastecedor general (GATT XVIII,1)

momento en el que se pueden modificar las Listas

en circunstancias especiales (GATT XXVIII, 4 y Al Artículo)

notificación de la intención de modificar o retirar una concesión (GATT Al Artículo XXVIII,3)

obligación jurídica y entrada en vigor de las modificaciones efectuadas (GATT Al Artículo XXVIII,2)

tres años a partir de la fecha de entrada en vigor del compromiso (GATT XXVIII,1)

período que no sea de tres años (Al Artículo)

negociación y acuerdo, necesidad de (GATT XXVIII,1)

ajuste compensatorio (GATT XXVIII,2)

derecho a actuar en ausencia de (GATT XXVIII,3 (a))

nivel de concesiones no menos favorable que antes de las negociaciones como objetivo (GATT XXVIII,2)

obligación de secreto absoluto (Al Artículo)

retiro de concesiones substancialmente equivalentes, y (GATT XXVIII, 3 (a))

retiro de concesiones substancialmente equivalentes, y (GATT XXVIII,3 (a)), por la parte contratante con interés substancial (GATT XXVIII,3 (b) y Al Artículo XXVIII,1)

nivel de concesiones recíprocas y mutuamente ventajosas no menos favorable (GATT XXVIII,2)

notificación de la reserva del derecho de modificar (GATT XXVIII,5)

trato menos favorable que el previsto en las Listas del GATT de 1947, y (PROT MAR 7)

modulación de contingentes (SG 5.2(b))

monopolios (GATT II,4)

Carta de La Habana, y (AGCS Al Artículo II,4)

determinación de la existencia de dumping, y (GATT Al Artículo VI,1, párr. 2)

monopolios y proveedores exclusivos de servicios (AGCS VIII)

compatibilidad con el artículo AGCS II y los compromisos específicos, obligación de asegurar la (AGCS VIII,1)

obligaciones de notificación

nuevos derechos monopolistas (AGCS VIII,4)

plazos

proveedor monopolista de un servicio (AGCS XXVIII (h))

proveedores exclusivos, aplicabilidad a (AGCS VIII,5)

Servicios Financieros, Entendimiento Relativo a los Compromisos en Materia de y

suministro de un servicio que no esté comprendido en el ámbito de sus derechos de monopolio (AGCS VIII,2)

supuesta incompatibilidad, derecho del Consejo de Comercio de Servicios a solicitar información (AGCS VIII,3)

moral pública, protección de la

AGCS IV

GATT XX(a)

movimiento de personas físicas proveedoras de servicios en el marco del AGCS (AGCS, Anexo)

compromisos específicos, derecho a negociar (párr. 3)

medidas para regular la entrada o la estancia temporal (párr.4)

visas, pertinencia

negociaciones sobre liberalización, Decisión relativa a las

persona física (AGCS XXVIII (j))

personas que traten de acceder al mercado de trabajo, exclusión (párr. 2)

proveedores de servicios/ empleados de proveedores de servicios, aplicabilidad (párr.1)

Movimiento de Personas Físicas, Grupo de Negociación sobre, Decisión Ministerial

MSF, asistencia técnica (MSF 9)

elegibilidad para recibir (MSF 9)

facilitar la prestación de forma bilateral o por conducto de organizaciones internacionales (MSF 9.1)

países en desarrollo Miembros, responsabilidad especial hacia (MSF 9.1)

 

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